Juzgado de Garantía de Punta Arenas.

MINISTERIO PUBLICO . . C/ CLAUDIO MATÍAS CURICHE VERGARA

Rol

O-3145-2019

Fecha

14 de noviembre de 2019

Materia

AMENAZA CON ARMA (FALTA) ART. 494 Nº 4 CODIGO PENAL.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS El día 08 de septiembre de 2019, siendo aproximadamente las 15:15 horas, ocasión en que los imputados Claudio Matías Curiche Vergara, Germán Andrés Curiche Vergara y Cristian Andrés Alvarado Vergara, concurrieron al Supermercado Unimarc, ubicado en Avenida Pedro Aguirre Cerda de esta ciudad, donde sostuvieron un altercado con una cajera de dicho establecimiento, Carolina Elizabeth Muñoz Barrientos, quien había observado que los imputados se ocultaban especies en sus vestimentas, razón por la cual el imputado Germán Andrés Curiche Vergara, al momento en que ella lo aborda y le increpa por aquella situación, éste extrae desde sus vestimentas un arma blanca tipo cortaplumas de metal color gris, con una hoja de 7 centímetros y una empuñadura de 9 centímetros, la amenaza seria y verosímilmente señalándole “córrete vieja culiá si no te voy a mandar la puñalá”, expresiones que le provocaron temor a la afectada, quien solicita la presencia de Carabineros, quienes llegan y al momento de observar la presencia de estos el imputado Germán Curiche huye del lugar, siendo seguido por el personal policial y cuando proceden a la detención del dicho imputado, se aproximan los imputados Claudio Curiche y Cristian Alvarado intentando evitar la detención del imputado Germán Curiche, abalanzándose sobre el personal de Carabineros que se encontraba en función y entonces ambos imputados proceden a amenazar al funcionario Sto. 1° Ángel Salas Guzmán indicándole, “te vamos a apuñalar el cuello para que te desangres conche tu madre”, agregando el imputado Cristian Alvarado Vergara, “te vamos a desangrar paco culiao”, procediendo en ese momento a la detención de los tres sujetos encontrando entre sus vestimentas las armas cortantes, en el caso de Germán Curiche, se trata de un arma blanca tipo cortaplumas, en el caso de Cristian Alvarado, portaba un arma blanca tipo cortaplumas de color negro con una hoja de 11 centímetros de largo y una empuñadura de 13,5 centímetros, en tanto que el im

Fallo

Por estas razones y de acuerdo a lo previsto en las normas legales citadas y lo establecido en los artículos 1, 14 N°1, 15 N°1, 30, 31, 65, 66, 67, 70 y 494 N° 4 del Código Penal; y artículos 47, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I. Que, SE CONDENA a CLAUDIO MATIAS CURICHE VERGARA, GERMÁN ANDRÉS CURICHE VERGARA y CRISTIAN ANDRÉS ALVARADO VERGARA, ya individualizados, a la pena de multa ascendente a UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, CADA UNO y al comiso de las especies incautadas correspondiente a tres armas blancas tipo cortaplumas quedando a cargo del Ministerio Público su destrucción, como autores de la falta de amenazas con arma blanca, en grado de consumado, perpetrado en esta ciudad el día 08 de septiembre de 2019.- En cuanto a la especie incautada, se deberá adoptar el procedimiento del artículo 469 del Código Procesal Penal. II. Que, acogiendo la solicitud de la defensa y en virtud a lo dispuesto en el artículo 70 del Código Penal, se autoriza el pago de la multa en un plazo de DOS MESES, debiendo cancelar dentro de los últimos cinco días de cada mes, a contar del mes de noviembre, apercibiéndose desde ya, que el no pago oportuno de la multa habilitará a este Tribunal para proceder a su inmediata sustitución conforme lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal, debiendo los sentenciados hacer saber al Tribunal en el plazo ya indicado, su opción por ejecutar servicios en beneficio de la comunidad, en sustitución de la multa, de manera que si

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Contra: Claudio Matías Curiche Vergara, cédula de identidad Nro. 17.587.526-3, empleado, domiciliado en Calle Bernabé N° 4184, Villa Los Evangelistas, Puente Alto; Germán Andrés Curiche Vergara, cédula de identidad Nro. 16.966.440-4, obrero, domiciliado en Pasaje Isla Button N° 0145, Punta Arenas, actualmente privado de libertad por otra causa; y Cristian Andrés Alvarado Vergara, cédula

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