MP C/ BIANCA CAROLINA ABURTO PARDO
Rol
O-320-2019
Fecha
3 de diciembre de 2019
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “Personal dependiente de la Brigada Antinarcóticos de Rancagua en conjunto con la Fiscalía Local recabó antecedentes relativos a una mujer que se dedicaba a la comercialización de drogas desde el domicilio ubicado en pasaje Salvador Reyes N° 2068 Villa La Ribera está común, Rancagua. Se hicieron variadas diligencias investigativas, logrando establecer la efectividad de la denuncia. Así, el día 11 de abril del año en curso, entre las 17:15 horas las 19 horas, se pudo confirmó la venta de droga desde la casa antes indicada, a través de vigilancia estáticas y GLORIA ESPERANZA CALVO GODOY Juez Redactor Fecha: 03/12/2019 14:21:30 ELNDNMHYXX Sergio Enrique Allende Cabeza Juez Presidente Fecha: 03/12/2019 15:33:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl móviles. Tras obtener la respectiva autorización de entrada y registro, se ingresó al domicilio antes indicado. En el antejardín corroboró que la imputada BIANCA ABURTO PARDO portaba una mochila y en el registro pertinente se logró recuperar múltiples trozos de papel cuadriculado blanco cortados con dichas dimensiones asociadas a lo que es la dosificación de elementos contenedores de alucinógenos y además la cantidad de $190.000 en dinero de baja denominación. Además se procedió a efectuar un registro pertinente en el inmueble, encontrando debajo de la escalera del segundo piso, al interior de una mochila, un envoltorio papel blanco cuadriculado contenedor de una sustancia que arrojó coloración positiva ante la presencia pasta base de cocaína. Además de lo anterior, se
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que con fecha veintiocho de noviembre del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, conformado por los magistrados Sergio Allende Cabeza, Luis Fredes Hernández y Gloria Calvo Godoy, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral correspondiente a la causa Rit 320- 2019, seguida por el delito de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de droga o estupefacientes en contra de Bianca Carolina Aburto Pardo, cédula de identidad N° 17.525.064-6, natural de Rancagua, nacida con fecha 5 de noviembre de 1991, 28 años de edad, soltera, comerciante y domiciliada en Pasaje Salvador Reyes N° 2068, Villa La Ribera, Rancagua. Sostuvo la acusación en representación del Ministerio Público el fiscal Sr. Osvaldo Yáñez Ahumada y representó la defensa penal del acusado, el abogado defensor penal público Sr. Claudio Valenzuela Díaz, ambos profesionales con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. Segundo: Que la acusación fiscal tuvo por fundamento la siguiente relación de hechos: “Personal dependiente de la Brigada Antinarcóticos de Rancagua en conjunto con la Fiscalía Local recabó antecedentes relativos a una mujer que se dedicaba a la comercialización de drogas desde el domicilio ubicado en pasaje Salvador Reyes N° 2068 Villa La Ribera está común, Rancagua. Se hicieron variadas diligencias investigativas, logrando establecer la efectividad de la denuncia. Así, el día 11 de abril del año en curso, entre las 17:15 horas las 19 horas, se pudo confirmó la venta de droga desde la casa antes indicada, a través de vigilancia estáticas y GLORIA ESPERANZA CALVO GODOY Juez Redactor Fecha: 03/12/2019 14:21:30 ELNDNMHYXX Sergio Enrique Allende Cabeza Juez Presidente Fecha: 03/12/2019 15:33:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl móviles. Tras obtener la respectiva autorización de entrada y registro, se ingresó al domicilio antes indicado. En el antejardín corroboró que la imputada BIANCA ABURTO PARDO portaba una mochila y en el registro pertinente se logró recuperar múltiples trozos de papel cuadriculado blanco cortados con dichas dimensiones asociadas a lo que es la dosificación de elementos contenedores de alucinógenos y además la cantidad de $190.000 en dinero de baja denominación. Además se procedió a efectuar un registro pertinente en el inmueble, encontrando debajo de la escalera del segundo piso, al interior de una mochila, un envoltorio papel blanco cuadriculado contenedor de una sustancia que arrojó coloración positiva ante la presencia pasta
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1º, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, y demás normas pertinentes del Código Penal; artículos 295, 296, 297, 340, 341, 342, 344 y 346 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Se absuelve a Bianca Carolina Aburto Pardo, ya individualizada en audiencia, de los cargos que fueron formulados en su contra como supuesta autora del delito consumado de trafico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, injusto penal previsto y sancionado en el artículo 4 en relación al artículo 1 de la Ley 20.000, presuntamente cometido en esta jurisdicción el día 11 de abril del año 2018 en esta jurisdicción. II.- Se decreta el comiso de las sustancias ilícitas y de los dineros incautados para los fines que determina la ley. III.- Se condena al Ministerio Público del pago de las costas del presente juicio.- Cúmplase, oportunamente, con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal y remítanse copias autorizadas de esta sentencia al Juzgado de Garantía de Rancagua. Devuélvase la prueba incorporada por los intervinientes. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. Redactada por la juez Gloria Calvo. Pronunciada por la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, integrada por los magistrados Sergio Allende Cabeza, Luis Fredes Hernández y Gloria Calvo Godoy. Se deja constancia que el Magistrado Luis Fredes Hernández, no firma la sentencia que antecede, no obstante haber estado presente en el juicio oral y en la d
Texto Completo (Preview)
MINISTERIO PÚBLICO C/ ABURTO PARDO, BIANCA CAROLINA DELITO DE TRÁFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGA RUC 1800047815-2 RIT 320-2019 Rancagua, tres de diciembre de dos mil diecinueve. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: Primero: Que con fecha veintiocho de noviembre del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, conformado por los magistrados Sergio Allende Cabeza, Luis Frede
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica