Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

MATHIAS IGNACIO OLGUÍN GUERRA C/ TITO ANDRÉS VILLEGAS GUERRERO

Rol

O-7618-2019

Fecha

14 de noviembre de 2019

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 446 N°3 del Código Penal; artículos 340 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se ABSUELVE a TITO ANDRÉS VILLEGAS GUERRERO, ya individualizado, de ser autor de los hechos ocurridos con fecha 18 de mayo de 2019, en esta jurisdicción. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, por haber tenido motivo plausible para litigar. Se ordena cumplir con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, en su oportunidad. Téngase a los intervinientes por notificados. Dictó Señora ELIANA ISABEL URIBE MOLINA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Viña del Mar. XWYPNGHXKW Eliana Isabel Uribe Molina Juez de garantía Fecha: 18/11/2019 13:38:33 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2019-11-18T13:38:33-0300 Corte Suprema Eliana Isabel Uribe Molina Verificación Legal

Fallo

se declara: I.- Que se ABSUELVE a TITO ANDRÉS VILLEGAS GUERRERO, ya individualizado, de ser autor de los hechos ocurridos con fecha 18 de mayo de 2019, en esta jurisdicción. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, por haber tenido motivo plausible para litigar. Se ordena cumplir con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, en su oportunidad. Téngase a los intervinientes por notificados. Dictó Señora ELIANA ISABEL URIBE MOLINA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Viña del Mar. XWYPNGHXKW Eliana Isabel Uribe Molina Juez de garantía Fecha: 18/11/2019 13:38:33 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2019-11-18T13:38:33-0300 Corte Suprema Eliana Isabel Uribe Molina Verificación Legal

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Sentencia Fecha Viña del Mar., catorce de noviembre de dos mil diecinueve Magistrado ELIANA ISABEL URIBE MOLINA RUC 1900540222-3 RIT 7618 - 2019 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA TITO ANDRÉS VILLEGAS GUERRERO presente 0012825233-9 Sector Reñaca Alto Paradero 14 Calle 17 Nº 407 Viña del Mar. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registr

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