C/ NELSON ENRIQUE CARRASCO MU?OZ
Rol
O-2754-2019
Fecha
11 de noviembre de 2019
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Ante el 2° Juzgado de Garantía de Santiago, se realizó la audiencia de procedimiento simplificado, con la asistencia del Fiscal Adjunto Sr. Ricardo Peña y de la defensor penal público Sra. Catalina Parraguez.- Asiste el imputado Nelson Enrique Carrasco Muñoz, cédula de identidad 9.154.150-5, domiciliado en calle Carcote N° 295, departamento 24-B. Quilicura.-.- Los hechos materia del requerimiento son los siguientes : El día 06 de marzo del año 2019 a las 00:05 horas aproximadamente en la vía pública en Avenida Américo Vespucio intersección con Avenida Presidente Eduardo Frei Montalba en la comuna de Quilicura, el imputado NELSON ENRIQUE CARRASCO MUÑOZ conducía en estado de ebriedad el bus marca Mercedes Benz modelo LO-915, placa patente única FLXB año 2012 color rojo blanco, motivo por el cual pierde el control de este impactando las barreras de cemento existente lugar. La ebriedad del imputado fue corroborada por personal policial por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado e incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, siendo sometido a examen respiratorio alcohotest arrojando un resultado de 1.85 gramos de alcohol por litro de sangre. En concepto de la fiscalía, los hechos descritos configura un delito de manejo en estado de ebriedad, previstas y sancionado en los artículos 110 y 196 de la Ley 18.290 y atribuye participación al imputado en calidad de autor, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15 N° 1 del Código Penal.- El Ministerio Público reconoce la circunstancia atenuante contemplada por los artículos 11 N°s 6 del Código Penal y solicita que el requerido sea condenado a las siguientes sanciones : 61 días de presidio menor en grado máximo accesoria general, multa por el equivalente a 01 ( una ) Unidad Tributaria Mensual, accesoria de suspensión de licencia de conducir por el lapso de dos años, sin costas.- SEGUNDO: Advertido el imputado de las penas probables de aplicar, en esta audiencia y en juicio futuro , este
Fundamentos
considerando segundo, especialmente el hecho de habérsele sorprendido en flagrante comisión del ilícito, constituyen fundamentos suficientes para estimar justificada su participación en calidad de autor, por haber intervenido en la ejecución de los hechos de un modo inmediato y directo. QUINTO: La defensa no objetó calificación de hechos, participación de su representado y concurso de modificatorias de responsabilidad, respecto de la pena privativa de libertad, a todo evento se conceda el régimen de condena remitida.- SEXTO: Reuniéndose los requisitos o presupuestos legales, contemplados por el artículo 8 de la Ley 18.216, se hará lugar al reconocimiento del régimen alternativo de cumplimiento de condena remitida, quedando sujeto a controles administrativos ante la autoridad penitenciaria, por el plazo mínimo legal, que para el pago de la multa se concedan dos cuotas de pago.- Para facilitar el cumplimiento de la pena pecuniaria se concederá dos cuotas de plazo.- SEPTIMO: Se exime de condena en costas a la imputada, por cuanto la actitud de permitir su juzgamiento inmediato, ahorró mayores costos al Estado.-
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo previsto en los artículos : 36, 45, 47 inciso segundo, 297, 340, 341,342, 348, 389,394,395, del Código Procesal Penal; 1, 11 N° 6 y 9, 14 Nº1, 15 Nº 1, 24, 49, 50, 70 del Código Penal; artículos 1,4, 110 y 196 de la Ley 18.290, Ley 18.216, se declara : Se condena a Nelson Enrique Carrasco Muñoz, cédula de identidad 9.154.150-5, ya individualizado, a la pena de 61 días de presidio menor en grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el lapso de la condena y multa por el equivalente a 01 ( una ) Unidad Tributaria Mensual, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de manejo en estado de ebriedad, consumado, perpetrado en territorio jurisdiccional del tribunal el 06 de Marzo de 2019.- WBXCNXXERB PAULO VALENTIN OROZCO LOPEZ Juez de garantía Fecha: 21/11/2019 08:09:41 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl La pena privativa de libertad, se cumplirá bajo modalidad de condena remitida, en consecuencia el sentenciado queda sujeto a control de la Sección de Tra
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DELITO : MANEJO en ESTADO de EBRIEDAD IMPUTADO : NELSON ENRIQUE CARRASCO MUÑOZ RUC : 1900244641-6 RIT : 2754 – 2019 Santiago, once de Noviembre del dos mil diecinueve VISTOS: PRIMERO: Ante el 2° Juzgado de Garantía de Santiago, se realizó la audiencia de procedimiento simplificado, con la asistencia del Fiscal Adjunto Sr. Ricardo Peña y de la defensor penal público Sra. Catalina Parraguez.- Asiste
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