Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

MP C/ CRISTIAN RODRIGO GONZÁLEZ UGARTE

Rol

O-10181-2019

Fecha

27 de noviembre de 2019

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto además lo dispuesto en el artículo 288 bis del Código Penal; artículos 295, 207, 340 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se absuelve a don CRISTIAN RODRIGO GONZÁLEZ UGARTE, ya individualizado al inicio de la audiencia, del requerimiento formulado en su contra, que la sindicaba de ser autor de un delito de Porte de arma blanca, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, que se decía cometido por ella el día 15 de agosto del año 2019, en territorio de esta jurisdicción. II.- Que, se declara además que por no ser de responsabilidad del ente persecutor la no comparecencia de la prueba al juicio se le exime del pago de las costas de la causa. Los intervinientes renuncian a los términos y recursos legales, quedando la presente sentencia ejecutoriada. En su oportunidad, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dictada por doña AÍDA CECILIA TORRES SALGADO Juez Titular del Juzgado de Garantía de Viña del Mar.//yelm FSGZNLXFBH Aida Cecilia Torres Salgado Juez de garantía Fecha: 29/11/2019 14:04:19 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2019-11-29T13:04:21-0400 Corte Suprema Aida Cecilia Torres Salgado Verificación Legal

Fallo

se declara: I.- Que, se absuelve a don CRISTIAN RODRIGO GONZÁLEZ UGARTE, ya individualizado al inicio de la audiencia, del requerimiento formulado en su contra, que la sindicaba de ser autor de un delito de Porte de arma blanca, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, que se decía cometido por ella el día 15 de agosto del año 2019, en territorio de esta jurisdicción. II.- Que, se declara además que por no ser de responsabilidad del ente persecutor la no comparecencia de la prueba al juicio se le exime del pago de las costas de la causa. Los intervinientes renuncian a los términos y recursos legales, quedando la presente sentencia ejecutoriada. En su oportunidad, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dictada por doña AÍDA CECILIA TORRES SALGADO Juez Titular del Juzgado de Garantía de Viña del Mar.//yelm FSGZNLXFBH Aida Cecilia Torres Salgado Juez de garantía Fecha: 29/11/2019 14:04:19 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2019-11-29T13:04:21-0400 Corte Suprema

Texto Completo (Preview)

Sentencia Fecha Viña del Mar., veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve Magistrado AÍDA CECILIA TORRES SALGADO RUC 1900875243-8 RIT 10181 - 2019 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA CRISTIAN RODRIGO GONZÁLEZ UGARTE 0015724280-6 Sector El salto Calle Colombia Nº 0844 Recoleta. VISTOS, OIDOS Y TENIENDO PRESENTE Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en

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