MP C/ ARIEL NICOLÁS FERNÁNDEZ GUTIÉRREZ
Rol
O-5849-2019
Fecha
3 de diciembre de 2019
Materia
FALTA DE RESPETO A AUTORIDAD PÚBLICA (495 Nº 4 CÓDIGO PENAL)
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: En la madrugada del día 08 de junio de 2019, a eso de las 03:30 horas, el imputado junto a otros sujetos participaron en una riña pública, concurriendo por un llamado de la central telefónica hacia ese lugar funcionarios de la Tercera Comisaría Sub Comisaría Diego portales, en específico el Carabinero Nicolás Jiménez Cid junto al Sargento Milton Cea Cea. Al llegar al lugar los sujetos lo observan, se dan a la fuga ingresando a su domicilio, quedando el imputado en la vía pública, quien al ser fiscalizado dio un empujón al Carabinero Jiménez Cid y al momento de proceder a su detención por la situación antes referida y lectura de derecho éste nuevamente, al tratar de esposarlo, empujó con potencia al Carabinero Jiménez, quien cayó al suelo resultando con una herida abrasiva de mano derecha y abrasiones leves en región frontal de rodilla de carácter leve. Circunstancias modificatorias: Artículo 11 N° 6 del Código Penal. Sentencia Rancagua, veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 15, 70, 495 N° 4, 398 del Código Penal, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se CONDENA A ARIEL NICOLÁS FERNÁNDEZ GUTIÉRREZ, ya individualizado en la causa, como autor de la falta del artículo 495 N° 4 del Código Penal, estos es, Falta de respecto a la autoridad, en grado de ejecución consumado, a sufrir una pena de multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, hecho ocurrido el día 08 de junio del año 2019. II.- Que concurriendo en la especie la atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal, el tribuna hace aplicación de lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal Penal, suspendiendo la pena y sus efectos por un periodo de seis meses, transcurrido el cual sin que sea objeto de un nuevo requerimiento o formalización, el tribunal decretara el sobres
Fallo
se declara: I.- Que se CONDENA A ARIEL NICOLÁS FERNÁNDEZ GUTIÉRREZ, ya individualizado en la causa, como autor de la falta del artículo 495 N° 4 del Código Penal, estos es, Falta de respecto a la autoridad, en grado de ejecución consumado, a sufrir una pena de multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, hecho ocurrido el día 08 de junio del año 2019. II.- Que concurriendo en la especie la atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal, el tribuna hace aplicación de lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal Penal, suspendiendo la pena y sus efectos por un periodo de seis meses, transcurrido el cual sin que sea objeto de un nuevo requerimiento o formalización, el tribunal decretara el sobreseimiento definitivo sin más trámites. III.- Se le exime del pago de las costas de la causa, por haber aceptado responsabilidad permitiendo la aplicación de este procedimiento breve y concentrado. Ejecutoriada que sea esta sentencia, certifíquese ese hecho por el jefe de Unidad de Causas y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase presente la renuncia que los intervinientes han hecho a los plazos para recurrir de la sentencia, por lo que ella se encuentra EJECUTORIADA. Remítase copia simple del acta de esta audiencia vía correo electrónico a los intervinientes. RUC: 1900614176-8 RIT: 5849 - 2019 TXSYNMMCGB Jessica Veronica Bascuñan Morales 0 Fecha: 03/12/2019 10:15:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECT
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Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve Ruc: 1900614176-8 Rit: 5849 - 2019 Hora Inicio: 11.08 Hora Término: 11.20 Juez: JESSICA BASCUÑAN MORALES Tipo de audiencia: Juicio simplificado efectivo. Imputado: ARIEL NICOLÁS FERNÁNDEZ GUTIÉRREZ C
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