MP C/ VÍCTOR MANUEL ALEJANDRO TORRES URRUTIA
Rol
O-4018-2019
Fecha
21 de noviembre de 2019
Materia
CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL CON O SIN DAÑOS O LES.LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que el Ministerio Público dedujo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de VICTOR MANUEL ALEJANDRO TORRES URRUTIA, se ignora profesión u oficio, cédula de identidad N° 17.585.491-6, domiciliado en calle Barroso 635 comuna de Padre Las Casas, fundado en que “El día 28 de abril 2010 alrededor de las 11.00 de la mañana, éste, quien se encontraba conduciendo un bus de locomoción colectiva intentó sobrepasar a otro bus de locomoción colectiva, que era conducido por la víctima, Jorge Ríos Coloma. Lo anterior ocurrió en calle Barros Arana con calle Lautaro de Temuco. En aquel lugar, luego de esta maniobra, el imputado se baja del bus que conducía, se dirigió hacia la víctima, lo agredió con golpes de pies y de puños en diferentes partes del cuerpo. A consecuencia de lo cual la víctima resultó con esguinces y torceduras del dedo de una de sus manos.- Posteriormente, el imputado se dio a la fuga conduciendo el bus la línea 8 que corresponde al bus marca Mercedes-Benz, placa patente única YC 9528 y al momento de ser detenido por Carabineros a la altura del Puente Cautín viejo, personal policial pudo determinar al fiscalizar al imputado que éste se desempeñaba bajo la influencia del alcohol, arrojando el examen de intoxilyzer la cantidad de 0,43 grs./1000 de alcohol en la sangre”.- Los hechos descritos configuran los delitos de lesiones menos graves y del delito de conducción de vehículo motorizado bajo la influencia del alcohol. El primero del artículo 399 del Código Penal y el segundo del artículo 193 en relación con el artículo 110 de la Ley de Tránsito, que se le atribuyen en calidad de autor y en grado de consumados.- El Fiscal hace presente que beneficia al requerido la atenuante de su irreprochable conducta anterior y solicita para el primer ilícito la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales y costas de la causa y por el delito de conducción bajo la influencia del alcohol una multa de dos
Fundamentos
considerando séptimo de este
Fallo
Por estas consideraciones, y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 11 N° 6,14 Nr. 1, 15 Nr. 1, 25, 49, 50, 67, 70 del Código Penal; Art. 193 inciso primero de la ley 18.290, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena al requerido VICTOR MANUEL ALEJANDRO TORRES URRUTIA, ya individualizado, al pago de una multa a beneficio fiscal equivalente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a TRES MESES de suspensión de la licencia de conducir, en su calidad de autor del delito previsto y sancionado en el artículo 193 inciso 1° de la Ley del Tránsito, esto es, conducir vehículo motorizado bajo la influencia del alcohol, perpetrado en esta ciudad el 28 de abril del año en curso.- La multa se sustituye por pena de reclusión de acuerdo al artículo 49 del Código Penal se regula en UN DIA y se da por cumplida con el día 28 de abril de 2019, que éste permaneció privado de libertad con motivo de esta causa.- II.- Estimando esta juez que se reúnen las exigencias del artículo 398 del Código Procesal atendido lo dicho en el considerando séptimo de este fallo y concurriendo antecedentes favorables, como los allí indicados, que no hacen aconsejable la imposición de la pena XXQCNXKLNJ Maria Teresa Villagran Ruiz 0 Fecha: 21/11/2019 15:27:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de
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Temuco, veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve.- VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que el Ministerio Público dedujo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de VICTOR MANUEL ALEJANDRO TORRES URRUTIA, se ignora profesión u oficio, cédula de identidad N° 17.585.491-6, domiciliado en calle Barroso 635 comuna de Padre Las Casas, fundado en que “El día 28 de abril 2010 alrededor de la
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