Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia.

MP C/ FLAVIO BERNARDO RUIZ LÓPEZ

Rol

O-141-2019

Fecha

15 de noviembre de 2019

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos expuestos, se condene al acusado a la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, multa de 40 Unidades Tributarias Mensuales, registro de la huella genética al tenor de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 19.970, accesorias previstas en el artículo 29 del Código Penal, pago de las costas del procedimiento y al comiso de las especies incautadas, para lo cual pide tener presente que a su respecto no concurren circunstancias atenuantes, y, en cambio, le perjudica la agravante del artículo 12 N° 15 del Código Penal. En el alegato de inicio enunció los medios con que se valdrá para acreditar los hechos, por lo que solicitara dictar un veredicto condenatorio.- En el alegato de cierre, indicó que se comprobaron los hechos de la acusación, dijo que cuando el acusado hizo un viraje luego de ir conduciendo un vehículo y al ver a Carabineros lanzó por la ventana la sustancia que resultó ser cocaína base, eran 15,1 gramos bruto y neto 4,0 gramos en 149 contenedores lo que fue probado con los dichos del Cabo Primero de Carabineros señor Cerna Vásquez y del acusado complementado con la prueba de campo y pesaje de la droga remitida al Servicio de salud y su recepción y remisión luego del análisis correspondiente que dio 50% de pureza. El acusado transportaba la droga en su vehículo y esta droga no estaba destinada a su consumo personal porque eran 149 contenedores de dosis pequeñas para ser vendidas, y no estaban destinadas a su consumo ni a un tratamiento médico. TERCERO: Que la defensa indicó que su representado va a declarar y se probaran los hechos al igual que su participación por lo que pedirá la atenuante de su colaboración sustancial al esclarecimiento de éstos.- En su alegato de cierre dijo que

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha once de noviembre de dos mil diecinueve, ante la Primera Sala del Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral recaído en los antecedentes RIT 141-2019; RUC 1 810 036 291-7, seguidos en contra del acusado FLAVIO BERNARDO RUIZ LOPEZ, cédula de identidad Nro. 20.380.009-6 soltero, sin oficio, de 19 años de edad, nacido el 29 de noviembre de 1999, domiciliado en calle Mamiña 744 Población Norte Grande 2 Las Animas, de Valdivia.- Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado en esta ocasión por el fiscal don Gonzalo Valderas Aguayo, cuyo domicilio se encuentra registrado en el tribunal.- La Defensa del acusado la asumió el abogado de la defensoría local Mauricio Obreque Pardo, cuyo domicilio se encuentra registrado en el tribunal.- SEGUNDO: El Ministerio Público, formuló acusación en contra de Flavio Bernardo Ruiz López, por considerarlo autor, de acuerdo a los términos del artículo 15 Nro. 1 del Código Penal, en el delito consumado de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación a lo previsto en el artículo 1° de la ley 20.000, fundándola en los siguientes hechos, a saber: “En Valdivia, el día 11 de agosto de 2018 a las 03.00 horas aproximadamente, el acusado Flavio Bernardo Ruiz López condujo el vehículo marca Kia, modelo soul, color negro, placa patente DZKF-39 por Avenida Francia y al llegar a la intersección con Avenida Ramón Picarte efectuó un viraje a la izquierda, maniobra prohibida en dicho lugar, siendo sorprendido por funcionarios de Carabineros quienes efectuaban un patrullaje preventivo por el sector, por lo que se dispusieron a fiscalizarlo. Al percatarse el acusado que era seguido por Carabineros, se dio a la fuga, evadiendo el control policial, momento en el cual lanzó a través de la ventana del vehículo una bolsa color blanco que en su interior mantenía 149 envoltorios de papel blanco cuadriculado, contenedores de pasta base de cocaína los que arrojaron un peso bruto de 15 gramos y 100 miligramos de dicha sustancia. Gloria Haydee Sepulveda Molina Juez Redactor Fecha: 19/11/2019 12:27:03 Carlos Andres Flores Valenzuela Juez Integrante Fecha: 19/11/2019 12:41:19 VYRRNHXPXH Marta Alicia Faundez Valenzuela Juez Presidente Fecha: 19/11/2019 12:52:29 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Carabineros no perdió de vista al imputado, a quien lograron fiscalizar a unos metros del lugar en Avenida Ramón Picarte con calle Micaela Cáceres. La droga inc

Fallo

Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15 nro. 1, 18, 21, 25, 28, 49, 68 y 70 del Código Penal; 45, 47, 295, 296, 297, 326, 327, 328, 329, 330, 332, 333, 340, 341, 342, del Código Procesal, Ley 20.000 sobre tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, ley 19.270, su reglamento y ley 18.216, SE DECLARA: I).- Que se condena al acusado FLAVIO BERNARDO RUIZ LOPEZ, cédula de identidad Nro. 20.380.009-6, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, al pago de una multa de DIEZ UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, y a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al pago las costas del procedimiento, en cuanto autor del delito consumado de tráfico ilícito de drogas y sustancias estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación al artículo 1° de la ley 20.000 pesquisado en la ciudad de Valdivia, el día 11 de agosto de 2018 A).- Que la multa impuesta al sentenciado, podrá solucionarla en doce cuotas mensuales iguales y sucesivas, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 70 del Código Penal.- SI el sentenciado no tuviere bienes para satisfacer la multa impuesta sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual, sin que ella pueda nunca exceder de seis meses.- B).- Que, se le sustituye la pena privativa de libertad impu

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1 Valdivia, quince de noviembre de dos mil diecinueve.- VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha once de noviembre de dos mil diecinueve, ante la Primera Sala del Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral recaído en los antecedentes RIT 141-2019; RUC 1 810 036 291-7, seguidos en contra del acusado FLAVIO BERNARDO RUIZ LOPEZ, cédula de identid

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