COMPUTER GENERATED SOLUTIONS CHILE S.A./INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO
Rol
I-38-2020
Fecha
17 de junio de 2020
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 496 a 501 del Código del Trabajo, 184 del Código del Trabajo, 76 de la Ley 16.744, 71 y 72 del D.S. Nº 101 de 1968 y 506 del Código del Trabajo, se declara lo siguientes I. Que SE ACOGE el reclamo interpuesto por don GERARDO ARÉVALO LÓPEZ, Abogado, en representación de COMPUTER GENERATED SOLUTIONS CHILE S.A., en contra de INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO, representada legalmente por doña Maria Leonor Arroyo Funes, y se decreta que se deja sin efecto la resolución de multa N°1277/19/71 de fecha 30 de diciembre del año 2019, por haber incurrido está en un error de hecho al aplicar la sanción. II. Que atendido lo señalado precedentemente este tribunal omite pronunciamiento respecto de la petición subsidiaria de la parte reclamante. III. Que no se condena en costas a la parte reclamada por cuanto atendido los
Fundamentos
considerandos y teniendo presente: PRIMERO: Reclamo. Que comparece don GERARDO ARÉVALO LÓPEZ, Abogado, en representación de COMPUTER GENERATED SOLUTIONS CHILE S.A., todos domiciliados en calle Tarapacá Nº 1076, comuna de Santiago, quién interpone reclamación del artículo 503 del Código del Trabajo, en contra de INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO, representada legalmente por doña Maria Leonor Arroyo Funes, todos domiciliados para estos efectos en calle Moneda Nº 723, Santiago, en razón de las siguientes consideraciones:
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 496 a 501 del Código del Trabajo, 184 del Código del Trabajo, 76 de la Ley 16.744, 71 y 72 del D.S. Nº 101 de 1968 y 506 del Código del Trabajo, se declara lo siguientes I. Que SE ACOGE el reclamo interpuesto por don GERARDO ARÉVALO LÓPEZ, Abogado, en representación de COMPUTER GENERATED SOLUTIONS CHILE S.A., en contra de INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO, representada legalmente por doña Maria Leonor Arroyo Funes, y se decreta que se deja sin efecto la resolución de multa N°1277/19/71 de fecha 30 de diciembre del año 2019, por haber incurrido está en un error de hecho al aplicar la sanción. II. Que atendido lo señalado precedentemente este tribunal omite pronunciamiento respecto de la petición subsidiaria de la parte reclamante. III. Que no se condena en costas a la parte reclamada por cuanto atendido los fundamentos señalados precedentemente este juez estima que tuvo motivos plausibles para litigar. IV. Regístrese y hechos archívese. Siendo las 15:55 horas se pone término a la presente audiencia. Dictada en audiencia por don RAMON DANILO BARRIA CARCAMO, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA (CONTINUACIÓN) PROCEDIMIENTO RECLAMO FECHA Santiago, 16 de junio de 2020 RUC 20-4-0247533-2 RIT I-38-2020 CARATULADO COMPUTER GENERATED SOLUTIONS CHILE S.A. / INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO MAGISTRADO RAMON DANILO BARRIA CARCAMO ADMINISTRATIVO DE ACTA Christian Rauld D. HORA DE INICIO 14:07 HORA DE
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