MP C/ ALEJANDRO ANDRÉS MIRANDA SAN MARTÍN
Rol
O-7877-2019
Fecha
25 de noviembre de 2019
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS Que el 06 de octubre de 2019, en horas de la madrugada, el imputado ALEJANDRO ANDRÉS MIRANDA SAN MARTIN, concurrió a la Escuela de Lenguaje "Divino Maestro", ubicado en Villa San Cristóbal, calle Interior N° 218, Chillán, procediendo a escalar la reja exterior, ingresando a la propiedad, quebrando un vidrio para sustraer desde su interior, un equipo musical, un aire acondicionado, dos impresoras, entre otras especies, apropiándoselas con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, siendo sorprendido por Carabineros al interior del sitio del suceso. DELITO Robo en Lugar No Habitado PARTICIPACIÓN Autor GRADO EJECUCIÓN Frustrado CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL ATENUANTES 11 N° 9 del C.P. AGRAVANTES 12 N° 16 del CP EJECUTORIA DE SENTENCIA RENUNCIA A PLAZOS Y RECURSOS LEGALES OBSERVACIONES DEL TRIBUNAL - SIN OBSERVACIONES. COPIA DE AUDIENCIA A: KXGDNJXSXR Manuel Alejandro Vilches Meza Juez de garantía Fecha: 26/11/2019 11:58:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl mailto:jgchillan@pjud.cl ________________________________________________________________________________________________________ ____________ Juzgado de Garantía de Chillán - Av. Ecuador #1167, Chillán - (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl – cuenta corriente: Banco Estado Nro.52100243369 Fiscal: M.C.V. Defensa: M.A.Q. LECTURA DE SENTENCIA La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguien
Fallo
Por estas consideraciones y a la luz, además, de lo dispuesto en los arts. 1, 5, 11 N° 9, 12 N° 16, 15, 25, 30, 50, 432, 442, 449 del Código Penal; art. 11, 47, 297, 340, 341, 342, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a ALEJANDRO ANDRÉS MIRANDA SAN MARTÍN, cédula de identidad N° 20.513.861-7, ya individualizado en esta causa, por su responsabilidad en calidad de autor de un delito frustrado de robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado a la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, por el hecho ocurrido en esta ciudad el día 6 de octubre de 2019. II.- Se exime al condenado del pago de las costas del procedimiento. III.- No reuniéndose requisito alguno de la Ley N° 18.216, la pena impuesta ha de cumplirla en forma efectiva, en el penal que determine Gendarmería de Chile, sirviéndole de abono todo el tiempo que ha estado en prisión preventiva con motivo de esta causa, vale decir, desde el 6 de octubre de 2019 a la fecha. Ejecutoriada que sea la presente sentencia DESE ORDEN DE INGRESO en contra del condenado en calidad de REMATADO. Certifíquese, en su oportunidad, la circunstancia de encontrarse ejecutoriada esta sentencia a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el art. 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese, dese copia y ARCHÍVESE, en su oportunidad. Pronunciada por don MANUEL ALEJANDRO VILCHES MEZA, Juez Titular d
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________________________________________________________________________________________________________ ____________ Juzgado de Garantía de Chillán - Av. Ecuador #1167, Chillán - (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl – cuenta corriente: Banco Estado Nro.52100243369 AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha Chillán, veinticinco de noviembre de dos mil diecinueve Ruc N° 1901074308-K Rit N°
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