C/ CARLOS ERIC GÁLVEZ MIRANDA
Rol
O-886-2019
Fecha
2 de diciembre de 2019
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el Ministerio Público en su oportunidad, presentó requerimiento verbal en procedimiento simplificado en causa RIT 886-2019, RUC 1900231697-0 respecto del imputado CARLOS ERIC GALVEZ MIRANDA, rut 16.198.832-4, nacido el 1 de enero de 1986, 33 años, domiciliado en Rio Imperial 671 Lo Prado, por el delito de AMENAZAS EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, previsto y sancionado en el artículo 296 n°3 del Código Penal, en grado de consumado, atribuyendo al encausado una participación culpable en calidad de autor, consistente en que, El día 03 de marzo de 2019, a las 01:30 horas aproximadamente, en el domicilio ubicado en calle Rio Imperial N° 671, comuna de Lo Prado, el imputado procedió a amenazar de forma seria y verosímil, a la víctima su ex conviviente doña Jennifer Jessenia Palaviccino Miño, a quien el imputado le señalo “que haces aquí pela culia, ándate para afuera, te andai pelando con huevones, la apuñalada que te mande no es nada perra culia, te voy a matar” SEGUNDO: Que al tenor de dicho requerimiento, se realizaron al requerido las consultas al tenor de lo indicado en el artículo 395 del Código Procesal Penal, quien no admitió responsabilidad. TERCERO: Que habiendo el Ministerio Público señalado que no contaba con la versión de la víctima para fundar su pretensión condenatoria, el Fiscal Adjunto en virtud del principio de objetividad, no pidió una sentencia condenatoria, solicitando lo que en derecho corresponda, razón por la cual no se pudo arribar, más que a una sentencia absolutoria, teniendo especialmente presente lo que previene el artículo 340 del Código Procesal Penal en cuanto a que “Nadie podrá ser condenado por delito sino cuando el tribunal que lo juzgare adquiriere, más allá de toda duda razonable, la convicción de que realmente se hubiere cometido el hecho punible objeto de la acusación y que en él hubiere correspondido al acusado una participación culpable y penada por la ley…”. CUARTO: Que, por otra p
Fundamentos
motivos plausibles para litigar. Se alzan las medidas cautelares decretadas en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos y recursos. Regístrese y archívese. RIT 886-2019 RUC 1900231697-0 Dictada por SANDRA PATRICIA ROJAS GONZÁLEZ, Juez Titular del Quinto Juzgado de Garantía de Santiago. FMXVNLXPLH SANDRA PATRICIA ROJAS GONZALEZ Juez de garantía Fecha: 29/11/2019 14:40:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2019-11-29T14:39:42-0300 Corte Suprema SANDRA PATRICIA ROJAS GONZALEZ Verificación Legal
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo previsto en los artículos 19 N° 3 de la Constitución Política de la República; 1°, 296 n°3 del Código Penal, y 48, 340, 341, 342, 344 y 346 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se absuelve a CARLOS ERIC GALVEZ MIRANDA, ya individualizado, de los cargos formulados en su contra como autor del delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, ocurrido en esta ciudad el día 3 de marzo de 2019 en la Comuna de Lo Prado. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, por haber tenido motivos plausibles para litigar. Se alzan las medidas cautelares decretadas en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos y recursos. Regístrese y archívese. RIT 886-2019 RUC 1900231697-0 Dictada por SANDRA PATRICIA ROJAS GONZÁLEZ, Juez Titular del Quinto Juzgado de Garantía de Santiago. FMXVNLXPLH SANDRA PATRICIA ROJAS GONZALEZ Juez de garantía Fecha: 29/11/2019 14:40:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2019-11-29T14:39:42-0300 Corte Suprema SANDRA PA
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Santiago, dos de diciembre de dos mil diecinueve. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el Ministerio Público en su oportunidad, presentó requerimiento verbal en procedimiento simplificado en causa RIT 886-2019, RUC 1900231697-0 respecto del imputado CARLOS ERIC GALVEZ MIRANDA, rut 16.198.832-4, nacido el 1 de enero de 1986, 33 años, domiciliado en Rio Imperial 671 Lo Prado, por el delito de AM
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