Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle.

MP LOS VILOS C/ JAVIER CAMILO GONZÁLEZ CASTILLO

Rol

O-81-2019

Fecha

18 de noviembre de 2019

Materia

POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que el día veintisiete de agosto del presente año, ante la segunda sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle constituida por el juez titular, don Claudio Andrés Weishaupt Milner, quien presidió, por el juez suplente don Manuel Jesús Vergara Esparta y por la jueza titular doña Zoila Anyelina Terán Arévalo, se llevó a efecto el juicio en causa Rit N° 81-2019, seguida en contra de don Javier Camilo González Castillo, CNI N° 16.763.814-7, chileno, soltero, nacido en Concepción el 17 de mayo de 1987, 32 años de edad, empresario, domiciliado en Avenida La Torre N° 454, departamento 1112, Tomé, Región del Biobío; y de don Cristian Alejandro González Castillo, CNI N° 16.010.152-0, chileno, casado, nacido en Concepción el 22 de marzo de 1985, 34 años de edad, ingeniero constructor, domiciliado en Luis Acevedo 45, Chiguallante, Región del Biobío. Concurrió por el ministerio público, el fiscal don Paulo Duarte López, domiciliado en calle Independencia N° 604, comuna de Ovalle. La defensa de los acusados, estuvo a cargo de abogada defensora penal licitada, doña Carolina Galleguillos Luza, domiciliada en calle Millalelmo N° 272, Comuna de Los Vilos. Luego de verificada la disponibilidad de los testigos, y del señalamiento de la acusación fiscal, advertidos los acusados al tenor del artículo 325 del Código Procesal Penal, se escuchó alegatos de apertura, se le dio a conocer a los imputados sus derechos, y renunciando a aquel a guardar silencio prestaron declaración. Tras la conclusión de la audiencia, y habiendo ofrecido previamente la palabra a los intervinientes y a los imputados para que manifestaran lo que estimasen conveniente, se pronunció decisión de condena en forma inmediata, y por encontrarse suspendido el procedimiento en razón de existir requerimiento de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional, una vez resuelto, se verificó audiencia para los fines del artículo 343 del Código Procesal Penal, y se fijó para comunicar

Fundamentos

CONSIDERANDO: MTXPNGXZWW Zoila Anyelina Teran Arevalo Juez oral en lo penal Fecha: 18/11/2019 14:03:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl PRIMERO: Acusación. Que el ministerio público, fundó su acusación, en lo siguiente: “El día 12 de diciembre de 2018, a las 22:30 horas aproximadamente, los acusados JAVIER CAMILO GONZÁLEZ CASTILLO y CRISTIAN ALEJANDRO GONZÁLEZ CASTILLO, fueron sorprendidos en la Ruta 5 Norte, a la altura del Kilómetro 189, comuna de Los Vilos, a bordo de una camioneta PPU JZBX-30, por funcionarios de la PDI, manteniendo en sus respectivos bolsos el acusado CRISTIAN GONZÁLEZ CASTILLO dos cartuchos balísticos calibre 25, mientras que el acusado JAVIER GONZÁLEZ CASTILLO, portaba en su mochila 10 cartuchos balísticos calibre 9mm, ambos sin tener autorización alguna para dicha tenencia o porte.” Asimismo, calificó los hechos antes descritos, como constitutivos de un delito consumado de porte ilegal de cartuchos o munición, previsto y sancionado en el artículo 9 inciso segundo en relación con el artículo 2 letra c), ambos de la Ley N° 17.798, e indica que en ellos cupo a los acusados participación en calidad de autores. Estima que respecto de los dos acusados, concurre la atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal, solicitando que se les condene, a cada uno de ellos a una pena de 818 días de presidio menor en su grado máximo, la accesoria legal de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, con costas. Además, solicitó el de comiso de las especies incautadas, esto es, dos cartuchos balísticos calibre 25 y 10 cartuchos balísticos calibre 9mm. SEGUNDO: Antecedentes. Que, conforme al auto de apertura de juicio oral, de 30 de mayo de 2019, los intervinientes no acordaron convenciones probatorias, y tanto el ministerio público como la defensa ofrecieron prueba adhiriendo, además, esta última a la de cargo. TERCERO: Alegatos de apertura. Que, al inicio el fiscal sostuvo que el juicio será de un delito de tenencia ilegal de municiones, y explica el contexto en virtud del cual la policía, en control carretero, controla al vehículo en que transitaban los imputados que huyen, los que al ser alcanzados mantenían las municiones sin autorización, configurándose el delito. Anuncia la prueba que rendirá, y que al final del juicio pedirá veredicto de condena. La defensa, entiende que no existe antijuridicidad material, señala que no basta con infringirse la norma, lo que está vinculado a la lesividad, y que debe ponerse en riesgo el bien jurídico protegido, en

Fallo

fallo el día 18 de noviembre del presente año a las 13:45 horas. CONSIDERANDO: MTXPNGXZWW Zoila Anyelina Teran Arevalo Juez oral en lo penal Fecha: 18/11/2019 14:03:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl PRIMERO: Acusación. Que el ministerio público, fundó su acusación, en lo siguiente: “El día 12 de diciembre de 2018, a las 22:30 horas aproximadamente, los acusados JAVIER CAMILO GONZÁLEZ CASTILLO y CRISTIAN ALEJANDRO GONZÁLEZ CASTILLO, fueron sorprendidos en la Ruta 5 Norte, a la altura del Kilómetro 189, comuna de Los Vilos, a bordo de una camioneta PPU JZBX-30, por funcionarios de la PDI, manteniendo en sus respectivos bolsos el acusado CRISTIAN GONZÁLEZ CASTILLO dos cartuchos balísticos calibre 25, mientras que el acusado JAVIER GONZÁLEZ CASTILLO, portaba en su mochila 10 cartuchos balísticos calibre 9mm, ambos sin tener autorización alguna para dicha tenencia o porte.” Asimismo, calificó los hechos antes descritos, como constitutivos de un delito consumado de porte ilegal de cartuchos o munición, previsto y sancionado en

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MINISTERIO PÚBLICO C/ JAVIER CAMILO GONZÁLEZ CASTILLO, Y CRISTIAN ALEJANDRO GONZÁLEZ CASTILLO. RIT: 81-2019. RUC: 1801234422-4. DELITO: PORTE ILEGAL DE CARTUCHOS O MUNICIÓN. SENTENCIA DEFINITIVA: CONDENA. Ovalle, a dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que el día veintisiete de agosto del presente año, ante la segunda sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Pen

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