M P C/ JIMENA CONSTANZA MONTECINOS SEPÚLVEDA
Rol
O-4369-2019
Fecha
22 de noviembre de 2019
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este Tribunal el Ministerio Público dedujo acusación en contra de JIMENA CONSTANZA MONTECINOS SEPULVEDA, 25 años, C.I. N° 18.664.033-0, domiciliada en Calle MEZABELL Nº 2630, Quinta Normal, y en contra de NATHALIA QUINTERO CASTRO, 34 años, C.I. Nº 24.062.721-3, domiciliada en Calle COPIHUE Nº 6311, Lo Prado. Respecto de quienes se atribuye participación de autoras en un delito de tráfico ilícito de drogas. El Ministerio Público fundó su acusación en los siguientes hechos: “En virtud de una investigación iniciada en la comuna de Ñuñoa, específicamente en Av. Irarrázaval esquina General Bustamante, y de conformidad a antecedentes aportados en virtud del Art. Nro. 22 (Cooperación Eficaz) de la Ley 20.000, con fecha 13 de Junio de 2019 se autorizó la técnica investigativa de “Informante Revelador” y “Agente Revelador y Encubierto”, este último quien actuaría con el seudónimo de “Cris”, a fin de tomar contacto con una persona identificada como “Menasty” quien resultó ser la acusada Jimena Constanza Montecinos Sepúlveda, la que utilizaría el teléfono celular Nº +56967955326 para coordinar la venta de MDMA (Éxtasis) por grandes cantidades, es así que el mismo día 13 de Junio del año en curso, siendo las 17:25 horas el Informante Encubierto en compañía del Agente Revelador y Encubierto, proceden a tomar contacto vía Whatsapp con la imputada estableciendo una conversación y coordinando una compra de 100 pastillas MDMA (Éxtasis), acordando que la transacción se realizaría en horas de la noche en la plaza Santa Teresa de Los andes ubicada en Calle Catedral esquina San Martin, comuna de Santiago. Es así que siendo las 22:30 horas el “Agente Encubierto y Revelador” concurrió hasta el interior de plaza Santa Teresa de Los andes ubicada en Calle Catedral esquina San Martin, comuna de Santiago, donde siendo las 22:55 llegaron al lugar las acusadas Jimena Constanza Montecinos Sepúlveda y Nathalia Quintero Castro, las que se encontraban p
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 25, 30, 50, 68, 69 y 70 del Código Penal; 1, 3, 22, 45, 46 y 52 de la Ley 20.000; 406 y siguientes del Código Procesal Penal; 1 y siguientes de la Ley 18.216; y 17 de la Ley 19.970, se declara que: I.- Se condena a JIMENA CONSTANZA MONTECINOS SEPULVEDA y NATHALIA QUINTERO CASTRO, ya individualizadas, como autoras del delito consumado de tráfico ilícito de drogas, cometido en jurisdicción de este Tribunal con fecha 13 de junio de 2019, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, suspensión de cargo u oficio público por el mismo plazo, multa de 2 unidades tributarias mensuales y el comiso de las especies incautadas (pastillas de éxtasis, bolsas de nylon, 01 teléfono celular marca Huawey color negro, 01 teléfono celular marca Motorola color negro, 01 teléfono celular marsa Samsung color negro y la suma de $85.600). Asimismo, se ordena determinar la huella genética de las sentenciadas para ser incorporadas en el registro que establece la ley 19.970. II.- Al cumplirse los requisitos legales, se sustituye la pena privativa de libertad impuesta a las sentenciadas por la de remisión condicional de la pena por el plazo de 541 días, debiendo quedar sujetas a las condiciones establecidas en el artículo 5° de la Ley 18.216, a saber: a) Residencia en un lugar determinado; b) Sujeción al control administrativo Gendarmería de Chile, y c) Ejercicio
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8° Juzgado de Garantía de Santiago. Rit N° 4369-2019 1 Santiago, veintidós de noviembre de dos mil diecinueve. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este Tribunal el Ministerio Público dedujo acusación en contra de JIMENA CONSTANZA MONTECINOS SEPULVEDA, 25 años, C.I. N° 18.664.033-0, domiciliada en Calle MEZABELL Nº 2630, Quinta Normal, y en contra de NATHALIA QUINTERO CASTRO, 34 años, C.I.
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