PONOTTE/CONSERVERA PENTZKE SA
Rol
O-47-2020
Fecha
17 de junio de 2020
Materia
Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS X · FIJA HECHOS A PROBAR X · SENTENCIA ART. 453 No 4 inc 2do. X · RECEPCION DE PRUEBAS X · EXAMEN DE ADMISIBILIDAD DE PRUEBAS X · OFRECE PRUEBA DEMANDANTE X · DOCUMENTAL X · TESTIMONIAL X · ABSOLUCION POSICIONES X · OFICIOS X · EXHIBICION DOCUMENTAL X · OFRECE PRUEBA DEMANDADA X · DOCUMENTAL X · ABSOLUCION POSICIONES X · TESTIMONIAL X · OFICIOS X · EXHIBICION DE DOCUMENTOS X · INSPECCIÓN PERSONAL X · CITACION A AUDIENCIA DE JUICIO X · OMITE CITACION A AUDIENCIA DE JUICIO X · ACUMULACION X · DESISTIMIENTO X · APERCIBIMIENTO X · SENTENCIA X · SUSPENSION AUDIENCIA X Constancia. En virtud de la pandemia que ocasiona la enfermedad COVID-19, esta Audiencia Preparatoria se ha celebrado mediante Video Conferencia a través de la plataforma Zoom, habilitada para estos efectos por la Corporación Administrativa del Poder Judicial. Inasistencia demandada principal: Se deja constancia de la inasistencia de la parte demandada a la presente audiencia, pese a encontrarse válidamente notificada a través de exhorto N°1103-2020 de fecha 09 de marzo de 2020, del 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, por lo que se tiene por frustrado el llamado a conciliación, atendida su inasistencia y rebelde para todo los efectos. Solicitud de la parte demandante: Habiendo sido notificado la demandada y no existir controversia, solicita que no se reciba la causa a prueba y se dicte sentencia de inmediato, aplicándose lo dispuesto en el artículo 453 N° 1 y N° 3 del Código del Trabajo. El Tribunal resuelve: Atendido el mérito de los antecedentes y en virtud de la demanda y no existiendo una opinión de este magistrado controversia respecto a los hechos, atendido lo discutido en esta audiencia, documentos acompañados a la misma, habiéndose verificado por parte del Tribunal, el Tribunal va a hacer uso de la facultad, no se
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Marco Antonio Radic Soffia, abogado, en representación convencional de Chimson Breau, haitiano, cedula de identidad 25.806.822-K; Jean Elie Frenomd, haitiano, cedula de identidad 26.186.413-4; Merjuste Mombrun, haitiano, cedula de identidad 26.016.253-5 y de don Jean Claude Ponotte, haitiano, cedula de identidad 25.629.781-7, interpone demanda de declaración de relación laboral única continua y cobro de indemnizaciones y prestaciones en contra de CONSERVERA PENZTKE S.A., Rut 92.279.000-0, representada por su liquidador titular don Nelson Machuca Casanova, fundado en síntesis en que ingresaron a prestar servicios para la demandada en distintos meses durante los años 2017 y 2018, que sin perjuicio de ello su trabajo se escrituró como trabajo de temporada, el cual sin embargo eran finiquitados antes de cumplir el año de los servicios y eran nuevamente contratados, bajo distintos tipos de contratos de trabajos de temporada, esto es, faena de durazno, alcachofa, pero que en definitiva los actores desarrollaron sus labores de manera continua e ininterrumpida desde sus respectivos ingresos laborales. Agregan que con fecha 20 de diciembre de 2019, fueron finiquitados a consecuencia de la causa Rol C-7019-2019, por liquidación concursal de la demandada seguida ante el Primer Juzgado de Letras de San Felipe, por lo que en definitiva solicita se declare la relación laboral única y continua y se proceda a cancelar los montos que señala en su demanda, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo, feriado legal y proporcional, indemnización por años de servicio y al pago de las cotizaciones previsionales por el periodo trabajado, todo con intereses, reajustes y costas. SEGUNDO: Que, la demandada Conservera Penztke S.A., no contestó la demanda, tampoco compareció a ninguna de las actuaciones del procedimiento, estando válidamente notificada. TERCERO: Que habiendo sido citada las partes a esta audiencia preparatoria, solo concurre la parte demandante la cual indica documentos en la audiencia y a su vez indica que efectivamente se ha cancelado una parte de dinero a cada uno de sus representados y solicita que atendida la inasistencia de hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, se tenga por tácitamente admitidos los hechos contenidos en la demanda y se proceda a dictar sentencia de inmediato, atendido los documentos acompañados. CUARTO: Que, conforme al mérito de autos se puede tener por tácitamente admitidos que entre las partes de este juicio existió una relación laboral en el caso de: a) Chimson Breau, ingresó a prestar servicios para la demandada en el mes de enero del 2017, que su remuneración ascendía a la suma $376.250, y que sus funciones las desempeñó en forma continua e ininterrumpida por sucesivos contratos de trabajo por temporada y que al momento del despido, esto es el día 20 de diciembre de 2019, se le adeudan distintos tipos de prestaciones de carácter económico, como de seguridad
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 10, 58, 73, 173, 446 y siguientes del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil, y demás normas pertinentes, SE DECLARA: I.- Que, SE HACE LUGAR, a la demanda interpuesta por Chimson Breau, cedula de identidad 25.806.822-K; Jean Elie Frenomd, cedula de identidad 26.186.413-4; Merjuste Mombrun, cedula de identidad 26.016.253-5 y don Jean Claude Ponotte, cedula de identidad 25.629.781-7, por declaración de relación laboral y cobro de indemnizaciones y prestaciones interpuesta en contra de CONSERVERA PENZTKE S.A., representada por su liquidador titular don Nelson Nicolás Machuca Casanovas, todos ya individualizados, por cuanto se declara que entre los actores y la demandada existió una relación laboral única y continua, desde la fecha de su ingreso señaladas en los considerando precedentes y que se dio por finalizada por la liquidación de la demandada con fecha 20 de diciembre del año 2019, y por lo tanto se condena al demandado ya individualizado al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: 1. Respecto de Chimson Breau: a.- La suma de $376.250 (trescientos setenta y seis mil doscientos cincuenta pesos), por concepto de indemnización sustitutiva por falta de aviso previo. b- La suma de $790.125 (setecientos noventa mil ciento veinticinco pesos) por concepto de feriado legal y proporcional correspondiente a todo el periodo trabajado. c.- La suma de $1.128.750 (un millón ciento veintioch
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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO VIDEO CONFERENCIA PLATAFORMA ZOOM TRIBUNAL Juzgado de Letras del Trabajo San Felipe FECHA Miercoles 17 de junio de 2020 RUC 20-4-0254649-3 RIT O-47-2020 SALA 1 (Virtual) MAGISTRADO Arturo Eduardo Ull Yáñez ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ximena Ibacache Guerrero HORA DE INICIO 10:18 horas HORA DE TERMINO 11:00 horas Nº REGISTRO DE A
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