FISCALIA IQUIQUE C/ VÍCTOR DANIEL CARMONA RODRÍGUEZ
Rol
O-461-2019
Fecha
14 de noviembre de 2019
Materia
CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: El día 04 de enero de 2019, alrededor de las 17:20 horas, funcionarios de carabineros que efectuaban un patrullaje por la calle San Martin de Iquique sorprendieron en la intersección con la calle 18 de Septiembre al imputado VICTOR CARMONA RODRIGUEZ en momentos en que le entregaba un envoltorio de papel blanco a ERICK FLORES PRADO a cambio de lo cual éste último le entregaba un puñado de monedas por lo que carabineros se acercaron a fiscalizarles encontrando que FLORES PRADO mantenía consigo el envoltorio de papel recibido el que contenía cocaína, con un peso de 740 miligramos, mientras que el imputado CARMONA RODRIGUEZ portaba además con el objeto de traficar otros 6 envoltorios de papel blanco contenedores de cocaína, con un peso de 4 gramos y 200 miligramos y las monedas recibidas que arrojaron un total de $1.700. BNYZNFMXSX Cristian Arturo Alfonso Durruty Juez Redactor Fecha: 14/11/2019 13:25:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Sostuvo el Ministerio Público que el hecho relatado se califica jurídicamente como constitutivo de un delito consumado de tráfico ilegal de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado por el artículo 4° de la Ley 20.000, atribuyéndole al acusado participación en calidad de autor, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Agregó que al acusado le perjudica la agravante del artículo 12 N° 16 del Código Penal. El Ministerio Público solicitó se condenara al acusado a la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día once de noviembre del presente año, ante una sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrada por los jueces titulares don Felipe Ortíz de Zárate Fernández, quien presidió, don Franco Repetto Contreras y don Cristián Alfonso Durruty, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en esta causa Rit N° 461- 2019, seguida en contra de don VÍCTOR DANIEL CARMONA RODRÍGUEZ, cédula de identidad número 13.640.267-6, chileno, nacido el 03 de octubre de 1975, de 44 años de edad, limpiador de autos, segundo medio rendido, soltero, domiciliado en calle Pacifico Nº 8, Población Jorge Inostroza, Iquique. Fue parte acusadora en este juicio, el Ministerio Público, representado por el fiscal adjunto don Juan Valdés Jeria. La asistencia letrada del acusado estuvo a cargo del defensor penal público don Rolando Soto Johnson. SEGUNDO: Acusación. Que el ente persecutor fundó la acusación formulada en contra del imputado, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, en la ocurrencia de los siguientes hechos: El día 04 de enero de 2019, alrededor de las 17:20 horas, funcionarios de carabineros que efectuaban un patrullaje por la calle San Martin de Iquique sorprendieron en la intersección con la calle 18 de Septiembre al imputado VICTOR CARMONA RODRIGUEZ en momentos en que le entregaba un envoltorio de papel blanco a ERICK FLORES PRADO a cambio de lo cual éste último le entregaba un puñado de monedas por lo que carabineros se acercaron a fiscalizarles encontrando que FLORES PRADO mantenía consigo el envoltorio de papel recibido el que contenía cocaína, con un peso de 740 miligramos, mientras que el imputado CARMONA RODRIGUEZ portaba además con el objeto de traficar otros 6 envoltorios de papel blanco contenedores de cocaína, con un peso de 4 gramos y 200 miligramos y las monedas recibidas que arrojaron un total de $1.700. BNYZNFMXSX Cristian Arturo Alfonso Durruty Juez Redactor Fecha: 14/11/2019 13:25:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Sostuvo el Ministerio Público que el hecho relatado se califica jurídicamente como constitutivo de un delito consumado de tráfico ilegal de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado por el artículo 4° de la Ley 20.000, atribuyéndole al acusado participación en calidad de autor, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Agregó que al acusado le perjudica la agravante del artículo 12 N° 16 del Código Penal. El Ministerio Público solicitó se condena
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 20.000; en los artículos 1, 3, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N°1, 18, 21, 24, 25, 47 y 50 del Código Penal; 1, 45, 46, 47, 166, 295, 296, 297, 298, 309, 314, 315, 319, 323, 325, 326, 328, 329, 332, 333,338, 339, 340, 341, 343, 346, 348, y 468 del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se condena a Víctor Daniel Carmona Rodríguez, antes individualizado, a la pena de multa ascendente a dos Unidades Tributarias Mensuales, por su responsabilidad como autor de la falta de porte de droga en lugar público para un consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo, sancionada en el artículo 50 de la Ley 20.000, cometida el 04 de enero de 2019 en la comuna de Iquique. II.- Que la multa impuesta se le dará por cumplida al sentenciado, convirtiéndose la misma a razón de un día por cada tercio de unidad tributaria mensual a que ha sido condenado, lo BNYZNFMXSX Cristian Arturo Alfonso Durruty Juez Redactor Fecha: 14/11/2019 13:25:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 8 que e
Texto Completo (Preview)
1 MINISTERIO PÚBLICO C/ VÍCTOR DANIEL CARMONA RODRÍGUEZ. RUC: 1.900.019.866-0. RIT: 461-2019. DELITO: TRÁFICO DE DROGAS. Iquique, a catorce de noviembre de dos mil diecinueve. Vistos, oídos los intervinientes y considerando: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día once de noviembre del presente año, ante una sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrada por los jue
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica