GISSELLE ALEJANDRA FARIAS FARIAS C/ CARLOS CRISTIAN TOLEDO MUÑOZ
Rol
O-9884-2019
Fecha
15 de noviembre de 2019
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 15, 21, 296 N°3 del Código Penal; artículos 47, 297, 340, 342, 390 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se absuelve a CARLOS CRISTIAN TOLEDO MUÑOZ, ya individualizado, de los cargos formulados por el Ministerio Publico en su requerimiento. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Publico por haber temido motivo plausible para litigar y haber solicitado su absolución. Regístrese y archívese si no se recurriere oportunamente. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal Dictada por don RODRIGO ARNOLDO CORTÉS GUTIÉRREZ, Juez de Garantía de Viña del Mar. LKBXNGHXJW Rodrigo Arnoldo Cortes Gutierrez Juez de garantía Fecha: 18/11/2019 13:36:13 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2019-11-18T13:36:15-0300 Corte Suprema Rodrigo Arnoldo Cortes Gutierrez Verificación Legal
Fallo
se declara: I.- Que, se absuelve a CARLOS CRISTIAN TOLEDO MUÑOZ, ya individualizado, de los cargos formulados por el Ministerio Publico en su requerimiento. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Publico por haber temido motivo plausible para litigar y haber solicitado su absolución. Regístrese y archívese si no se recurriere oportunamente. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal Dictada por don RODRIGO ARNOLDO CORTÉS GUTIÉRREZ, Juez de Garantía de Viña del Mar. LKBXNGHXJW Rodrigo Arnoldo Cortes Gutierrez Juez de garantía Fecha: 18/11/2019 13:36:13 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2019-11-18T13:36:15-0300 Corte Suprema Rodrigo Arnoldo Cortes Gutierrez Verificación Legal
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Fecha Viña del Mar., quince de noviembre de dos mil diecinueve Magistrado RODRIGO ARNOLDO CORTÉS GUTIÉRREZ RUC 1900763048-7 RIT 9884 - 2019 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA CARLOS CRISTIAN TOLEDO MUÑOZ 0015438022-1 Calle PASAJE 7 Nº 110 Viña del Mar. SENTENCIA VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y
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