Juzgado de Garantía de Curico.

M.P. C/ CHRISTIAN RAÚL ALCÁZAR OLAVE

Rol

O-1765-2019

Fecha

29 de noviembre de 2019

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos materia del juicio se encuentran contenidos en el requerimiento fiscal, donde se expresa que: “El día 02-04-2019 cerca de las 20:30 horas en el domicilio que se ubica en el pasaje 2 N°065 de la Villa El Boldo 2 de la comuna de Curicó, en circunstancias que la víctima doña Eliana Carolina Lorca Alegría se encontraba en su domicilio en compañía de su conviviente, el imputado Alcazar Olave, luego de una discusión el imputado procedió a golpearla en distintas partes del cuerpo provocándole lesiones consistente en contusión a MVVJNLGXZT Mariel Ivonne Molina Guerrero Juez de garantía Fecha: 02/12/2019 13:37:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl nivel de la región frontal sin reblandecimiento conforme al dato de atención de urgencia del SAR Bombero Garrido.” A juicio de esta Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de lesiones leves, en contexto de violencia intrafamiliar, ilícito previsto y sancionado en los artículos 494 N° 5 inciso 2° y 399 del Código Penal, en relación con el artículo 5 de la Ley 20.066, en grado de consumado y al requerido le cabe la calidad de autor ejecutor del artículo 15 Nº 1 del Código Penal. En cuanto a circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, en la especie favorece al requerido la circunstancia atenuante de responsabilidad penal del artículo 11 N°6 del Código Penal, esto es, la irreprochable conducta anterior. El Ministerio Público solicita que al requerido CHRISTIAN RAÚL ALCÁZAR OLAVE, se le condene a sufrir una pena de 300 días de presidio menor en su g

Fundamentos

motivos plausibles para deducir requerimiento en autos. REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE, en su oportunidad. RUC N° 1900356504-4. RIT N°1765 – 2019. Sentencia redactada por doña MARIEL IVONNE MOLINA GUERRERO, Juez de Garantía de Curicó. MVVJNLGXZT Mariel Ivonne Molina Guerrero Juez de garantía Fecha: 02/12/2019 13:37:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2019-12-02T13:37:11-0300 Corte Suprema Mariel Ivonne Molina Guerrero Verificación Legal

Fallo

Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 5, 15, 399 y 494 N°5 del Código Penal; 5 y siguientes de la Ley 20.066 y artículos 45, 282 y siguientes y 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que se ABSUELVE al requerido CHRISTIAN RAÚL ALCÁZAR OLAVE, de la imputación de ser autor del delito de LESIONES LEVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, previsto y sancionado en el artículo 494 N°5 del Código Penal, en relación con el artículo 399 del cuerpo de normas citado y 5 y siguientes de la Ley 20.066, sobre violencia intrafamiliar, hecho denunciado el día 2 de abril de 2019. MVVJNLGXZT Mariel Ivonne Molina Guerrero Juez de garantía Fecha: 02/12/2019 13:37:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, por haber tenido motivos plausibles para deducir requerimiento en autos. REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE, en su oportunidad. RUC N° 1900356504-4. RIT N°1765 – 2019. Sentencia redactada por doña MARIEL IVONNE MOLINA GUERRERO, J

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Poder Judicial Juzgado Garantía CURICÓ. JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ. RUC N° 1900356504-4. RIT N°1765 – 2019. FISCAL: LETICIA ALEJANDRA FLORES BELMAR. DEFENSOR PÚBLICO: PATRICIA ESTEBAN TORRES IMPUTADO: CHRISTIAN RAÚL ALCÁZAR OLAVE CÉDULA DE IDENTIDAD N°8.922.144-7. DELITO: LESIONES LEVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR. SENTENCIA JUICIO SIMPLIFICADO. Curicó, veintinueve de noviembre de

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