Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción.

MP C/ MARCELO ALEJANDRO CASTRO GUTIÉRREZ

Rol

O-254-2019

Fecha

25 de noviembre de 2019

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día veinte de noviembre de dos mil diecinueve, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, integrada por las juezas Mirentxu Bernardita San Miguel Bravo, Nancy Loreto Vargas Bustamante y Carmen Gloria Durán Vergara, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral correspondiente a la causa RUC Nº 1910018164-1 y RIT Nº 254-2019 seguida en contra de los acusados MARCELO ALEJANDRO CASTRO GUTIÉRREZ, chileno, cédula de identidad N° 15.944.874-6,34 años de edad, soltero, pintor y comerciante ambulante, domiciliado en sector Candelaria, Costanera, Pasaje 4 N° 1198, comuna San Pedro de la Paz, y; JAMES ISAÍAS VIVEROS VILLA, chileno, cédula de identidad N° 17.396.115-4, 29 años de edad, soltero, comerciante, domiciliado en calle Sotelco N° 1121, población Padre Hurtado, Candelaria, comuna de San Pedro de la Paz. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por la fiscal Claudia Peña Montero, domiciliada en calle Freire N° 181, Coronel. La defensa del acusado Castro Gutiérrez estuvo a cargo de la defensora penal licitada Mariela Poblete Aravena, con domicilio en Avenida O’Higgins 379, oficina N° 1310, Concepción, y; en tanto por el enjuiciado Viveros Villa, defensor penal privado Eduardo Rojo Araneda, domiciliado en calle Vilumilla N° 631, concepción. SEGUNDO: Que los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación, contenida en el auto de apertura de juicio oral de fecha 21 de octubre de 2019, provenientes del Juzgado de Garantía de San Pedro de la Paz, son los siguientes: “El día 18 de abril del 2019, en horas de la madrugada aproximadamente, con el objeto de sustraer especies, los imputados MARCELO ALEJANDRO CASTRO GUTIERREZ y JAMES ISAIAS VIVEROS VILLA, ingresaron sin la voluntad de su dueño, hacia el interior del domicilio ubicado en pasaje Los Cipreses N°526 de la Villa Spring Hill, de la Comuna de San Pedro de la Paz, para lo anterior, procedieron escalando la reja del cierre perimetral del antejardín del domicilio, de material metálico, forzando las púas ubicadas en la parte superior, las cuales doblaron. Una vez en el interior de este domicilio, TLJNJQBKX Carmen Gloria Duran Vergara Juez oral en lo penal Fecha: 25/11/2019 14:09:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 procedieron a sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño y, desde el patio del mismo, tres postes de madera raulí de 3 metros de largo por 60 cm. y de 5,5 pulgadas de diámetro y tres postes de madera de raulí de 3 metros de largo y 8x8 pulgada

Fallo

se decide recalificar debe ser por el delito de receptación, descartándose el de hurto de hallazgo. QUINTO: Que, la defensa del acusado James Isaías Viveros Villa durante su alegato de apertura expuso que no se iba a acreditar el escalamiento ni forzamiento que se imputa en la acusación, por lo cual no se podrá configurar un delito de robo, y de condenarse a su representado no tiene que serlo por el delito por el cual se encuentra acusado. Durante su discurso de clausura insistió que no había prueba para lograr convicción condenatoria por el delito de robo, la cual analizó y TLJNJQBKX Carmen Gloria Duran Vergara Juez oral en lo penal Fecha: 25/11/2019 14:09:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 3 comentó. Terminó diciendo si su mandante cometió algún ilícito lo es por el de receptación, ya que claramente se le encontró en posesión de especies sustraídas a la víctima, previamente, y el aspecto subjetivo de la receptación estaba dado al tener que haber sabido que tales especies provenían de un delito, ya que en el interior de

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1 Concepción, veinticinco de noviembre de dos mil diecinueve. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día veinte de noviembre de dos mil diecinueve, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, integrada por las juezas Mirentxu Bernardita San Miguel Bravo, Nancy Loreto Vargas Bustamante y Carmen Gloria Durán Vergara, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral correspondi

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