MARCO ANTONIO PEREZ CACERES C/ JOSUE ALEJANDRO FUENTES ROMÁN
Rol
O-2181-2019
Fecha
12 de noviembre de 2019
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 31 de marzo del año 2019, aproximadamente a las 01:50 horas, el imputado Josué Alejandro Fuentes Román realizaba la conducción del vehículo marca Chevrolet Spark, color blanco, año 2014, placa patente única GSPT.13, por Calle Miguel de Cervantes en dirección oriente a poniente y al llegar a la altura del número 659 sufre un reventón del neumático delantero, costado derecho, perdiendo el control del móvil, chocando un poste del alumbrado público que existe en el lugar ocasionándole daños en su base. Al momento de entrevistarlo los funcionarios de Carabineros, estos se percatan que la conducción la realizaba en estado de ebriedad, lo que le consta los funcionarios por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, arrojando que al examen espirométrico que la conducción la realizaba con 1,10 gramos de alcohol por litro de sangre y al examen de alcoholemia lo realizaba con 1,14 gramos por litro de alcohol en la sangre, además, el imputado realizaba la conducción encontrándose con su licencia suspendida en virtud de resolución de este tribunal de fecha 12 de abril de 2018, en la que se decreta la suspensión condicional del procedimiento por 2 años respecto del imputado Josué Fuentes Román, fijándose dentro de las condiciones la suspensión de la licencia de conducir por el término de dos años, la que se encontraba vigente al momento de los hechos y había sido notificada además al imputado. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 15, 18, 21, 56, 30, del Código Penal; artículos 196 y 209 de la Ley 18.290; artículos 248, 259, 260, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 4 de la Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a JOSUE ALEJANDRO FUENTES ROMÁN, Chileno, nacido el 13 de abril de 2992, cédula de identidad N° 18.039.767-1, domiciliado en
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a JOSUE ALEJANDRO FUENTES ROMÁN, Chileno, nacido el 13 de abril de 2992, cédula de identidad N° 18.039.767-1, domiciliado en VILLA RUCAGUE PASAJE JOSÉ MIGUEL CARRERA, CASA 1548 RENGO, ya individualizado como autor del delito de conducción en estado de ebriedad, perpetrado en esta jurisdicción el día 31 de marzo de 2019, a sufrir una pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y el pago de una multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL LAPSO DE 5 AÑOS. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos que establece el artículo 4º en la ley 18.216, se sustituye la pena corporal impuesta por la de REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto al control administrativo y asistencia de C.A.I.S. de Rengo, por el lapso de UN AÑO, debe cumplir con los demás requisitos y exigencias legales establecido en el artículo 5 de la citada Ley. El sentenciado deberá presentarse a dicho recinto dentro del plazo de cinco días contados desde que esta sentencia estuviera firme ejecutoriada, bajo de apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. En este caso se someterá al condenado al cumplimiento del saldo de la pena inicial no existiendo abonos que considerar. III.- Que se concede la facultad del artículo 70, de pagar la multa impuesta en un plazo de dos cuotas, desde que el fallo quede ejecutoriado; en el ev
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Procedimiento abreviado. Rengo, doce de noviembre de dos mil diecinueve. Hechos: El día 31 de marzo del año 2019, aproximadamente a las 01:50 horas, el imputado Josué Alejandro Fuentes Román realizaba la conducción del vehículo marca Chevrolet Spark, color blanco, año 2014, placa patente única GSPT.13, por Calle Miguel de Cervantes en dirección oriente a poniente y al llegar a la altura del núme
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