MINISTERIO PUBLICO C/ PABLO GUILLERMO ALFARO MANCILLA
Rol
O-143-2019
Fecha
26 de noviembre de 2019
Materia
POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos configuran según el ente acusador un delito de conducción en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, un delito de daños simples, un delito de posesión de arma de fuego prohibida y un delito de posesión ilegal de municiones, previstos y sancionados respectivamente en los artículos 196 y 209 de la Ley 18.290 sobre Transito, articulo 487 del Código Penal, y artículos 13 y 9 inciso 2° de la Ley 17.798 sobre control de armas en relación con los artículos 2 letras b) y c), 3, 4, 5 y 17 del mismo cuerpo legal. Todos los ilícitos se encuentran en grado de desarrollo de consumados y en los cuales le ha cabido al imputado participación en calidad de autor. Se señaló también que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal respecto del acusado. El Ministerio Público solicitó que se imponga al acusado Pablo Guillermo Alfaro Mancilla, las siguientes penas: a) Por el delito de Conducción en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, una pena de 3 años de presidio menor en su grado medio; una multa de 10 U.T.M.; más las accesorias legales de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, y la suspensión de su licencia de conducir por el termino de 2 años; con costas. b) Por el delito de daños simples, una pena de 540 días de reclusión menor en su grado mínimo; más las accesorias legales de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, con costas. KCVQNJKXDV Claudia Cecilia Molina Contador Juez oral en lo penal Fecha: 26/11/2019 14:35:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Tribunal e intervinientes. Que el día veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve, ante la primera sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle, integrada por las Jueces Titulares Zoila Anyelina Terán Arévalo, quien presidió, doña Ana Marcela Alfaro Cortés y doña Claudia Cecilia Molina Contador, se celebró la audiencia de juicio oral en la causa RIT 143-2019, seguida en contra del acusado Pablo Guillermo Alfaro Mancilla, chileno, soltero, cédula nacional de identidad N° 21.096.703-6, nacido el 26 de Junio de 2000, en la comuna de Ovalle, de 19 años de edad, temporero agrícola, domiciliado en calle Agua Amarilla S/n, Combarbalá. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por el Fiscal Adjunto, don Herbert Rohde Iturra, domiciliado en calle Independencia N° 604, comuna de Ovalle. La defensa del acusado fue asumida en esta causa por el abogado Defensor Penal Público, don Gerardo Tagle Sepúlveda, domiciliado en calle pasaje Manuel Peñafiel N° 293 – oficina 204 – comuna de Ovalle. Segundo: Acusación. Que el Ministerio Público sostuvo en su acusación el siguiente hecho: “El día 12 de Mayo de 2019, alrededor de las 04:00 horas, desde la vía pública, pasaje Ovalle a la altura del N° 770, comuna de Punitaqui, el acusado Pablo Guillermo Alfaro Mancilla exhibió y apuntó a la víctima, doña Francisca Fabiola Zambra Zambra, con un arma de fuego tipo pistola a fogueo marca Valtro modelo AP-92, adaptada como arma de fuego, diciéndole que era choro, que tenía una pistola y que andaba choreando, para luego abordar y conducir en manifiesto estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir el vehículo tipo automóvil marca Hyundai, P.P.U. NY-6461, chocando luego ex profeso en KCVQNJKXDV Claudia Cecilia Molina Contador Juez oral en lo penal Fecha: 26/11/2019 14:35:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 reiteradas oportunidades el vehículo tipo automóvil marca Kia, modelo Río 4, P.P.U. LDVX-46, de la citada afectada que se encontraba estacionado en el lugar, ocasionándole daños en su estructura avaluados en la suma total de $ 800.000.-, siendo seguido el acusado posteriormente por Carabineros, dándole alcance minutos después a la altura de la Tenencia de Carabineros de Punitaqui, sorprendiendo al acusado en circunstancias que conducía en manifiesto estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir el vehículo tipo automóvil marca Hyundai, P.P.U. NY-6461 y en circunstancias que poseía debajo del asiento del conductor el arma de fuego tipo pistola a
Fallo
se acuerda más, hasta el otro día que despertó en la Comisaría de Punitaqui, sin saber porque estaba ahí, perdió sus cincos sentidos. Interrogado por el señor Fiscal, señaló que nunca prestó declaración antes del día hoy, que él estaba en su casa y empezó a tomar a las 12:00 horas de la noche, tres vasos de cerveza marca Cristal, con unos conocidos del trabajo en su casa de Punitaqui, se fue a la fiesta en pasaje Ovalle, población Los Molinos de Punitaqui, llegó a las 02:50 horas de la mañana a la fiesta, condujo el vehículo desde su casa hasta el pasaje Ovalle, no estaba en estado de ebriedad, nunca obtuvo licencia de conducir. Agregó a las preguntas del señor fiscal, que conducía un auto Hyundai, placa patente NY 6461, entró a la casa, no sabe quién era el dueño de casa, a él lo invito Óscar, fue con dos amigos, entraron y los perdió de vista, sostuvo una discusión con unas personas, pero no recuerda porqué, no recuerda si tomó una pistola, sabe que tenía el arma en su vehículo, la llevaba desde su casa, la había encontrado y la había guardado en su auto, la guardó porque le llamó la atención. Sabía que era de fuego, no sabía que estaba adaptada, sabía que estaba cargada, no recuerda haber apuntado a alguien con esa arma, la tenía debajo del asiento del conductor. Al salir de la fiesta se encontró que delante de su auto estaba estacionado un Kia Río, se subió al auto y retrocedió fuertemente y chocó al auto Kia, en la parte frontal, luego de chocar avanzó 100 metros y p
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1 MINISTERIO PÚBLICO CON PABLO GUILLERMO ALFARO MANCILLA DELITO: POSESIÓN ILEGAL DE MUNICIONES RUC N°: 1900503974-9. RIT N°: 143-2019 SENTENCIA DEFINITIVA: ABSOLUCION Ovalle, veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: Primero: Tribunal e intervinientes. Que el día veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve, ante la primera sala del Tribunal de Juicio Oral en lo
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