MP C/ LEONARDO ARTURO GALINDO SÁEZ
Rol
O-270-2019
Fecha
22 de noviembre de 2019
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos en el auto de apertura bajo el siguiente tenor: “HECHO N° 1 El día 07 de Junio de 2018, alrededor de las 21:00 horas, en circunstancias que la víctima PATRICIA EUGENIA OSSANDON TAPIA, conducía su vehículo PPU. DPGV-91, marca Chevrolet, modelo Spark GT, color verde, año 2012, por calle Pucara de la comuna de Ñuñoa, se detiene para estacionar frente al Nro. 5050, de dicha calle, y en el momento en que iba a descender de su automóvil, fue abordada por cuatro sujetos, quienes rápidamente sacan a la hija de nueve años de edad del interior del vehículo para dejarla en la calzada, acto seguido, el imputado Leonardo Arturo GALINDO SÁEZ, le grita a la víctima Ossandón Tapia: "SALE, SALE", ante tal situación la víctima se negó a bajar de su vehículo, motivo por el cual este mismo sujeto comenzó a tirarla de sus ropas y luego de su cabello, tirándola fuera de su automóvil y cayendo al suelo, sacándole mechones de cabello, instante que aprovechó el coautor CARLOS ANTONIO BRAVO VALDIVIA, para subirse en el asiento trasero, costado del conductor, del vehículo, subiéndose también los otros tres sujetos, huyendo todos a bordo del vehículo de la víctima, por calle Pucará en dirección al oriente. En el vehículo además se encontraban las siguientes especies muebles también de propiedad de la víctima: cartera de terciopelo de brillos dorados marca Lounge, una chequera de banco Estado, una Tipcard de carabineros de Chile N°960690-Q, una tarjeta visa Falabella, una tarjeta MasterCard Banco Estado, MasterCard Banco Scotiabank, su cédula de identidad, cédula de identidad de la hija menor de edad de iniciales M. F. S. O., un celular marca Alcatel de color negro con carcaza morada N° 967274724, tarjeta red compra Banco Estado, un juego de llaves de su domicilio en un llavero con la palabra “España”, una copia de la llave de su vehículo. La víctima como consecuencia de la violencia ejercida en su contra resulta con el siguiente diagnóstico del Servicio Médico Legal: contusió
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Partes y Tribunal. Entre los días trece a diecinueve de noviembre del presente año, se constituyó el Tribunal integrado por los jueces Aguilar, Mallada y Alvarado, con el objeto de realizar juicio oral en virtud de acusación interpuesta por el Ministerio Público -representado en audiencia por el fiscal, abogado Anatole Larrabeiti Yáñez – en contra de LEONARDO ARTURO GALINDO SÁEZ, chileno, Cédula de identidad Nº 20.219.837-6, nacido en Santiago el 28 de mayo de 1999, 20 años, soltero, 8° básico, auxiliar de aseo, domiciliado en en Queilen 0827, departamento 34, Villa El Caleuche, comuna de Puente Alto, actualmente en prisión preventiva por esta investigación; asistido en audiencia por el defensor público abogado Cristian Parodi Herrera; todos con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. SEGUNDO: Acusación y Defensa. I. Acusación. Conforme las alegaciones del fiscal en audiencia de juicio sosteniendo la acusación, se trata de dos robos con violencia, llamados comúnmente “portonazos”, ocurridos en un breve lapso de tiempo, uno después de otro. En el primero, el acusado junto a otros sujetos abordan a la víctima mientras estaciona su automóvil, la saca violentamente del asiento del conductor, tirándola del cabello, circunstancia que permite a la víctima verle la cara y apreciar sus características físicas y vestimentas. Posteriormente, los sujetos huyen en el automóvil conducido por el acusado. Una hora y media después, en ese mismo automóvil, junto a otros sujetos, sustraen un segundo vehículo en similares circunstancias. A la segunda víctima la interceptaron a bordo del primer automóvil sustraído, el acusado intentó romper el vidrio del conductor sin lograrlo, no obstante igual los sujetos consiguen abrir la puertas sacando al conductor fuera del auto, golpeando en la cabeza y en otras partes del NANCY PAMELA ALVARADO GONZALEZ Juez Redactor Fecha: 22/11/2019 13:18:27 ISABEL FERNANDA MALLADA COSTA Juez Integrante Fecha: 22/11/2019 13:36:44 ERXHNXXXST ALEJANDRO CLAUDIO AGUILAR BREVIS Juez Presidente Fecha: 22/11/2019 14:04:38 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 cuerpo, huyendo en el automóvil. Más tarde la víctima, junto a carabineros logra ubicar su automóvil y en el lugar son detenidos dos sujetos, uno el acusado, reconocido por la víctima como uno de los asaltantes. Al interior de este vehículo son encontradas especies pertenecientes a la víctima del primer robo. Señala el Fiscal que ambas víctimas reconocen al acusado como el autor de estos ilícitos
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 14, 15, 18, 21, , 50, 74, 79, 80, 432, 433, 436 y 439 del Código Penal; y artículos, 45, 46, 47, 130, 259, 295, 296, 297, 323, 325, 326, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 346, 347 y demás pertinentes del Código Procesal Penal y demás normas pertinentes, SE RESUELVE: I. ABSOLVER a LEONARDO ARTURO GALINDO SÁEZ, ya individualizado de la imputación que se le hiciera de ser autor de dos delitos de robo con violencia, cometidos en distintas horas, el día 7 de junio de 2018, en las comunas de Ñuñoa y Puente Alto. II. Sin costas. La decisión de absolución lo fue con el voto en contra del juez Aguilar, quien analizando en forma lógica la prueba de cargo y teniendo en especial consideración los testimonios de los afectados Patricia Ossandón Tapia y Willian Codoceo Mejías quienes dieron razón circunstancia en estrado para acto seguido sostener un reconocimiento a la persona del imputado, sin lugar a dudas y bajo ninguno asomo de titubeo, explicando además el acometimiento violento que fueron víctimas de parte de este preciso y determinado acusado, con el fin de sustraerles sus respectivos vehículos particulares, los cuales, por lo demás, se conectan entre uno y otro hecho delictivo, en un tiempo aproximado de 90 minutos, en encontrando en el vehículo marca Subarú, modelo Impreza PPU NB2096, birlado al señor Codoceo especies de la primera ofendida, a saber, la señora Ossandón, esto es, la cartera marca
Texto Completo (Preview)
1 c/ LEONARDO ARTURO GALINDO SÁEZ Delito: Robo con Violencia RIT : 270-2019 RUC : 1800557849-K Santiago, veintidós de noviembre de dos mil diecinueve. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO PRIMERO: Partes y Tribunal. Entre los días trece a diecinueve de noviembre del presente año, se constituyó el Tribunal integrado por los jueces Aguilar, Mallada y Alvarado, con el objeto de realizar
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