M.P. C/ DANI ANDRÉS MOYA HERNÁNDEZ
Rol
O-5033-2019
Fecha
21 de noviembre de 2019
Materia
HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 22 de agosto de 2019, en horas de la mañana, el requerido sustrajo desde las estanterías del supermercado Jumbo, ubicado en Avenida Bernardo O’Higgins N° 201, Mall Curicó, tres barras de desodorante avaluadas en la suma de $7977, las cuales ocultó entre sus vestimentas para luego traspasar las líneas de cajas y línea de seguridad del establecimiento comercial, sin pagar el valor de las mismas.” S E D E C L A R A: I).- Que, SE CONDENA a don , ya individualizado, en calidad de AUTOR del ilícito de Hurto falta, previsto y sancionado en el artículo 494 BIS del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometido en este territorio jurisdiccional, el día 22 de agosto de 2019, a sufrir la pena de UN DÍA DE PRISIÓN EN SU GRADO MÍNIMO, más las accesorias legales del artículo 30 del cuerpo de normas citado, esto es, LA SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, al pago de una MULTA a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II).- Que, atendido el tiempo que el imputado ha estado privado de libertad en esta causa, a saber, entre el día 23 de agosto del 2019, la pena privativa de libertad se dará POR CUMPLIDA.- III).- Que, atendido el tiempo que el imputado ha estado privado de libertad en esta causa, a saber, entre el día 20 y 21 de noviembre del 2019, la pena multa se dará POR CUMPLIDA.- IV).- Que, NO SE CONDENA EN COSTAS al sentenciado, en virtud del mérito de la admisión de responsabilidad en los términos del artículo 395 del Código Procesal Penal, y además, por haber sido representado por la Defensoría Penal Pública lo que presupone su privilegio de pobreza.- BWQRNJHLTX Mauricio Andres Aravena Gajardo Juez de garantía Fecha: 25/11/2019 14:40:18 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hil
Fallo
fallo ejecutoriado a contar de esta fecha. REGISTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE, en su oportunidad Dese estricto cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC : 1900904914-5 RIT : 5033 - 2019 Dirigió la audiencia y resolvió - MAURICIO ANDRES ARAVENA GAJARDO. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Certifico: Que la firma de la presente sentencia corresponde al Magistrado que la suscribe. Curicó, veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve FERNANDO MALDONADO BRAVO Ministro de Fe Juzgado de Garantía Curicó BWQRNJHLTX Mauricio Andres Aravena Gajardo Juez de garantía Fecha: 25/11/2019 14:40:18 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2019-11-25T14:41:34-0400 Corte Suprema Mauricio Andres Aravena Gajardo Verificación Legal
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Curicó., veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado MAURICIO ANDRES ARAVENA GAJARDO Imputado 1) DANI ANDRÉS MOYA HERNÁNDEZ C.I. 15.130.446-K Fecha de Nacimiento 06/12/1982 Dirección POB. LOS AROMOS, LOS NARDOS N° 205, CURICO DELITO Hurto falta. Participación Autor Grado desarrollo Consumado Atenuantes
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