8º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ RAÚL ANTONIO OSORIO PEÑA

Rol

O-1816-2019

Fecha

25 de noviembre de 2019

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia del requerimiento, lo que evitó la realización del juicio, se libera de la condena en costas al sentenciado. Una vez que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Quedan notificados los intervinientes, quienes renuncian a los plazos y recursos legales. Regístrese. Dictada por IRENE RODRIGUEZ CHAVEZ, Juez Titular del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago. LSYXNMZQDJ IRENE GLADYS RODRIGUEZ CHAVEZ Juez de garantía Fecha: 03/12/2019 16:13:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2019-12-03T16:17:36-0300 Corte Suprema IRENE GLADYS RODRIGUEZ CHAVEZ Verificación Legal

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a RAUL ANTONIO OSORIO PEÑA, ya individualizado, a la pena de MULTA EQUIVALENTE A UN TERCIO DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como AUTOR de un delito de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE, SIN JUSTIFICACIÓN RAZONABLE, en grado CONSUMADO, ilícito previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, cometido el día10 de marzo del 2019, en la comuna de Ñuñoa II.- Que se tiene por cumplida la pena de multa, vía sustitución, por el día de privación de libertad que lo afectó en este procedimiento, el 11 de marzo del 2019. LSYXNMZQDJ IRENE GLADYS RODRIGUEZ CHAVEZ Juez de garantía Fecha: 03/12/2019 16:13:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl III.- Por haber admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento, lo que evitó la realización del juicio, se libera de la condena en costas al sentenciado. Una vez que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Quedan notificados los

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TRIBUNAL : OCTAVO JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO. PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO. RUC : 1900258796-6 RIT : 1816-2019 DELITO : PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. CONDENADO(A) : RAUL ANTONIO OSORIO PEÑA RUN : 10884995-9 DOMICILIO : SAN MIGUEL 1039, LA PINTANA ----------------------------------------------------------------------------------- HECHOS. El día 10 de marzo de 2019, siendo las 12:50 apro

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