JOSÉ LUIS MONSALVE TORRES C/ HERNAN ALEJANDRO NUÑEZ HENRÍQUEZ
Rol
O-7237-2019
Fecha
25 de noviembre de 2019
Materia
DAÑOS SIMPLES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS El día 31 de Enero de 2019, a las 17:20 horas aproximadamente, en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Chillán, ubicado en Isabel Riquelme N° 230, Chillan, en circunstancias que el requerido HERNAN ALEJANDRO NUÑEZ HENRÍQUEZ, se encontraba en la celda de contención afuera de la guardia interna, por tenencia de elementos prohibidos, comienza el requerido a forcejear y romper las rejas de la jaula de contención, logrando salir de esta para ingresar a la oficina del guardia a sacar las especies que le habían sido incautadas, para luego volver a la celda.- Los daños causados a la celda fueron avaluados en la suma de $86.000.- DELITO DAÑOS SIMPLES PARTICIPACIÓN Autor GRADO EJECUCION Consumado CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL ATENUANTES 11 N° 9 DEL C.P. AGRAVANTES NO RENUNCIA A PLAZOS Y RECURSOS LEGALES JA SIN EFECTO MEDIDAS CAUTELARES No hay. MXJKNKXNSJ Carlos Antonio Benavente Garcia Juez de garantía Fecha: 27/11/2019 18:36:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl CUMPLIMIENTO ART. 468 DEL C.P.P. VÍA INTERCONEXIÓN, al Servicio de Registro Civil e Identificación de Santiago. OBSERVACIONES: “Todo lo actuado, fundamentado y resuelto en la presente audiencia, se encuentra íntegramente registrado en el correspondiente sistema de audio, único instrumento válido de conservación y registro de audiencia al tenor de lo dispuesto en el artículo 39 del Código Procesal Penal”. COPIA DE AUDIENCIA A: Fiscal: F.B.R. Defensa: A.G.S. SENTENCIA Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se en
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los arts. 1, 11 N°9, 18, 25, 60, 70, 487 del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que se CONDENA sin costas a HERNAN ALEJANDRO NÚÑEZ HENRÍQUEZ, RUT N°16.736.823-9, ya individualizado en lo demás, en su calidad de autor del delito de daños simples, cometido en esta ciudad, el día 31 de enero de 2019, en la unidad penal de Chillán, a sufrir el pago de una multa ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, que deberá pagar en pesos en el equivalente que tenga la referida unidad al momento de su solución, autorizándose su pago en dos parcialidades mensuales, iguales y sucesivas debiendo enterar el pago de la primera parcialidad durante los últimos cinco días del mes siguiente a que se encuentre ejecutoriado el presente fallo y así sucesivamente. El no pago de la primera parcialidad hará exigible el total de la multa impuesta. Si el condenado no tiene bienes para satisfacer la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución o apremio, la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de UTM a que ha sido condenado. Ejecutoriada esta sentencia dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el art. 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y ARCHÍVESE, si no fuere impugnada por vía legal. Resolvió don CARLOS ANTONIO BENAVENTE GARCIA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Chillán. MXJKNKXNSJ Carlos Antonio Benavente Garcia Juez de garantía Fecha: 27/11
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PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD Fecha Chillán, 25 de noviembre de 2019.- Ruc N° 1900134162-9 Rit N° 7237-2019 Magistrado: CARLOS ANTONIO BENAVENTE GARCÍA. Fiscal: MARCIA VENEGAS BARBA Defensor: IVAN RODRIGUEZ MELLA Hora de inicio: 09.43 HORAS Hora de término: 09.53 HORAS N° de registro de audio: 1900134162-9-1072 Administrativo de actas: CARMEN GLORIA SUAZO PARDO Sala d
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