Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso.

C/ LUIS GABRIEL MANZANO SALAS

Rol

O-417-2019

Fecha

22 de noviembre de 2019

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos de que da cuenta el auto de apertura de juicio oral que pasa a transcribirse a continuación: “El día 09 de Enero de 2018, a las 12:30 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima Constanza Belén Riveros Rocco, una niña de nueve años de edad a esa fecha, se encontraba al interior de un bus de locomoción colectiva en calle Santos Tornero con calle Los Castaños, Playa Ancha de esta ciudad Valparaíso, en compañía de su madre y hermanos, se acercó el acusado Luis Gabriel Manzano Salas, quien procedió a sustraer y arrebatarle en forma sorpresiva con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueña, mediante la fuerza desde las manos de la víctima, el teléfono celular marca Samsung, modelo J2 Prime, color gris, avaluado en la suma de $100.000 el cual en esos instantes se encontraba siendo utilizando por la afectada, bajándose el acusado rápidamente del bus, huyendo del lugar con la especie de propiedad de la víctima en su poder. A raíz de lo anterior, la afectada SKXXNXXXYT Angela Maria Carrasco Palma Juez Redactor Fecha: 22/11/2019 14:24:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 resultó con esguince en su muñeca derecha, de carácter clínicamente leve”. Lo que según la fiscalía constituye el delito de robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2° del Código Penal; consumado; participación en calidad de autor directo de conformidad al artículo 15 N° 1 del mismo cuerpo legal; perjudicándole las agravantes del articulo 12 N° 16 y 456 bis N° 2, ambos del Código Penal; solicitando se le impo

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes del juicio. Que con fecha diecinueve de noviembre recién pasado, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, integrada por el Magistrado señor Camilo Obrador Castro (S) –presidente de sala- y por los Jueces señor Luis Araya Ávila (S) y señora Ángela Carrasco Palma; se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer de la acusación deducida por el Ministerio Público en contra de Luis Gabriel Manzano Salas, cédula de identidad Nº 13.022.757-0, nacido el 18 de abril de 1976, 43 años de edad, viudo, soldador, domiciliado en Gabriel Mistral sin número, paradero 17 Rodelillo, Valparaíso, con cuarto medio rendido; representado por el Defensor Penal Público señor Álvaro Barraza Rodríguez. Fue parte acusadora el Ministerio Público representado en estrados por el Fiscal Adjunto señora Greta Fuchslocher Hassenberg. Ambos intervinientes con sus direcciones y correos electrónicos ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Auto de apertura de juicio oral. Que el Ministerio Público dedujo acusación en contra del imputado con motivo de los siguientes hechos de que da cuenta el auto de apertura de juicio oral que pasa a transcribirse a continuación: “El día 09 de Enero de 2018, a las 12:30 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima Constanza Belén Riveros Rocco, una niña de nueve años de edad a esa fecha, se encontraba al interior de un bus de locomoción colectiva en calle Santos Tornero con calle Los Castaños, Playa Ancha de esta ciudad Valparaíso, en compañía de su madre y hermanos, se acercó el acusado Luis Gabriel Manzano Salas, quien procedió a sustraer y arrebatarle en forma sorpresiva con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueña, mediante la fuerza desde las manos de la víctima, el teléfono celular marca Samsung, modelo J2 Prime, color gris, avaluado en la suma de $100.000 el cual en esos instantes se encontraba siendo utilizando por la afectada, bajándose el acusado rápidamente del bus, huyendo del lugar con la especie de propiedad de la víctima en su poder. A raíz de lo anterior, la afectada SKXXNXXXYT Angela Maria Carrasco Palma Juez Redactor Fecha: 22/11/2019 14:24:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 resultó con esguince en su muñeca derecha, de carácter clínicamente leve”. Lo que según la fiscalía constituye el delito de robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2° del Código Penal; consumado; participación en calidad de autor directo de conformidad al artículo 15 N° 1 del mismo cuerpo le

Fallo

se acuerda. La niña estaba sentada en el asiento delante del timbre, en el último asiento antes de la bajada, no vio si era niña o adulta, no sabe dónde estaba la madre, él miraba a la calle, parece que la niña estaba sentada con alguien, arrancó hacia la calle Alamos. El teléfono lo debe haber vendido, se acuerda que iba funcionando, iba una video llamada funcionando, vendió el teléfono como a “15 o 20 lucas”. Lo persiguió una señora, como una o dos cuadras, él siguió corriendo, por unos callejones o calles cortas. A la Defensa respondió que el día de los hechos fue a visitar a un hijo, de ahí fue al cementerio, a la tumba de su padre, consumió droga que llevaba él, dejó las cosas afuera de la cárcel, llevaba la droga en un bolso, además un Mistral Ice. El cementerio está al lado de la garita, a 5 minutos. Se subió al bus por la puerta delantera, fue el primero en entrar y se sentó atrás, al último, hacia el lado izquierdo. Se bajó en calle Alamos con Quebrada Verde, vio a unas personas sentadas, no tenía visual de la cara de la gente. Vio el teléfono cuando tocó el timbre, cuando vio el teléfono lo tomó con la mano y salió corriendo. Era un teléfono plomo o rosado, tenía un forro. No recuerda a quien le vendió el teléfono. No hubo preguntas aclaratorias del Tribunal. En la oportunidad prevista en el artículo 338 del Código Procesal Penal, el encartado guardó silencio. QUINTO: Convenciones probatorias. Que de acuerdo a lo expuesto en el auto de apertura, los intervinientes

Texto Completo (Preview)

1 R.U.C.:1 800 038 304 -6. R.I.T.: 417- 2019. Ministerio Público en contra de Luis Gabriel Manzano Salas. Delito: Robo por sorpresa. Valparaíso, veintidós de noviembre de dos mil diecinueve. VISTO, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes del juicio. Que con fecha diecinueve de noviembre recién pasado, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, integrada por el Magistr

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica