Juzgado de Garantía de Río Negro.

MINISTERIO PUBLICO C/ RAFAEL ERNESTO CALFUMIL SANHUEZA

Rol

O-1151-2019

Fecha

12 de noviembre de 2019

Materia

CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14, 15, 30 del Código Penal, artículo 342 y siguientes del Código Procesal Penal, Articulo 194 de la Ley 18.290 y Ley 18.216 y, SE DECLARA: I.- Que, se condena a RAFAEL ERNESTO CALFUMIL SANHUEZA, C.I. 15.445.821-2, domiciliado en camino a Sector Las Lumas, kilómetro 19, ruta CH215, Osorno, forma especial de notificación correo electrónico rafaelcalfumil@gmail.com, número telefónico 982153724, a sufrir la pena de 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a la SUSPENSIÓN DE CARGO Y OFICIO PÚBLICO POR EL TIEMPO DE LA CONDENA, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de conducción sin licencia profesional requerida, previsto y sancionado en los artículo 194 de la ley 18.290, hecho ocurrido el día 11 de noviembre del año 2019. II.- Que, cumpliendo los requisitos del artículo 8º de la Ley Nº 18.216, se concede al sentenciado la PENA SUSTITUTIVA DE RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA de las 21:00 horas de cada día y hasta las 06:00 horas del día siguiente a razón de una noche por cada día de privación de libertad, para efectos del control de la referida medida la defensa de la portada informe factibilidad técnica de MONITOREO TELEMÁTICO dentro del quinto día de la fecha de esta resolución, bajo apercibimiento de que si así no lo hace se sustituirá la reclusión parcial domiciliaria por reclusión parcial en un establecimiento administrado por Gendarmería de Chile. Para el caso que el informe de factibilidad técnica de monitoreo telemático resulte positivo el sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción social de Osorno, para la instalación del dispositivo técnico que corresponda dentro del quinto día de notificada la aprobación QGQNNJXXRJ TITO EDGARDO ALARCON SALVO Juez de garantía Fecha: 25/11/2019 15:48:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019,

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14, 15, 30 del Código Penal, artículo 342 y siguientes del Código Procesal Penal, Articulo 194 de la Ley 18.290 y Ley 18.216 y, SE DECLARA: I.- Que, se condena a RAFAEL ERNESTO CALFUMIL SANHUEZA, C.I. 15.445.821-2, domiciliado en camino a Sector Las Lumas, kilómetro 19, ruta CH215, Osorno, forma especial de notificación correo electrónico rafaelcalfumil@gmail.com, número telefónico 982153724, a sufrir la pena de 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a la SUSPENSIÓN DE CARGO Y OFICIO PÚBLICO POR EL TIEMPO DE LA CONDENA, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de conducción sin licencia profesional requerida, previsto y sancionado en los artículo 194 de la ley 18.290, hecho ocurrido el día 11 de noviembre del año 2019. II.- Que, cumpliendo los requisitos del artículo 8º de la Ley Nº 18.216, se concede al sentenciado la PENA SUSTITUTIVA DE RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA de las 21:00 horas de cada día y hasta las 06:00 horas del día siguiente a razón de una noche por cada día de privación de libertad, para efectos del control de la referida medida la defensa de la portada informe factibilidad técnica de MONITOREO TELEMÁTICO dentro del quinto día de la fecha de esta resolución, bajo apercibimiento de que si así no lo hace se sustituirá la reclusión parcial domiciliaria por reclusión parcial en un establecimiento administrado por Gendarmería de Chile. Para

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JUZGADO DE GARANTIA RIO NEGRO REGISTRO N° ______________ RIT : 1151-2019 RUC : 1901218442-8 PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO MATERIA : CONDUCCIÓN SIN LICENCIA PROFESIONAL REQUERIDA. RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA IMPUTADO : RAFAEL ERNESTO CALFUMIL SANHUEZA Hecho determinado: “Que, el día 11 de noviembre de noviembre del año 2019 aproximadamente a las 15:40 horas en la ruta 5 a la altura del kilómet

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