MP C/ YESENIA ALEJANDRA FIGUEROA FIGUEROA
Rol
O-7273-2019
Fecha
15 de noviembre de 2019
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS Que en virtud de una orden de investigar verbal otorgada al OS- 7 de Carabineros y habiéndose autorizado previamente la figura del agente revelador, el día 06 de septiembre de 2019, alrededor de las 17:20 horas, concurrió el agente revelador al domicilio ubicado en Avenida Mariscal Ruiz de Gamboa n° 1290 de la población Vicente Pérez Rosales de esta comuna donde tomo contacto con la imputada Margarita Mercedes Vergara Espinoza quien le vendió 05 envoltorios contenedores de pasta base de cocaína en la suma de $5,000. Posteriormente se obtuvo autorización judicial de entrada, registro e incautación en el domicilio antes señalado, al interior del cual se encontraban ambas imputadas, la cual fue llevada a cabo por personal policial alrededor de las 18:30 horas encontrando en el registro, en una dependencia destinada a living comedor sobre una mesa de madera 1 bolsa de nylon transparente contenedora de 02 bolsas de nylon transparente con pasta base a granel con un peso bruto de 39.7 gramos, 01 envoltorio de papel contenedor de pasta base a granel con un peso bruto de 49.8 gramos y la suma de $58,800 en dinero efectivo proveniente de la venta de drogas. En la misma dependencia destinada a living se encontró sobre un mueble de madera tipo rack 1 estuche de material sintético color negro contenedor de 22 bolsas de nylon transparente con marihuana elaborada, con un peso bruto de 18 gramos. En una dependencia destinada a dormitorio utilizado por Margarita Vergara sobre un mueble de madera se encontró un estuche de color rosado de material sintético contenedor de 305 envoltorios de papel de NQMNGXXWY Manuel Alejandro Vilches Meza Juez de garantía Fecha: 18/11/2019 16:49:44 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntár
Fallo
Por estas consideraciones y a la luz, además, de lo dispuesto en los arts. 1, 5, 11 N° 6 y 9, 15, 25, 30, 50, 68, 69 Y 70 del Código Penal; art. 11, 47, 297, 340, 341, 342, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y normas pertinentes de la Ley N° 20.000; SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a MARGARITA MERCEDES VERGARA ESPINOZA, cédula de identidad N° 14.265.579-9 y a YESENIA ALEJANDRA FIGUEROA FIGUEROA, cédula de identidad N° 18.451.787-6, ya individualizadas en esta causa, por su responsabilidad en calidad de autoras de un delito consumado de tráfico de pequeñas cantidades de drogas a la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, multa de TRES UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, por el hecho ocurrido en esta ciudad el día 6 de septiembre de 2019. Que tanto la pena corporal como la multa se dan por cumplidas con los 70 días que permanecieron privadas de libertad con motivo de esta causa, a saber, desde el 6 de septiembre de 2019 a la fecha. II.- De conformidad al art. 31 del Código Penal, se decreta el comiso de todas las especies incautadas. Los dineros serán depositados directamente por la Fiscalía en la cuenta corriente del Ministerio del Interior y las demás especies serán destruidas cuestión que deberá ser informada por el persecutor a esta Magistratura. III.- Se exime a las condenadas del pago de las costas del procedimiento. NQMNGXXWY Manuel Alejandro Vilches Meza Juez de garantía
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________________________________________________________________________________________________________ ____________ Juzgado de Garantía de Chillán - Av. Ecuador #1167, Chillán - (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl – cuenta corriente: Banco Estado Nro.52100243369 AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha Chillán, quince de noviembre de dos mil diecinueve Ruc N° 1900968287-5 Rit N° 7273-
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