MINISTERIO PUBLICO C/ LEONARDO AMADOR ELGUETA VALDEBENITO
Rol
O-203-2019
Fecha
7 de noviembre de 2019
Materia
AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR)., DISPAROS INJUSTIF VÍA PÚBLICA (ART. 14 D INC. FINAL)
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 22 de octubre de 2018, a las 16.45 horas aproximadamente, el acusado LEONARDO AMADOR ELGUETA VALDEBENITO concurrió al domicilio ubicado en Pasaje Cuasimodo N°2420, comuna de Peñalolén, y frente al domicilio le manifestó a la propietaria que se encontraba al interior, diciéndole que le reventaría la casa, además de efectuar seis disparos al aire con un arma de fuego que portaba; Se retiró en un vehículo y regreso al mismo lugar momentos después, donde se encontró con personal de Carabineros, y tras una persecución fue detenido, manifestándole al Sargento 2do Juan Barrientos Elgueta de manera grave, seria y verosímil “TE COCISTE CONMIGO PACO CULIAO, TE VOY A MATARTE, YO SOY INTERNACIONAL POH, SOY CHORO NO BASTARDO”. El arma no fue FERNANDO MIGUEL MONSALVE FIGUEROA Juez Integrante Fecha: 18/11/2019 13:42:15 AIDA COLOMBA GUERRERO ROSEN Juez Presidente Fecha: 19/11/2019 09:50:19 EDWJNHGTFJ JOSE MARIA ALEJANDRO TOLEDO CANALES Juez Redactor Fecha: 19/11/2019 14:39:36 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 recuperada y si levantaron en el lugar cuatro vainillas de 9 milímetros, en la vía pública, lugar donde el imputado disparo. 2.- Calificación Jurídica e inter (sic) criminis: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos son constitutivos del delito de amenazas a carabineros, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código de Justicia Militar, en relación a los artículos 296 y 297 del mismo cuerpo legal y el delito de disparos injustificados en la vía pública, previsto y sancionado e
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 4 de noviembre en curso tuvo lugar audiencia de juicio oral con motivo de una acusación que el ministerio público interpuso en contra de LEONARDO AMADOR ELGUETA VALDEBENITO – rol único nacional de identidad 15.157.750-4, chileno, nacido en la comuna de Parral el 20 de junio de 1982, soltero, comerciante, domiciliado en calle Los Araucanos 2080, Villa San Carlos, comuna de Peñalolén –. Asistieron a la audiencia, además del acusado ya individualizado, los jueces Colomba Guerrero Rosen, quien presidió el juicio, Fernando Monsalve Figueroa y José María Toledo Canales; el fiscal adjunto del ministerio público, Miguel Ángel Orellana Pérez; y la defensa letrada particular, abogado Jaime Soto Luengo. La acusación fue del tenor siguiente: “1.- Los Hechos: El día 22 de octubre de 2018, a las 16.45 horas aproximadamente, el acusado LEONARDO AMADOR ELGUETA VALDEBENITO concurrió al domicilio ubicado en Pasaje Cuasimodo N°2420, comuna de Peñalolén, y frente al domicilio le manifestó a la propietaria que se encontraba al interior, diciéndole que le reventaría la casa, además de efectuar seis disparos al aire con un arma de fuego que portaba; Se retiró en un vehículo y regreso al mismo lugar momentos después, donde se encontró con personal de Carabineros, y tras una persecución fue detenido, manifestándole al Sargento 2do Juan Barrientos Elgueta de manera grave, seria y verosímil “TE COCISTE CONMIGO PACO CULIAO, TE VOY A MATARTE, YO SOY INTERNACIONAL POH, SOY CHORO NO BASTARDO”. El arma no fue FERNANDO MIGUEL MONSALVE FIGUEROA Juez Integrante Fecha: 18/11/2019 13:42:15 AIDA COLOMBA GUERRERO ROSEN Juez Presidente Fecha: 19/11/2019 09:50:19 EDWJNHGTFJ JOSE MARIA ALEJANDRO TOLEDO CANALES Juez Redactor Fecha: 19/11/2019 14:39:36 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 recuperada y si levantaron en el lugar cuatro vainillas de 9 milímetros, en la vía pública, lugar donde el imputado disparo. 2.- Calificación Jurídica e inter (sic) criminis: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos son constitutivos del delito de amenazas a carabineros, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código de Justicia Militar, en relación a los artículos 296 y 297 del mismo cuerpo legal y el delito de disparos injustificados en la vía pública, previsto y sancionado en el artículo 14 D de la Ley 17.798, todos ellos en grado de desarrollo consumado. 3.- Participación. A juicio del Ministerio Público, al acusado LEONARDO AMADOR ELGUETA VALDEBENITO le corresponde, según lo di
Fallo
por tanto no rindió, pruebas propias. QUINTO: Que, terminada la recepción de las pruebas se ofreció a los intervinientes la palabra a fin de que expusieran sus conclusiones de cierre, señalando al efecto: a) el ministerio público: que, el análisis de la prueba correspondía se hiciese desde la perspectiva de que los testigos y denunciantes no van a colaborar ni declarar en los juicios que les atañan habida cuenta del temor que les asiste. Así entonces, lo que se tiene en el juicio de marras es una noticia criminis, en la especie: una persona es vista a bordo de un determinado vehículo, posteriormente efectúa disparos y a continuación se retira, vehículo y persona que reaparecen poco después en el lugar, siendo visto por el funcionario y testigo Salazar, el cual procede a perseguirlo, sin perderlo nunca de vista, lográndose su detención momentos después por otros FERNANDO MIGUEL MONSALVE FIGUEROA Juez Integrante Fecha: 18/11/2019 13:42:15 AIDA COLOMBA GUERRERO ROSEN Juez Presidente Fecha: 19/11/2019 09:50:19 EDWJNHGTFJ JOSE MARIA ALEJANDRO TOLEDO CANALES Juez Redactor Fecha: 19/11/2019 14:39:36 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P
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1 C/LEONARDO AMADOR ELGUETA VALDEBENITO DISPARAR EN LA VÍA PÚBLICA ARMA DE FUEGO Y AMENAZAS NO CONDICIONALES (LEY 17.798, ARTÍCULO 14 LETRA D, Y CÓDIGO PENAL, ARTÍCULO 296 N° 3) RIT 203-2019 RUC 1801036834-7 Santiago, siete de noviembre de dos mil diecinueve. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 4 de noviembre en curso tuvo lugar audiencia de juicio oral con motivo de una acusaci
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