Juzgado de Garantía de Villa Alemana.

SOLANGE ALEXANDRA CABRIZA RUTHERFORD C/ PATRICIO JOEL MOLINA FIGUEROA

Rol

O-3470-2018

Fecha

14 de noviembre de 2019

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: “El día 28 de octubre de 2018 a las 18:30 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima, SOLANGE ALEXANDRA CABRIZA RUTHERFORD, se encontraba en el domicilio ubicado en calle Rafael Fabres, N° 2935, Depto. 34, Block A, Villa Alemana, perteneciente a su ex conviviente y con quien tiene una hija en común, el imputado PATRICIO JOEL MOLINA FIGUEROA, comienza una discusión con este último, quien comienza a insultarla para luego agredirla con golpes de puño y pies, provocándole a la víctima un eritema leve en el pómulo derecho y un eritema en el ante brazo izquierdo de carácter leve.” Y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6 y 9, 15, 18, 21, 25, 30, 49, 50, 60, 67, 69, 70, 399 y 494 N°5 del Código Penal, artículos 47, 297, 340, 342, 390 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216 y Ley 20.066, se declara: I.- Que se condena al imputado PATRICIO JOEL MOLINA FIGUEROA, cédula de identidad N° 17.566.765-2, ya individualizado, a pago de una pena de Multa de Dos Unidades Tributarias Mensuales, como autor del ilícito de Lesiones Menos Graves en contexto de violencia intrafamiliar, ilícito prescrito y sancionado en el artículo 399 en relación con artículo 494 N°5 ambos del Código Penal y el artículo 5º de la Ley 20.066, en grado de consumado, cometido el día 28 de octubre de 2018, en la ciudad de Villa Alemana. II.- Que el sentenciado deberá pagar la multa impuesta en 9 cuotas iguales, mensuales y sucesivas, debiendo acreditar el pago de la 1° dichas cuotas, a más tardar el día 14 de diciembre de 2019. TDBNNFXVSX Daniela Alejandra Naney Rodriguez Nino Juez de garantía Fecha: 14/11/2019 13:26:44 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que p

Fallo

se declara: I.- Que se condena al imputado PATRICIO JOEL MOLINA FIGUEROA, cédula de identidad N° 17.566.765-2, ya individualizado, a pago de una pena de Multa de Dos Unidades Tributarias Mensuales, como autor del ilícito de Lesiones Menos Graves en contexto de violencia intrafamiliar, ilícito prescrito y sancionado en el artículo 399 en relación con artículo 494 N°5 ambos del Código Penal y el artículo 5º de la Ley 20.066, en grado de consumado, cometido el día 28 de octubre de 2018, en la ciudad de Villa Alemana. II.- Que el sentenciado deberá pagar la multa impuesta en 9 cuotas iguales, mensuales y sucesivas, debiendo acreditar el pago de la 1° dichas cuotas, a más tardar el día 14 de diciembre de 2019. TDBNNFXVSX Daniela Alejandra Naney Rodriguez Nino Juez de garantía Fecha: 14/11/2019 13:26:44 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Se apercibe al condenado que deberá acreditar en forma oportuna el pago de la multa debiendo entregar o remitir al Tribunal las copias de los comprobantes de depósitos respectivos. III.- Que se

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Villa Alemana, catorce de noviembre de dos mil diecinueve.- La parte expositiva y considerativa de la sentencia consta íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Hechos: “El día 28 de octubre de 2018 a las 18:30 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima, SOLANGE ALEXANDRA CABRIZA RUTHERFORD, se encontraba en el domicilio u

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica