Juzgado de Garantía de San Bernardo

MP C/ CLAUDIO EDUARDO GONZÁLEZ VERGARA

Rol

O-6437-2019

Fecha

21 de noviembre de 2019

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: De a lo menos el año 2018, hasta la fecha de su detención y de acuerdo a la investigación llevada a cabo por la Brigada antinarcóticos metropolitana, se pudo establecer que Daniel Burgos Bustamante apodado el kile era el centro de operaciones de tongoy de la comuna de La Pintana, en compañía de otros sujetos en coordinaciones para poder distribuir droga en la zona sur de la región metropolitana, para dicho efecto en contacto con su proveedor Hugo Arteaga Velásquez quien se encarga de recepcionar grandes cantidades de droga en estado sólida, en esa circunstancia que con fecha 18 de mayo de 2019, funcionarios policiales lograron determinar mediante antena y labores de seguimiento y localización del inmueble en el cual se estaba utilizando como laboratorio clandestino, por lo cual se pidió autorización y se fue otorgada por parte del 15 Juzgado de Garantía de Santiago, esto es al domicilio ubicado en Padre Hurtado 7018 comuna de Buin, sorprendiendo en este caso al interior de este inmueble a Daniel Burgos, Jairo Vera, Hugo Arteaga, Claudio González, Jorge Roldán, Keydi García y Cristina Gerónimo Titichoca y José Castillo, quienes se encontraban en un proceso de abultamiento de droga y mantenía un laboratorio clandestino, logrando incautar, por parte de funcionarios policiales esos implementos prepulsores utilizados para la dosificación de la droga y la cantidad de un kilo 695 gramos de cocaína y 26 kilos 864 gramos de cocaína base, las cuales mantenían sin tener la autorización pertinente. HPCMNJGDWR PAMELA BEATRIZ MUNOZ CANALES Juez de garantía Fecha: 26/11/2019 12:08:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua

Fallo

se declara: i.- Que se condena a Cristina Gerónimo Titichoca, a la pena de 5 años de prisión presidio menor en su grado máximo, multa de 40 UTM.- sanción pecuniaria la última que se tiene por cumplida con el tiempo que permaneció privada de libertad la imputada en la causa, y a la accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autora del delito de tráfico de drogas, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 3° en relación al artículo 1° de la ley 20.000 del Código Penal, delito cometido en Buin, territorio jurisdiccional del tribunal, desde el año 2018 en adelante . ii.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 34 de la Ley No. 18.216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta a la sentenciada se le sustituye por la expulsión de aquella del territorio nacional, que deberá llevarse a cabo por parte del Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, esto dentro de un plazo de 60 días, ordenándose en el intertanto la internación de la condenada, quien una vez ejecutada la expulsión, no podrá regresar al territorio nacional en un plazo de 10 años, contado desde la fecha de la sustitución de la pena. Ofíciese al efecto en su oportunidad al Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; sirva copia de la presente de sufici

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ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha : veinte de noviembre de dos mil diecinueve. Imputado : CRISTINA GERONIMO TITICHOCA, cédula de identidad N° 0014871653-6, fecha de nacimiento 24 de julio de 1982, se ignora profesión u oficio, sin domicilio conocido. Fiscal : CRISTIAN SUAREZ PEREZ. Defensor : EDE CHAVEZ, cédula de identidad N°25790722-8 (Defensor Privado) Delito : Tr

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