MP C/ ALEX DAMIÁN CONSTANZO MONAREZ
Rol
O-243-2019
Fecha
18 de noviembre de 2019
Materia
DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día 13 de noviembre de 2019, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, integrada por las magistradas Marcela Alejandra Norris Bustos, Michele Sofía Bascur Postel y Carmen Gloria Durán Vergara, se celebró la audiencia del juicio oral en causa RUC N° 1800340076-6, RIT N° 243-2019, seguida en contra de ALEX DAMIÁN CONSTANZO MONAREZ, chileno, cédula de identidad N° 17.541.164-K, 29 años de edad, soltero, enfierrador, domiciliado en calle 6 Poniente N° 6950, Talcahuano. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por el fiscal Cristian Oróstica Sanhueza, con domicilio en calle Serrano N° 83, Talcahuano. La defensa del acusado estuvo a cargo del defensor penal público Ricardo Arturo Terán Scholtbach, domiciliado en calle Gabriel Toro N° 30, Talcahuano. SEGUNDO: Que los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación son los siguientes: “Que el día 07 de Abril de 2018, siendo aproximadamente las 10:30 horas, en circunstancias que el personal de carabineros fiscalizaba el cumplimiento de medidas cautelares, concurrieron hasta el inmueble de Calle 6 Poniente N° 6950, Población Patricio Lynch, Talcahuano, sorprendieron saliendo desde su interior al acusado Alex Damián Constanzo Monarez, procediendo carabineros a su detención, ya que con esta conducta el acusado, no cumplió lo ordenado a cumplir por el Juzgado de Familia de Talcahuano en causa RUC 18-2-0557171-6 RIT F- 17-2018 por violencia intrafamiliar, que con fecha 04 de enero de 2018 le impuso como medida cautelar al acusado Constanzo Monarez, la obligación de hacer abandono inmediato del hogar que comparte con su abuela Raquel del Carmen Peña ubicado en calle 6 poniente N° 6950, Población Patricio Lynch, Talcahuano y la prohibición de aproximarse a doña Raquel del Carmen Peña, a su domicilio, lugar de trabajo o estudio o en cualquier lugar en que se encuentre habitualmente, desobedeciendo dicha medida cautelar, que se FDXWNGQNXX Carmen Gloria Duran Vergara Juez oral en lo penal Fecha: 18/11/2019 15:02:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL CONCEPCIÓN 2 encontraba vigente a la época de los hechos y a la cual el acusado, se encontraba notificado personalmente”. TERCERO: A juicio de la Fiscalía los hechos descritos configuran el delito de Desacato previsto y sancionado en el inciso 2° del artículo 240 del Código de Procedimiento Civil, ilícito que se encuentra en grado de ejecución consumado, y en los cuales atribuye al imputado calidad
Fallo
por tanto no ahondará en ello. SEXTO: Que el acusado Alex Damián Constanzo Monarez, renunciando a su derecho a guardar silencio, manifestó que el día 7 de abril FDXWNGQNXX Carmen Gloria Duran Vergara Juez oral en lo penal Fecha: 18/11/2019 15:02:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL CONCEPCIÓN 5 de 2018, se encontraba en la casa de su hermano y lo llamó su abuela para ver si podía ir, ya que no tenía quien le inyectara la insulina, y en ese momento le dijo a su hermano que lo llevara al domicilio para inyectarle la insulina, y en ese momento al salir de la casa estaba carabinero afuera y lo controlaron con su cédula de identidad y le dijeron que estaba incumpliendo la orden que tenía, y lo llevaron a la Unidad. A las preguntas del Fiscal señaló, que ese día 7 de abril de 2018 se encontraba en la casa de su hermano Ángelo Constanzo Monarez, que vive en Santa Sabina, y lo llamó su abuela Raquel del Carmen Peña Peña, para pincharla ya que no tenía quien la inyectara, y le pidió a su hermano
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TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL CONCEPCIÓN 1 Concepción, dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve.- VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día 13 de noviembre de 2019, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, integrada por las magistradas Marcela Alejandra Norris Bustos, Michele Sofía Bascur Postel y Carmen Gloria Durán Vergara, se celebró la audiencia del juic
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