M.P C/ RENATO ANTONIO ROMERO MEDINA
Rol
O-142-2019
Fecha
3 de diciembre de 2019
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Generalidades: Que, ante esta Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Curicó, se llevó a efecto la Audiencia de Juicio Oral relativa a estos antecedentes seguidos en contra de la acusado: RENATO ANTONIO ROMERO MEDINA, Cédula Nacional de Identidad Nº 17.895.294-3, nacido en Curicó, el 20 de Junio de 1991 de 28 años de edad, soltero, obrero domiciliado en Doña Carmen las Camelias 0164 de Sarmiento Curicó, actualmente privado de libertad, en el C.C.P. de Curicó Fiscal: Felipe Novoa González, domicilio Chacabuco N° 329, Curicó, correo electrónico: fnovoa@minpublico.cl Defensa: Defensora Penal Publica licitada., Claudia Patricia Esteban Torres con domicilio en Prat 330 of. 201 Curicó, correo electrónico pesteban@dpp.cl SEGUNDO: Reseña de la acusación, y peticiones de las partes: Los hechos de la acusación presentada por el Ministerio Público y que serán objeto del juicio oral son los siguientes: El día 19 de mayo de 2019, aproximadamente a las 04:25 horas, en circunstancias que la víctima, Jonathan Cristian Sáez Correa, venía de un evento, atendido que es músico, en compañía de su polola, Cinthia Romina Díaz Cruces, caminando por Avenida Manso de Velasco en dirección de norte a sur, de Curicó, al llegar a la esquina de Camilo Henríquez, frente a una botillería existente en el lugar, en forma sorpresiva apareció el acusado, quien mantenía en su mano derecha una botella de vidrio quebrada, con la cual les gritó fuertemente que entregaran las especies, lanzándole un golpe a la altura de la cabeza con dicha botella quebrada a la víctima, quien colocó su mano izquierda para protegerse de ser agredido en la cabeza, dejando a la víctima con un corte en el dedo pulgar de su mano izquierda, sangrando, ante lo cual las víctimas huyen del lugar, avisando de lo ocurrido a Carabineros; en tanto que minutos después, en las cercanías del lugar, el acusado fue detenido por personal de Carabineros y reconocido por las víctimas como el autor d
Fundamentos
considerando cuarto de esta sentencia, constituye el delito de robo con violencia en grado de frustrado, se analizará la prueba rendida, la que será apreciada libremente, cuidando que no contradiga los principios de la lógica, ni las máximas de experiencia, ni los conocimientos científicamente afianzados, que se trate de hechos que perfectamente pueden ser apreciados por los sentidos y conforme lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal, así este Tribunal llegó a la convicción de que existieron los hechos que se indicaron en el considerando cuarto esta sentencia, para arribar a este convencimiento se consideró principalmente los hechos relatados por la víctima JONATHAN SAEZ CORREA, quien nos dice que ese día va a Talca a tocar, y al tomar el móvil que lo trasladaría, se le caen unos audífonos, al regresar va en busca de los audífonos, que era enfrente a la botillería que queda en Manso de Velasco, frente el Tribunal, donde lo dejó el furgón que lo llevó a tocar con su banda; en esto viene la persona a decir, que le entregara lo que tenía, con una botella quebrada lo amenazó, y lo golpea con la botella, y le llega el golpe en el dedo; muestra la cicatriz.- Con el DAU , se probó que la noche de los hechos tenía un corte en el dedo pulgar de su mano izquierda, de carácter leve. Como consecuencia de esto, dejo de tocar el saxo como una semana, no sabe lo que quería supone que los audífonos que recogió, va al auto de su padre que lo estaba esperando en la Shell, lo vio en el óvalo y no lo vieron más; por su parte carabineros lo detuvo, por las cámaras donde se grabó esta persona rondando el lugar de los hechos, por su parte no lo había visto nunca, y no le vio la cara en esos momentos, vestía de plomo, esto fue, al frente justo al frente de acá, como a las 10 minutos, lo tomaron detenidos.- Además de ese testimonio , se contó con las declaraciones de los dos carabineros que hicieron las gestiones una vez perpetrado el delito, que fueron DARWIN BARICHIVICH REYES: Quien refiere que el 19 de mayo de 2019, se MKSXNMFKXG Patricia Ines Moller Escobedo Juez oral en lo penal Fecha: 03/12/2019 13:52:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 5 encontraba de servicio en la población, aproximadamente, a las 4, 27 de la mañana, se encontraba revisitando medidas cautelares en los Niches, cuando reciben un llamado de Cenco, de que frente a los Tribunales, tenían al agresor que lo vieron por cámaras, se vienen al lugar, y estaba la persona que salía indicando por cámaras, le hacen control de identidad, les
Fallo
se acuerda de las cosas que sucedieron, se acuerda de todo lo que pasó.- El pub queda entre las calles Prat y Yungay, cuando quiso irse en un taxi, le quedaban dos mil pesos, y no lo quisieron llevar hasta doña Carmen. Se fue por Camilo Henríquez, llegó a la esquina de Manso de Velasco, estaba abierta la botillería, él se encontraba en estado etílico, llega al negocio, le dice el dependiente Renato como “estay”, no puedo irme para a casa, porque voy a tener que hacer la hora en la Alameda, tengo 2.000 pesos, “podís” pasarte una cajetilla de cigarros y le dijo que no podía, la señora Jaqueline, se lo va hacer pagar a él, le faltaba 800 pesos, le dijo ya vamos a cerrar, espera por aquí, y te “machetiai” a alguien; y estuvo en el anfiteatro de la Alameda, y vio una pareja que venía del norte a sur, los vio desde que venían como en el Chile Express, caminaron para allá, y compraron, él se puso donde hay un basurero, al lado del árbol, se acercó, y le dice que le diera unas monedas le dijo que no con palabras fuerte, no tengo pues loco no tengo para darte, no le quiso dar MKSXNMFKXG Patricia Ines Moller Escobedo Juez oral en lo penal Fecha: 03/12/2019 13:52:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una
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1 CONTRA: RENATO ANTONIO ROMERO MEDINA DELITO DE ROBO CON VIOLENCIA, AUTOR, FRUSTRADO, CONDENADO.- R.I.T. N° 142-2019.- R.U.C. N° 1910023749-3.- Curicó, tres de diciembre de dos mil diecinueve.- VISTOS: PRIMERO: Generalidades: Que, ante esta Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Curicó, se llevó a efecto la Audiencia de Juicio Oral relativa a estos antecedentes segui
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