BROWN/SOCIEDAD ODONTOLÓGICA E INTEGRAL SEJ LIMITADA.
Rol
O-211-2020
Fecha
20 de junio de 2020
Materia
Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS PACIFICOS X · HECHOS A PROBAR X · PRUEBA DEMANDANTE X · PRUEBA DEMANDADA X · CITA A JUICIO ORAL X El Tribunal deja constancia que la demandada fue válidamente notificada, no consta en carpeta digital la contestación de la demanda, por lo que se encuentra en total rebeldía. Sentencia Inmediata: Conforme a la no contestación y a la no comparecencia de la parte demandada, la parte demandante solicita se dicte sentencia de conformidad al artículo 453 del Código del Trabajo. El Tribunal accede a lo solicitado y procede a dictar sentencia. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, se llevó a efecto audiencia preparatoria de juicio en autos, iniciados mediante demanda por despido en que se pide se declare existencia de relación laboral, despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones, deducida por Laura Catalina Brown Sanabria, chilena, cédula de identidad N° 16.672.933-5, soltera, cirujano dentista, domiciliado en calle Luis Franco Ávalos, de la ciudad de Antofagasta, en contra de la empresa Clínica Odontológica e Integral SEJ E.I.R.L., “Clínica Milán”, persona jurídica del giro de su denominación, rol único tributario N° 76.139.048-1, representada legalmente por don Sergio Eduardo San Martin San Martin, cédula de identidad 15.680.557-2, ambos con domicilio en calle 14 de febrero n°2065, oficina 1002, de la ciudad de Antofagasta. SEGUNDO: Que, la parte demandada fue válidamente notificada de la demanda de conformidad al artículo 437 del Código del Trabajo, según se puede apreciar en estampe de fecha 18 de febrero del año 2020 que consta en el expediente digital. TERCERO: Que, es necesario tener presente, que habiendo sido legalmente notificada la demandada y al no haber contestado la demanda ni comparecido a la audiencia preparatoria, se entiende en rebeldía, precluyendo de esta forma su derecho de controvertir los hechos expuestos en el libelo interpuesto en su con
Fallo
fallo las menciones a que hace referencia los números 3 y 4 de la misma disposición. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 7 a 10, 41, 73, 161, 162, 168, 171, 172, 423, 425 a 432, 446, 453 y 459 del Código del Trabajo y 15 y 17 de la Ley N° 19.728, se resuelve: I.- Que, se acoge demanda interpuesta por Laura Catalina Brown Sanabria, cédula de identidad N° 16.672.933-5, en contra de Clínica Odontológica e Integral SEJ E.I.R.L., “Clínica Milán”, rol único tributario N° 76.139.048-1, ya individualizados, en todas sus partes y en consecuencia se declara la nulidad del despido, el despido indirecto ajustado a derecho y se condena a pagar los siguientes valores por el concepto que en cada caso se indica: Nulidad del despido: La suma de $2.562.580.- (dos millones quinientos sesenta y dos mil quinientos ochenta pesos), desde la fecha del autodespido, esto es, desde el día 03 de diciembre de 2019 a la fecha que se pague las cotizaciones adeudadas y lo comunique personalmente o mediante carta certificada enviada al domicilio de la trabajadora, acompañando la documentación emitida por las instituciones previsionales correspondiente en que conste la recepción de dicho pago. Además se ordena el pago de: 1.- Indemnización sustitutiva del aviso previo por $2.562.580.- (dos millones quinientos sesenta y dos mil quinientos ochenta pesos). 2.- El pago del feriado proporcional por la suma de $1.793.806.- 3.- El pago de la indemnización por años de servicios con el incr
Texto Completo (Preview)
JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA AUDIENCIA PREPARATORIA POR VIDEO CONFERENCIA_PLATAFORMA_ZOOM FECHA Antofagasta, dincinueve de junio de dos mil veinte. MAGISTRADO CARLOS EDUARDO CAMPILLAY ROBLEDO HORA DE INICIO 09:01 hrs. HORA DE TERMINO 09:05 hrs. ENCARGADA DE ACTA Alejandra Tejeda Herrera SALA 1 RUC 20-4-0250447-2 RIT O-211-2020 Registro de audio N° 2040250447-2-
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica