CARABINEROS OS7 C/ IVAN VILLCA HUANACO
Rol
O-599-2019
Fecha
21 de noviembre de 2019
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la acusación se hicieron consistir en los siguientes; Que, el día 25 de marzo de 2019 a las 02:40 horas aproximadamente personal de Carabineros de la sección OS-7 de la Tenencia de Carabineros “Atacama Sur” efectuaba controles vehiculares selectivos en la Ruta 5 Norte en el kilómetro 656, sector sur de la comuna de Vallenar. En esa circunstancia, procedieron a realizar un control rutinario al bus de la Empresa Pluss Chile, PPU. JY.KV-90 destino Calama-Santiago. Es así como en esta revisión rutinaria le solicitaron al auxiliar del bus que abriera el compartimiento de las maletas para realizar una revisión visual de dicho compartimiento, en dicha circunstancia, personal del OS-7 al momento que el auxiliar procedió a abrir el compartimiento se pudieron percatar de un fuerte olor a droga pasta base de cocaína que se expelía de tres bolsos que estaban cerca del motor del bus correspondiente a una maleta de color negro, marca hongyang con ticket de equipaje N° 1859552, un bolso de color negro con franjas de color gris marca Caribe, con ticket de equipaje N° 1859555 y una maleta de color café marca hongyang con ticket de equipaje N° 1859554, revisada la planilla del bus por parte de personal de Carabineros con información proporcionada por el auxiliar con respecto a los portadores de estos bolsos se determinó que los dos primeros FXWENXXSYM Virgilio Ricardo Perez Carrizo Juez de garantía Fecha: 22/11/2019 08:49:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl pertenecían al pasajero Iván Villca Huanaco y el último equipaje
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante el Juzgado de Garantía de Vallenar el Fiscal Adjunto de esta ciudad don Luis Zepeda Rodríguez, actuando por el Ministerio Público, presentó acusación en la causa criminal RUC N° 1.900.317.644-7, RIT N° 599-2019, en contra de los imputados de nacionalidad Boliviana; IVAN VILLCA HUANACO, cédula de identidad N°14.869.653-5, domiciliado en Oruro, Bolivia y FRANKLYN VILLCA HUANACO, cédula de identidad N°14.869.652-7, domiciliado en Oruro, Bolivia. Los hechos de la acusación se hicieron consistir en los siguientes; Que, el día 25 de marzo de 2019 a las 02:40 horas aproximadamente personal de Carabineros de la sección OS-7 de la Tenencia de Carabineros “Atacama Sur” efectuaba controles vehiculares selectivos en la Ruta 5 Norte en el kilómetro 656, sector sur de la comuna de Vallenar. En esa circunstancia, procedieron a realizar un control rutinario al bus de la Empresa Pluss Chile, PPU. JY.KV-90 destino Calama-Santiago. Es así como en esta revisión rutinaria le solicitaron al auxiliar del bus que abriera el compartimiento de las maletas para realizar una revisión visual de dicho compartimiento, en dicha circunstancia, personal del OS-7 al momento que el auxiliar procedió a abrir el compartimiento se pudieron percatar de un fuerte olor a droga pasta base de cocaína que se expelía de tres bolsos que estaban cerca del motor del bus correspondiente a una maleta de color negro, marca hongyang con ticket de equipaje N° 1859552, un bolso de color negro con franjas de color gris marca Caribe, con ticket de equipaje N° 1859555 y una maleta de color café marca hongyang con ticket de equipaje N° 1859554, revisada la planilla del bus por parte de personal de Carabineros con información proporcionada por el auxiliar con respecto a los portadores de estos bolsos se determinó que los dos primeros FXWENXXSYM Virgilio Ricardo Perez Carrizo Juez de garantía Fecha: 22/11/2019 08:49:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl pertenecían al pasajero Iván Villca Huanaco y el último equipaje a Franklin Villca Huanaco. Con esos antecedentes personal OS-7 consultó a estos pasajeros la propiedad de estos bolsos los cuales confirmaron de su propiedad entregando sus correspondientes tickets, posteriormente, fueron invitados a bajar del bus y accedieron voluntariamente a abrir sus equipajes. A la revisión de la maleta de color negro marca hongyang, ticket N° 1859552 de Iván Villca Huanaco se descubrió junto a diferentes vestuarios 06 paquetes rectangulares envueltos en cinta adhesiva de color café, todos
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además, lo dispuesto en los artículos 1º, 3º, 5º, 7º, 11 N° 6-9, 14 N.º 1, 15 N.º 1, 18, 21, 25, 29, 30, 31, 50, 68, 69, del Código Penal; Ley N° 20.000, y en los artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que, los acusados IVAN VILLCA HUANACO y FRANKLYN VILLCA HUANACO, ya individualizados, son CULPABLES de los cargos formulados en la acusación del Ministerio Público y, en consecuencia, se les CONDENA, en calidad de AUTORES del delito TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, en grado CONSUMADO, hecho descubierto el día 25 de marzo de 2019, en la ciudad de Vallenar, a sufrir, cada uno de ellos, la pena de CINCO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA PARA DERECHOS POLITICOS Y INHABILITACIÓN ABSOLUTA PARA CARGOS Y OFICIOS PÚBLICOS DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, MULTA DE CERO COMA TRES UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y COMISO de las especies incautadas, autorizando al Ministerio Público proceder al depósito del dinero incautado ($47.600 y $81.000), en la cuenta corriente que el Ministerio del Interior mantiene para tales efectos, en tanto las demás especies deberán ser destruidas. II.- Que, la pena de multa impuesta se tiene por CUMPLIDA con el tiempo que han permanecido privados de libertad con ocasión de su detención y posterior ampliación de la misma verificados entre los días 25 a 26 de marzo de 2019. III.- Que, reuniéndose los requisitos del artículo 34 de la Ley N° 18.216 y habi
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Vallenar, veintiuno de noviembre dos mil diecinueve. VISTOS, OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante el Juzgado de Garantía de Vallenar el Fiscal Adjunto de esta ciudad don Luis Zepeda Rodríguez, actuando por el Ministerio Público, presentó acusación en la causa criminal RUC N° 1.900.317.644-7, RIT N° 599-2019, en contra de los imputados de nacionalidad Boliviana; IVAN VILLCA
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