MP C/ FRANCO MATÍAS KLOSMELO DÍAZ
Rol
O-3361-2019
Fecha
18 de noviembre de 2019
Materia
FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOC PÚBL ART. 193,194,196
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: En horas de la tarde del día 29 de marzo de 2019 el imputado fue fiscalizado por Carabineros. Se hizo fiscalización vehicular, él conducía su motocicleta marca LIFAN, modelo LF150-13, placa patente única FGX-011, al solicitarle la documentación del vehículo, este presentó a sabiendas un certificado con la declaración individual que reemplaza la revisión técnica N° 3691789, fecha de emisión 21 de enero de 2015, el que se encontraba adulterado en su fecha de vigencia, toda vez que se alteró el último dígito, superponiendo e incorporando el dígito 8, quedando en definitiva como 2018, datos que no correspondían a la realidad. Valparaíso, dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 14, 24, 30, 69, 490 N°2 del Código Penal; 45 y siguientes, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 7 y 8 de la ley 18.216, artículo 192 de la ley de Tránsito, se declara: Que se CONDENA a FRANCO MATÍAS KLOSMELO DÍAZ, ya individualizado, como autor del delito sancionado en el inciso final del artículo 192 de la ley de tránsito, esto es, circular en la vía pública en vehículo motorizado con certificado de revisión técnica adulterado, cometido en esta ciudad el día 29 de marzo de 2019, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS de reclusión en su grado mínimo, más accesorias de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas por haber admitido responsabilidad, reuniendo el sentenciado con las exigencias establecidas en el artículo 7 y 8 de la ley 18.216, la pena que se ha impuesto por este fallo deberá cumplirla mediante reclusión parcial nocturna, entre las 22:00 y las 6:00 del día siguiente, quedando la forma de cumplimiento reservada a la fecha en que el defensor entregue el LVSZNXMXQF Jeanette Mireya Oliva Canales Juez de garan
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 14, 24, 30, 69, 490 N°2 del Código Penal; 45 y siguientes, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 7 y 8 de la ley 18.216, artículo 192 de la ley de Tránsito, se declara: Que se CONDENA a FRANCO MATÍAS KLOSMELO DÍAZ, ya individualizado, como autor del delito sancionado en el inciso final del artículo 192 de la ley de tránsito, esto es, circular en la vía pública en vehículo motorizado con certificado de revisión técnica adulterado, cometido en esta ciudad el día 29 de marzo de 2019, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS de reclusión en su grado mínimo, más accesorias de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas por haber admitido responsabilidad, reuniendo el sentenciado con las exigencias establecidas en el artículo 7 y 8 de la ley 18.216, la pena que se ha impuesto por este fallo deberá cumplirla mediante reclusión parcial nocturna, entre las 22:00 y las 6:00 del día siguiente, quedando la forma de cumplimiento reservada a la fecha en que el defensor entregue el LVSZNXMXQF Jeanette Mireya Oliva Canales Juez de garantía Fecha: 21/11/2019 11:48:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hi
Texto Completo (Preview)
RUC 1900341722-3 RIT 3361-2019 C/ FRANCO MATÍAS KLOSMELO DÍAZ, cédula de identidad N° 19.376.482-7, nacido el 20 de marzo de 1996, 23 años de edad, comerciante ambulante, domiciliado en Almirante Riveros 499, Playa Ancha, Valparaíso. HECHOS: En horas de la tarde del día 29 de marzo de 2019 el imputado fue fiscalizado por Carabineros. Se hizo fiscalización vehicular, él conducía su motocicleta mar
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