Juzgado de Garantía de Vallenar.

TERCERA COMISARIA CARABINEROS VALLENAR C/ JOSÉ LUIS BARRIOS PÉREZ

Rol

O-2269-2019

Fecha

15 de noviembre de 2019

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OIDOS: Que el Fiscal Adjunto de la fiscalía local de Vallenar, doña Gabriela Cid Mena, ha requerido verbalmente en procedimiento simplificado JOSÉ LUIS BARRIOS PÉREZ, nacido en Vallenar, el día 02 de abril de 1984, de 35 años de edad, estado civil soltero, sin profesión u oficio conocido, rol único nacional N°15.884.859-7, domiciliado en calle León N°3243, Torreblanca, en la ciudad de Vallenar. Llevada a cabo la audiencia respectiva con la presencia de la Fiscal del Ministerio Público, antes individualizado, el imputado/a y su defensor/a penal público don Gregory Ardiles Bugueño, todos quienes tienen conocimiento del requerimiento y habiéndose hecho las advertencias legales, se le preguntó al imputado/a si admitía responsabilidad en los hechos señalados en el requerimiento o si, por el contrario, solicitaría la realización del juicio y ésta respondió que admitía responsabilidad en los hechos.- Tras la admisión de responsabilidad el Tribunal dictó sentencia inmediatamente. C O N S I D E R A N D O: 1) Que se presentó requerimiento por el Ministerio Público en contra del imputado antes individualizado, fundado en los siguientes hechos: “El día 14 de noviembre de 2019 a las 13:15 horas aproximadamente en las intersecciones de calle Buena Esperanza y Domeyko de esta comuna, el imputado JOSÉ LUIS BARRIOS PÉREZ fue sorprendido por funcionarios de carabineros portando un cuchillo tipo cocinero sin marca de 15 cms. de hoja, 13 cms. de empuñadura real y 67 cms. de empuñadura artesanal por estar adosado a un fierro sin justificar razonablemente su porte.” Respecto del primer hecho, único por el cual el Ministerio Público requirió en definitiva la imposición de una pena, se afirma corresponde al delito consumado de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE y su participación es de autor y con grado de desarrollo consumado. 2) Habiendo explicado las alternativas que le ofrece el proceso en este caso y las consecuencias adscritas a cada una de ellas y hecho las advertencias

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, el imputado JOSÉ LUIS BARRIOS PÉREZ, ya individualizado, es CULPABLE del cargo formulado por el Ministerio Público, y en consecuencia se condena a la pena de una MULTA de CERO COMA TRES (0,3) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, y al COMISO de la especie incautada consistente en un punzón, como AUTOR del delito en grado de desarrollo de CONSUMADO de PORTE O TENENCIA DE ARMAS CORTANTES O PUNZANTES, previsto y sancionado, en el ARTÍCULO 288 BIS del CÓDIGO PENAL, cometido el día 14 de noviembre de 2019, en esta jurisdicción. II.- La pena de MULTA impuesta se tendrá por PAGADA por el tiempo que estuvo privado de libertad entre el día 14 y 15 de noviembre de 2019. III.- Que se exime del pago de las costas al sentenciado. IV.- Que, atendido lo resuelto se dejan sin efecto las medidas cautelares impuestas al sentenciado. Ejecutoriada que sea esta resolución, dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Notifíquese y archívese en su oportunidad.- RIT N°2269 – 2019. RUC N°1901232591-9. Dictada por don DANIEL EDUARDO HERRERA MARÍN, Juez del Juzgado Garantía de Vallenar. MLRPNGXHXH Daniel Eduardo Roke Herrera Marin Juez de garantía Fecha: 15/11/2019 14:25:24 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión

Texto Completo (Preview)

Vallenar, quince de noviembre de dos mil diecinueve. VISTOS Y OIDOS: Que el Fiscal Adjunto de la fiscalía local de Vallenar, doña Gabriela Cid Mena, ha requerido verbalmente en procedimiento simplificado JOSÉ LUIS BARRIOS PÉREZ, nacido en Vallenar, el día 02 de abril de 1984, de 35 años de edad, estado civil soltero, sin profesión u oficio conocido, rol único nacional N°15.884.859-7, domiciliado

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