Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle.

MINISTERIO PUBLICO C/ FELIPE ANTONIO CARVAJAL WORDEN

Rol

O-105-2019

Fecha

22 de noviembre de 2019

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos descritos configuran según el ente acusador un delito de Robo con fuerza en lugar habitado, contemplado en el artículo 440 N° 1 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, en el cual ha correspondido al acusado participación en calidad de autor conforme a lo dispuesto en el artículo 15 N° 3, del Código Penal. Se señaló también que respecto del acusado concurre la circunstancia agravante de responsabilidad penal de haber actuado formando parte de una agrupación u organización de dos o más personas destinada a cometer delitos de robo, prevista en el artículo 449 Bis del Código Penal. Respecto a la solicitud de pena, el Ministerio Público solicitó que se condene al acusado a la pena de 8 años de presidio mayor en su grado mínimo, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares, mientras dure la condena, con costas. TERCERO: Alegatos del Ministerio Público. Que, la Fiscalía en su alegato de apertura sostuvo que con la prueba a aportar, se estima que se probará que el acusado tuvo participación como autor en el delito de la acusación. Se presentará el encargado del procedimiento policial, que dará cuenta de hechos específicos que ayudarán a la convicción de condena. El policía recibe el llamado de CENCO por un robo en la parcela en Las Mollacas y se dirige allí; en el puente de La Chimba se cruza con el vehículo de los imputados, luego junto con la víctima revisa las cámaras de seguridad y se percata que los autores eran los propietarios de los vehículos que se había cruzado hace 3 minutos. Con ello, el policía pide colaboración a otros agentes y se dirigen al domicilio de Araya Galleguillos, se contactan con fiscal y piden orden de entrada y registro; en ese momento el policía ve al acusado despojándose de las especies lanzando a la casa de una vecina que declarará en estrados. Son detenidos y se verifican las especies que provenían del

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes. Que, el día diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve, en la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle, integrada por las Jueces Titulares doña Ana Marcela Alfaro Cortés, quien presidió , doña Claudia Cecilia Molina Contador y por el Juez Suplente, don Andrés Berardo Mauricio Elgueta Muñoz, se celebró la audiencia de juicio oral en la causa RUC 1900170537-K, RIT 105-2019, seguida en contra del acusado FELIPE ANTONIO CARVAJAL WORDEN, chileno, soltero, cédula nacional de identidad N° 19.233.637-6, nacido en Santiago el 27 de Noviembre de 1995, 23 años de edad, temporero agrícola, domiciliado en Calle Nueva Dos N° 2279-A Villa Vista Bella, Ovalle. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por el Fiscal Adjunto de Ovalle don Cristian Guzmán Durán, domiciliado en calle Independencia N° 604, comuna de Ovalle, con forma especial de notificación al correo electrónico cduran@minpublico.cl. La defensa del encausado Felipe Antonio Carvajal Worden, estuvo a cargo del abogado defensor penal público, don Gerardo Tagle Sepúlveda, domiciliado en pasaje Manuel Peñafiel N° 293, oficina 204, Comuna de Ovalle, correo electrónico gtagle@dpp.cl SEGUNDO: Acusación fiscal. Que, el Ministerio Público sostuvo en su acusación el siguiente hecho: “El día 13 de Febrero de 2019, alrededor de las 15:17 horas, los acusados Felipe Antonio Carvajal Worden, Yarol Scott Araya Galleguillos, menor de 17 años de edad; Aliro Alexander Araya Galleguillos, Brayan Alfredo Veliz Arellano y Patricio Andres Diaz Pallero; previamente concertados para sustraer especies, concurrieron al domicilio ubicado en Parcela N° 56, condominio Las Mollacas, de la comuna de Ovalle, de propiedad de la víctima don Rienzi Mauricio Medalla Oros, y los acusados Yarol Scott Araya Galleguillos; Brayan Alfredo Veliz Arellano y Patricio Andres Diaz Pallero; ingresaron al referido inmueble para lo cual primero realizaron un forado de 1X50 centímetros aproximadamente en la malla tipo acme de cierre perimetral y luego con un destornillador forzaron la cerradura de una ventana que da a uno de los dormitorios, mientras los otros acusados Felipe Antonio Carvajal Worden y Aliro Alexander Araya Galleguillos, efectuaban labores de vigilancia en el sector y una vez en el interior del domicilio procedieron a sustraer diferentes especies, entre ellas una caja fuerte que en su interior contenía la suma de 265 euros, 2.300 dólares y la suma de $80.000., en dinero nacional; además de diferentes tipos de joyas de metal blanco, amarillo y esmeraldas; una cámara fotográfica marca Canon color negro; una chaqueta marca Lippi, color verde; un notebook marca Toshiba color negro y una Tablet marca Samsung color blanco, especies avaluadas en la suma de $6.640.000., HXXGNXEMYS Andres Berardo Mauricio Elgueta Munoz Juez oral en lo penal Fecha: 22/11/2019 13:22:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL

Fallo

por tanto optarse por una forma de cumplimiento en el medio libre, bajo la convicción de que ésta disuadirá al enjuiciado de la comisión de nuevos delitos. Igualmente se dará lugar a la reclusión parcial nocturna en su modalidad domiciliaria atendido que existe un informe positivo de factibilidad de monitoreo telemático N° 1669563. HXXGNXEMYS Andres Berardo Mauricio Elgueta Munoz Juez oral en lo penal Fecha: 22/11/2019 13:22:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl DECIMO TERCERO: Pruebas analizadas. Que, se deja constancia que no se ha desestimado prueba alguna en este juicio ponderándose cada una de las rendidas por las partes e indicadas en los respectivos considerandos resolutivos y considerativos. En lo que respecta a la prueba documental de la defensa consistente en el Dato de Atención de Urgencia de Aliro Araya Galleguillos, de fecha 13 de febrero de 2019, del SAPU Marcos Macuada de Ovalle, se desestimará por inconducente, por estimarse que sólo acredita que dicha persona fue atendida en aquel centro de salud día a las

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Ministerio Público con Felipe Antonio Carvajal Worden Delito: Robo con Fuerza en Lugar Habitado. RUC N°: 1900170537-K RIT N°: 105-2019 Ovalle, veintidós de noviembre de dos mil diecinueve. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes. Que, el día diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve, en la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle, integrada por las Jueces Titu

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