Juzgado de Garantía de Punta Arenas.

MINISTERIO PUBLICO C/ ANDERSON RAYO ANDRADE

Rol

O-3525-2019

Fecha

18 de noviembre de 2019

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: “Que el día 11 de octubre de 2019, pasadas las 20.00 horas, ANDERSON RAYO ANDRADE, sustrajo desde el interior del Supermercado Abu-Gosch, ubicado en el recinto de Zona Franca de la ciudad de Punta Arenas, diversos cortes de productos cárneos, avaluados en la suma total de $167.709, especies que ocultó, para luego traspasar las cajas recaudadoras y hacer abandono del local, sin cancelar dichos productos” Transcripción de las citas legales y parte resolutiva de la sentencia dictada en audiencia y que se encuentra en el registro de audio del tribunal. Punta Arenas, dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve. Por estas razones y de acuerdo a lo previsto en las normas legales citadas y lo establecido en los artículos 1, 11 N°6, 11 N°9, 14 N°1, 15 N°1, 30, 49, 50, 67, 69 y 70 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y 4 y siguientes de la Ley Nro. 18.216; SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA al requerido ANDERSON RAYO ANDRADE, ya individualizado, a cumplir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la MULTA ASCENDENTE A UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a las accesorias legales de suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de un delito de hurto simple en grado de consumado, previsto y sancionado en los artículos 432 y 446 N°3 del Código Penal en perjuicio del Supermercado Abu-Gosch, perpetrado en esta ciudad, el día 11 de octubre de 2019.- II.- Reuniéndose los requisitos del artículo 4 de la Ley Nro. 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de esta ciudad por el lapso de UN AÑO y cumplir además durante el periodo de control con las condiciones legales del artículo 5 de la citada ley, para lo cual deberá presentarse KZDNXXFXH Juan Santiago Villa Martinez Juez de g

Fallo

Por estas razones y de acuerdo a lo previsto en las normas legales citadas y lo establecido en los artículos 1, 11 N°6, 11 N°9, 14 N°1, 15 N°1, 30, 49, 50, 67, 69 y 70 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y 4 y siguientes de la Ley Nro. 18.216; SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA al requerido ANDERSON RAYO ANDRADE, ya individualizado, a cumplir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la MULTA ASCENDENTE A UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a las accesorias legales de suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de un delito de hurto simple en grado de consumado, previsto y sancionado en los artículos 432 y 446 N°3 del Código Penal en perjuicio del Supermercado Abu-Gosch, perpetrado en esta ciudad, el día 11 de octubre de 2019.- II.- Reuniéndose los requisitos del artículo 4 de la Ley Nro. 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de esta ciudad por el lapso de UN AÑO y cumplir además durante el periodo de control con las condiciones legales del artículo 5 de la citada ley, para lo cual deberá presentarse KZDNXXFXH Juan Santiago Villa Martinez Juez de garantía Fecha: 21/11/2019 13:27:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICA

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SENTENCIA: CONTRA: ANDERSON RAYO ANDRADE, colombiano, cédula de identidad chilena para extranjeros N° 24.593.677-K, 18 años, nacido el 09 de mayo de 2001, estudiante, domiciliado en calle Prolongación Capitán Guillermos, Parcela 10-B, Casa N° 190, Punta Arenas, actualmente sujeto a prisión preventiva por otros antecedentes y recluido en el Centro Penitenciario de esta ciudad. HECHOS: “Que el día

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