MASABEL/MVH S.P.A
Rol
T-1964-2019
Fecha
16 de junio de 2020
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1. Que de acuerdo a lo señalado en la demanda y lo obrado en audiencia de juicio, don VICTOR ARTURO MASABEL SANCHEZ, domiciliado en calle Moneda Nº 720, of 902, Santiago; ha interpuesto acción por despido injustificado y nulo en contra de MVH S.p.A, RUT N° 76.686.289-6, representada por don MAURO JAVIER VARGAS HERRERA, ambos con domicilio en calle Antupiren Nº 8340, Local 05, comuna Peñalolén, en razón de haber prestado servicios desde el 1 de julio de 2018, como “Maestro de cuarto caliente” (conducción de la cocina), hasta el 12 de octubre de 2019, fecha en que alega haber sido despedido verbalmente y sin expresión de causal legal, imputándosele haberse robado parte de un pulpo y haber abusado sexualmente de una compañera de trabajo, hechos que fueron difundidos por el representante de la empresa por mensajería whatsapp a todo el equipo. Explica que nunca le llegó una carta de despido y que se le adeudan cotizaciones previsionales, por lo que solicita la declaración por despido injustificado y que se condene a la demandada al pago de las indemnizaciones legales, con el recargo correspondiente, además del feriado, las cotizaciones adeudadas (septiembre y octubre del 2019) y las remuneraciones desde el despido hasta su convalidación. Todo con reajustes, intereses y costas. 2. Que la demandada no contestó la demanda ni compareció a las audiencias que se convocaron al efecto, razón por la cual ha dejado la carga de acreditar los hechos fundantes de su acción a la demandante, quien para tales efectos incorporó prueba documental con la cual el tribunal adquiere convicción en orden a la existencia de relación laboral alegada. En efecto, se trata de certificados de instituciones de seguridad social que dan cuenta del pago de cotizaciones del demandante por parte de la demandada (como empeladora), desde julio del año 2018, lo que constituye un acto inequívoco de ejecución de un contrato de trabajo. 3. Que, por otro lado, se tendrá por cierto el despido verbal que alega el actor -el día 12 de octubre de 2019- atendido el reclamo y la constancia que este efectuó ante la Inspección del trabajo los días 14 y 15 de octubre de 2019, la mensajería whatsapp incorporada en fotografías, que refieren directamente al despido del actor y la circunstancia de no haber la demandada contestado la demanda, haciendo efectiva la presunción del numeral 1- inc. 7- del art. 453 del código del trabajo. Lo anterior deriva en que el despido será calificado como injustificado y carente de causal legal y se adjudicarán las indemnizaciones y el recargo legal correspondiente. 4. Que la remuneración que ha de servir de base de cálculo de las prestaciones solicitadas será la señalada por el demandante ($470.000) a falta de una versión en contrario y haciendo efectivo el apercibimiento dispuesto en el inc. 7 del N°1 del art.453 del código del trabajo, en este punto específico. 5. Que en relación al feriado, habiéndose acreditado la existencia de la relación laboral, co
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 9, 162, 168, 420, 453 y siguientes del código del trabajo, se resuelve: I. Que se acoge la demanda y se declara injustificado el despido del actor, condenándose a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a. $470.000, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b. $470.000, por concepto de indemnización por un año de servicio. c. $235.000, por concepto de recargo legal del 50% d. $329.000, por concepto de feriado legal adeudado. e. $82.250, por concepto de feriado proporcional adeudado. f. Las cotizaciones previsionales en AFP Provida, AFC y Fonasa por los periodos de septiembre y octubre de 2019 (siempre que no estuviesen pagadas con anterioridad al presente fallo). g. Las remuneraciones desde el despido hasta la convalidación del mismo, mediante el pago de remuneraciones adeudadas, en base a una remuneración de $470.000. II. Que las sumas ordenadas pagar devengarán los intereses y reajustes legales. III. Que se condena en costas a la demandada, las que se regulan en este acto en la suma de $300.000. RIT T-1964-2019 RUC 19- 4-0233076-K Proveyó don(a) PAOLA CECILIA DIAZ URTUBIA, Juez Titular del 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Texto Completo (Preview)
Santiago, dieciséis de junio de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1. Que de acuerdo a lo señalado en la demanda y lo obrado en audiencia de juicio, don VICTOR ARTURO MASABEL SANCHEZ, domiciliado en calle Moneda Nº 720, of 902, Santiago; ha interpuesto acción por despido injustificado y nulo en contra de MVH S.p.A, RUT N° 76.686.289-6, representada por don MAURO JAVIER VARGAS HERRERA, ambos c
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