C/ FELIPE ESTEBAN RIVAS ARREDONDO
Rol
O-9040-2019
Fecha
27 de noviembre de 2019
Materia
HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: Habiéndose formulado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de FELIPE ESTEBAN RIVAS ARREDONDO, cédula nacional de identidad N°20.394.180-3, fecha de nacimiento el 10 de noviembre de 1999, mayor de edad, sin oficio, con domicilio en Pasaje 5 N°4106; Macul, en su calidad de autor ejecutor de un delito falta de hurto, en grado de frustrado, previsto y sancionado en el artículo 494 bis del Código Penal. Y, habiendo admitido responsabilidad el imputado sobre los hechos materia del requerimiento que consisten en que: “El día 26 de noviembre de 2019, aproximadamente a las 17:40 minutos, el imputado ya individualizado, ingreso a la tienda Falabella de Mall Costanera Center, ubicada en avenida Andrés Bello N° 2461, comuna de Providencia, una vez en el interior del recinto procedió a tomar un cinturón que era ofertado en la tienda comercial, para luego dirigirse hacia la salida de la tienda sin cancelar la especie, la que fue avaluada en la suma de $4990.-.”(sic) PRIMERO: Que bastando la admisión de responsabilidad para llegar a una sentencia condenatoria por el delito, y la participación que se le imputa por cuanto nos encontramos ante un caso de auto- incriminación permitida por la ley, máxime tomando en consideración los antecedentes fundantes del requerimiento expuestos en esta audiencia. DELITO: Hurto falta RUC: 1901280796-4 RIT: 9040-2019 PROCEDIMIENTO: Simplificado TRIBUNAL: 8° Juzgado de Garantía de Santiago EYMNLXWFP JUAN CARLOS VALDES PEÑAILILLO Juez de garantía Fecha: 02/12/2019 10:20:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas
Fallo
se resuelve: I- Que se condena a FELIPE ESTEBAN RIVAS ARREDONDO, ya individualizado a la pena de multa ascendentes a UN TERCIO (1/3) de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad en calidad de autor ejecutor de un delito de hurto falta, en grado de frustrado, previsto y sancionado en el artículo 494 bis del Código Penal, perpetrado en el territorio jurisdiccional del Tribunal, el día 26 de noviembre de 2019. II.- Que la pena de multa antes impuesta se le da por cumplida con el tiempo que medió la detención del sentenciado, esto es, el día 26 de noviembre de 2019, de conformidad con lo prevenido en el artículo 49 del Código Penal. III.- Atendido el reconocimiento de responsabilidad en los hechos por parte del encartado, voluntad que evitó los costos materiales, humanos y económicos que implican la realización de un juicio oral, se exime al sentenciado del pago de las costas de esta causa. EYMNLXWFP JUAN CARLOS VALDES PEÑAILILLO Juez de garantía Fecha: 02/12/2019 10:20:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Dése cumpli
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Santiago, veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve. VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: Habiéndose formulado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de FELIPE ESTEBAN RIVAS ARREDONDO, cédula nacional de identidad N°20.394.180-3, fecha de nacimiento el 10 de noviembre de 1999, mayor de edad, sin oficio, con domicilio en Pasaje 5 N°4106; Macul, en su calidad de autor ejecutor de
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