Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapo.

C/ MICHAEL ALEXANDER DONOSO VERGARA

Rol

O-140-2019

Fecha

20 de noviembre de 2019

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos imputados no arribaron a convención probatoria alguna, según se desprende del respectivo auto de apertura. SEXTO: Que, el ente persecutor penal, a fin de acreditar el núcleo fáctico de su acusación y la participación del acusado presentó y rindió los siguientes medios probatorios: Prueba Testimonial. Comparecieron don Fernando Acosta Fuentes (funcionario de la PDI) y don Jorge Cifuentes Arriagada (funcionario de la PDI). Prueba Pericial. XPPKNHXRXT Lorena Fresia Rojo Venegas Juez oral en lo penal Fecha: 20/11/2019 13:28:45 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 4 Al tenor del inciso final del artículo 315 inciso final del Código Procesal Penal, se rindió e incorporó la siguiente: 1) Protocolo de Análisis Químico, Nº 0009, código de muestra Nº 1561, emanado del Servicio de Salud Atacama, de fecha 05 de febrero de 2019, correspondiente al Acta de Recepción Nº 1561 del 06.12.2018 de Parte Nº 2735 de fecha 05.12.2018, para Fiscalía Local de Vallenar remitido por la BICRIM Vallenar, en oficio Nº 986 del 05.12.2018, la muestra corresponde a: hierba color verde. El resultado del análisis cualitativo: positivo a la presencia del tetrahidrocannabinol, principio activo de Cañamo Indiano y/o Cannabis Sativa. Prueba Documental y otros medios de prueba. Finalmente la parte acusadora incorporó válidamente, mediante su lectura y exhibición respectivamente, prueba documental y otras consistentes en: 1) Acta de Recepción N° 1561 emanada del Servicio de Salud de Atacama, de fecha 06 de diciembre de 2018, respecto del oficio

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante esta Tercera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, integrada por sus jueces titulares don Mauricio Pizarro Díaz, como presidente, don Sebastián Del Pino Arellano y doña Lorena Rojo Venegas, como redactor, con fecha quince de noviembre del presente año, se llevó a efecto la audiencia relativa a la causa Rol Interno del Tribunal (Rit) 140-2019, seguida en contra del señor Michael Alexander Donoso Vergara, cédula nacional de identidad Nº 17.865.496-9, nacido el 04 de abril de 1991, ciudadano chileno, natural de Vallenar, soltero, constructor civil, con domicilio en calle Pascuala Baburrizza N° 3276, comuna de Vallenar, representado por el Defensor Penal Privado señor Fabricio Vásquez Vergara con domicilio y forma de notificación ya registrado en este Tribunal. El Ministerio Público estuvo representado por el Fiscal Adjunto señor Roberto Robledo Burrow, con domicilio y forma de notificación ya registrado en este Tribunal. SEGUNDO: Que, el señor representante del Ministerio Público de la comuna de Vallenar dedujo acusación en contra del acusado, ya individualizado, fundado en el siguiente hecho: “El día 05 de diciembre de 2018 a las 13:40 horas aproximadamente, personal de la PDI de Vallenar, diligenciando una orden verbal de detención y entrada y registro respecto del acusado MICHAEL ALEXANDER DONOSO VERGARA, por delitos cometidos horas previas; concurrió al domicilio del acusado, ubicado en calle Flamenco N° 1405, Altos del Valle, Vallenar. XPPKNHXRXT Lorena Fresia Rojo Venegas Juez oral en lo penal Fecha: 20/11/2019 13:28:45 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 En el momento de ingresar al domicilio, los funcionarios policiales lograron la detención del acusado en su interior, percatándose además que sobre la cama de MICHAEL ALEXANDER DONOSO VERGARA, tenía un bolso deportivo color azul, el cual, contenía 11 bolsas plásticas transparentes contenedoras de una sustancia vegetal seca de color verde, con olor y características de cannabis sativa, arrojando un peso bruto de 291,26 gramos, la que fue sometida a la respectiva prueba de orientación, arrojando coloración positiva a la presencia de dicha sustancia por lo que se procedió a su respectiva incautación. Continuando con la revisión del inmueble encontraron sobre la mesa ubicada en el comedor, una bolsa de género sintético color azul, contenedora de una bolsa plástica de color negro, la cual, en su interior tenía una gran cantidad de una sustancia vegetal seca color verde con características pro

Fallo

por tanto los afirma. Esta afinación aparece ante un espíritu humano, como conforme a la verdad, y la certeza que allí surge, como cualquier otra certeza, no es más que la conciencia de la verdad”. Que, el artículo 340 del Código Procesal Penal, señala que nadie puede ser condenado sino cuando el Tribunal que lo juzgue adquiriere, más allá de toda duda razonable, la convicción de que realmente se hubiere cometido el hecho punible objeto de la acusación y que en él le hubiere correspondido al acusado una participación culpable y penada por la ley. El Tribunal formará su convicción sobre la base de la prueba rendida. Que, bien lo precisan los profesores Andrés Baytelman y Juan Enrique Vargas, cuando señalan que “el estándar de prueba para condenar penalmente a alguien debe ser el más alto dentro del sistema judicial, pues la intervención penal es el ejercicio más intenso y dramático del poder estatal. Un alto estándar de prueba exige al Estado información de alta calidad y eficiencia en la investigación penal, minimizando la posibilidad de que, por error o simple arbitrariedad, condenemos a un inocente. En consecuencia, nada impide – y todo aconseja - que este estándar de prueba sea diferente al de otras áreas del derecho. Así, el estándar de prueba exigido para condenar a alguien penalmente debe ser mucho más exigente que para decidir una controversia, por ejemplo, civil o laboral. Si el sistema judicial se toma con seriedad la idea de hacer fuertes exigencias de prueba a

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1 RESUMEN RIT : 140/2019. RUC : 1801205953-8. MATERIA : Tráfico ilícito de drogas. IMPUTADO : Michael Alexander Donoso Vergara. FISCAL : Roberto Robledo Burrow. DEFENSOR : Fabricio Vásquez Vergara. RESOLUCIÓN : Sentencia Definitiva Condenatoria. Copiapó, a veinte de noviembre de dos mil diecinueve. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante esta Tercera Sala del Tribunal de Juicio Oral

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