Juzgado de Garantía de Temuco.

CHRISTIAN ANDRES CONTRERAS ESCOBAR C/ GALDY RUZTH MARÍA ORELLANA SOTO

Rol

O-6235-2019

Fecha

7 de noviembre de 2019

Materia

HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Se tuvo por acreditado que Galdy Ruzth Orellana Soto, cédula de identidad N° 8.635.378-4, nacida el día 25 de junio de 1958, dueña de casa, domiciliada en calle Francisco Contreras N° 1385, Temuco, el día 24 de diciembre de 2018, a las 17:30 horas aproximadamente, fue detenida por un guardia de seguridad, luego de haber sustraído desde el Supermercado HIPER LIDER , ubicado en Av. Gabriela Mistral N° 02621, de la comuna de Temuco, especies por un monto de $8.480. Que el contenido íntegro de la sentencia se encuentra registrado en el audio respectivo de esta misma fecha, de la cual solo se transcribe la parte resolutiva, en virtud de lo dispuesto en el Auto Acordado de fecha 14 de marzo de 2014, dictado por la Excelentísima Corte Suprema y contenido en el acta Nº 40-2014; Y VISTOS ADEMAS; Lo dispuesto en los artículos 83 de la Constitución Política de la República de Chile, 1 de la Ley N° 19.640; artículos 1, 7, 14 N° 1, 15 N° 1, 25, 50, 432 y 494 bis del Código Penal, artículos 3, 47, 395 y 398 del Código Procesal Penal, Se declara: 1.- Que se acoge el requerimiento promovido por el Ministerio Público sólo en cuanto se condena a Galdy Ruzth Orellana Soto, ya individualizada, a pagar una multa de un tercio de unidad tributaria mensual, como autora de hurto falta frustrado, perpetrado el día 24 de diciembre de 2018 en esta ciudad, sin costas, por haber admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento. 2.- Que la ejecución de la sentencia se suspende, de conformidad al artículo 398 del Código Procesal Penal, por el término de seis meses, por existir antecedentes favorables, consistentes en antecedentes intachables, tener un trabajo de emprendimiento y una destacada trayectoria social. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Cúmplase con lo que dispone el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC 1801281327-5 RIT 6235-2019 YXNLNHGJYW Federico Eugenio Gutierrez Salazar Juez de garantía Fecha: 20/11/2019 16:58:03 ESTE DOCUMENTO TIE

Fallo

Se declara: 1.- Que se acoge el requerimiento promovido por el Ministerio Público sólo en cuanto se condena a Galdy Ruzth Orellana Soto, ya individualizada, a pagar una multa de un tercio de unidad tributaria mensual, como autora de hurto falta frustrado, perpetrado el día 24 de diciembre de 2018 en esta ciudad, sin costas, por haber admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento. 2.- Que la ejecución de la sentencia se suspende, de conformidad al artículo 398 del Código Procesal Penal, por el término de seis meses, por existir antecedentes favorables, consistentes en antecedentes intachables, tener un trabajo de emprendimiento y una destacada trayectoria social. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Cúmplase con lo que dispone el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC 1801281327-5 RIT 6235-2019 YXNLNHGJYW Federico Eugenio Gutierrez Salazar Juez de garantía Fecha: 20/11/2019 16:58:03 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Dictada por Federico Eugenio Gutiérrez Salazar, Juez del Juzgado de G

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Temuco, siete de noviembre de dos mil diecinueve. Vistos: Se tuvo por acreditado que Galdy Ruzth Orellana Soto, cédula de identidad N° 8.635.378-4, nacida el día 25 de junio de 1958, dueña de casa, domiciliada en calle Francisco Contreras N° 1385, Temuco, el día 24 de diciembre de 2018, a las 17:30 horas aproximadamente, fue detenida por un guardia de seguridad, luego de haber sustraído desde el

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