JAIME RUBEN DIAZ PEZO C/ LUIS ANTONIO VILLCA APALA
Rol
O-517-2019
Fecha
15 de noviembre de 2019
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS “El día 23/07/2018, siendo las 01:55 horas aprox. Personal de Carabineros de Chile realizaba labores preventivas en calle Comercio con Aldunate de Pozo Almonte, fiscalizó a don LUIS ANTONIO VILLCA APALA quien se desplazaba como conductor del vehículo placa patente CLWP58 y al proceder a solicitarle su documentación se pudieron percatar que el mismo se encontraba en manifiesto estado de ebriedad, ello por cuanto mantenía el rostro congestionado su caminar era inestable su hablar era incoherente y mantenía un fuerte hálito alcohólico. Además no contaba con licencia de conducir dado que nunca la había obtenido. Razón por la cual fue detenido en el lugar, trasladado a la asistencia pública local, donde se practicó la alcoholemia correspondiente la cual arrojo que el detenido conducía el vehículo con 2.01 grs. de alcohol en su sangre y además que nunca ha obtenido licencia de conducir”. SE DECLARA: Que con fecha 15 de noviembre del 2019, se condena al: imputado LUIS ANTONIO VILLCA APALA, cédula de identidad para extranjeros N°24.260.221-8, domiciliado en Manzana 99 Sitio 13, La Pampa, comuna de Alto Hospicio, como autor del delito consumado de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, previsto y sancionado en el artículos 110, 196 y 209, todos de la Ley 18.290, ocurridos en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 23 de julio de 2018, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 61 días Presidio menor en su grado mínimo Sin abonos Pena Sustitutiva Extensión Lugar de cumplimiento Remisión Condicional de la Pena 1 año Centro de Detención Preventiva de Pozo Almonte Observación: Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería
Fallo
SE DECLARA: Que con fecha 15 de noviembre del 2019, se condena al: imputado LUIS ANTONIO VILLCA APALA, cédula de identidad para extranjeros N°24.260.221-8, domiciliado en Manzana 99 Sitio 13, La Pampa, comuna de Alto Hospicio, como autor del delito consumado de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, previsto y sancionado en el artículos 110, 196 y 209, todos de la Ley 18.290, ocurridos en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 23 de julio de 2018, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 61 días Presidio menor en su grado mínimo Sin abonos Pena Sustitutiva Extensión Lugar de cumplimiento Remisión Condicional de la Pena 1 año Centro de Detención Preventiva de Pozo Almonte Observación: Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio, esto es, el Centro de Detención Preventiva de Pozo Almonte por el lapso de UN AÑO y debiendo, además, cumplir durante el período QSXRNHRYGK Edgardo Andres Castro Fuentes Juez de garantía Fecha: 19/11/2019 15:58:42 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 d
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado
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