Juzgado de Garantía de San Bernardo

C/ SEBASTIÁN ARTURO SALAS HERNÁNDEZ

Rol

O-13482-2019

Fecha

23 de noviembre de 2019

Materia

OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: “El día 22 de noviembre de 2019 alrededor de las 11:00 horas en calle El Alba con Hermanos Carrera comuna de Buin, el imputado es sorprendido por carabineros en los momentos que conducía el vehículo placa patente única WJ- 6272, vehículo que el imputado conducía con la placa patente oculta, toda vez que tanto la placa delantera como trasera se encontraban tapadas con papeles y cintas adhesivas que impendían la visualización de la correspondiente digitalización, los que después en la unidad fueron extraídos para los efectos de poder visualizar la placa patente.” La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 No. 9, 15 No. 1, 18, 21, 25, 29, 30, 49, 50, 67, 68, 68 bis y 70 del Código Penal; 45, 47, 297, 340, 342, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 11 y siguientes de la Ley No. 18.216, modificada por la Ley 20.603; 192 letra e) de la Ley 18.290, se declara: I.- Que se condena a SEBASTIÁN ARTURO SALAS HERNÁNDEZ, a sufrir la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 1/3 de U.T.M, sanción pecuniaria la última que se le tiene por cumplida con el día por el que estuvo privado de libertad por esta causa, y a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de conducción con placa patente oculta, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley 18.290, cometido en territorio jurisdiccional del tribunal el 22 de noviembre de 2019. II.- Que se impone adicionalmente al sentenciado la pena accesoria de suspensión de la licencia de conducir por 30 días, sin abonos. III.- Que concurriendo los requisitos del artículo 11 de la ley 18.216 y, la expresa voluntad del sentenciado, se le sustituye el cumplimiento de la pena MSYHNKRLEH PABLO ALFONS

Fallo

se declara: I.- Que se condena a SEBASTIÁN ARTURO SALAS HERNÁNDEZ, a sufrir la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 1/3 de U.T.M, sanción pecuniaria la última que se le tiene por cumplida con el día por el que estuvo privado de libertad por esta causa, y a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de conducción con placa patente oculta, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley 18.290, cometido en territorio jurisdiccional del tribunal el 22 de noviembre de 2019. II.- Que se impone adicionalmente al sentenciado la pena accesoria de suspensión de la licencia de conducir por 30 días, sin abonos. III.- Que concurriendo los requisitos del artículo 11 de la ley 18.216 y, la expresa voluntad del sentenciado, se le sustituye el cumplimiento de la pena MSYHNKRLEH PABLO ALFONSO ESCOBAR NAVARRO Juez de garantía Fecha: 27/11/2019 15:03:19 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl privativa de li

Texto Completo (Preview)

ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha : veintitrés de noviembre de dos mil diecinueve. Imputado : SEBASTIÁN ARTURO SALAS HERNÁNDEZ, cédula de identidad N° 0015777417-4, fecha de nacimiento 16 de junio de 1984, soltero, se ignora profesión u oficio, con domicilio en Calle RUTA F750 SITIO 22-A PARCELA Nº 100, comuna de Quilpué. Fiscal : GUILLERMO ANDRÉS TAPIA MORALES. Defe

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