Juzgado de Garantía de Los Lagos.

MINISTERIO PÚBLICO C/ LEONARDO ESTEBAN BUSTOS GAVILÁN

Rol

O-203-2019

Fecha

25 de noviembre de 2019

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OÍDOS: La parte expositiva y considerativa de la sentencia constan en el registro de audio RUC 1900154864-9-1086 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Se declara: I.- Que se condena a LEONARDO ESTEBAN BUSTOS GAVILÁN, cédula de identidad Nº 0018885379-K, ya individualizado, al pago de una multa a benefico fiscal de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la medida accesoria establecida en el artículo 9 letra b) de la Ley 20.066, Sobre Violencia Intrafamiliar, consistente en la prohibición de acercarse a la víctima JOSÉ BERNARDO GAVILÁN MONSALVE, cédula de identidad N° 0011590537-6, a su domicilio ubicado en SECTOR LAS VERTIENTES S/N°, LOS LAGOS, a su lugar de trabajo o de estudio, así como a cualquier otro lugar al que ésta concurra o visite habitualmente, por el plazo de un año, como autor del delito consumado de LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, previsto y sancionado en el artículo 399 en relación al artículo 494 Nº 5 del Código Penal y 5º de la Ley 20.066, por los hechos acontecidos en el territorio jurisdiccional de este tribunal, con fecha nueve de febrero de dos mil diecinueve. II.- Que, se sustituye la pena de multa en veinticuatro horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, consistente en la realización de actividades no remuneradas a favor de la colectividad o en beneficio de persona en situación de precariedad, no pudiendo exceder de ocho horas diarias, siendo compatible con la actividad educacional o laboral que el condenado realizare. Dejándose constancia que el sentenciado prestó su consentimiento en esta audiencia. Deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de la ciudad de Valdivia, dentro del plazo de diez días contados desde que el sentenciado recupere su libertad, dado que se encuentra en prisión preventiva en causa diversa. El delegado de Gendarmería de Chile encargado de gestionar el cumplimiento de la pena informará a este tribunal dentro de un plazo de

Fallo

Se declara: I.- Que se condena a LEONARDO ESTEBAN BUSTOS GAVILÁN, cédula de identidad Nº 0018885379-K, ya individualizado, al pago de una multa a benefico fiscal de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la medida accesoria establecida en el artículo 9 letra b) de la Ley 20.066, Sobre Violencia Intrafamiliar, consistente en la prohibición de acercarse a la víctima JOSÉ BERNARDO GAVILÁN MONSALVE, cédula de identidad N° 0011590537-6, a su domicilio ubicado en SECTOR LAS VERTIENTES S/N°, LOS LAGOS, a su lugar de trabajo o de estudio, así como a cualquier otro lugar al que ésta concurra o visite habitualmente, por el plazo de un año, como autor del delito consumado de LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, previsto y sancionado en el artículo 399 en relación al artículo 494 Nº 5 del Código Penal y 5º de la Ley 20.066, por los hechos acontecidos en el territorio jurisdiccional de este tribunal, con fecha nueve de febrero de dos mil diecinueve. II.- Que, se sustituye la pena de multa en veinticuatro horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, consistente en la realización de actividades no remuneradas a favor de la colectividad o en beneficio de persona en situación de precariedad, no pudiendo exceder de ocho horas diarias, siendo compatible con la actividad educacional o laboral que el condenado realizare. Dejándose constancia que el sentenciado prestó su consentimiento en esta audiencia. Deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social d

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Dirección Calle San Martín N° 280 comuna de Los Lagos / Fono 63-2460261 / Mail jgloslagos@pjud.cl Sentencia en procedimiento simplificado. Los Lagos, veinticinco de noviembre de dos mil diecinueve. VISTOS Y OÍDOS: La parte expositiva y considerativa de la sentencia constan en el registro de audio RUC 1900154864-9-1086 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Se declara: I.- Que se condena a

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