Juzgado de Garantía de Osorno.

MP C/ CECILIA DEL CARMEN CÁRCAMO BÓRQUEZ

Rol

O-3560-2019

Fecha

28 de octubre de 2019

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos acreditados: el día 5 de julio de 2019, en horas de la tarde, en circunstancias que la víctima doña Tamara Asenjo Álvarez, transitaba por calle Ramírez de Osorno, a la altura del N°1107, se acercó a ella la imputada antes sindicada, quien procedió a introducir la mano dentro de la cartera que portaba la víctima dentro de la cual contenía dos celulares, uno LGO, Alcatel y una Tablet Samsung, especies avaluadas en la suma de $350.000, con la intención de sustraer especies no logrando obtener ni sacar del bolso ninguna de estas especies, toda vez que carabineros lo presencia y procede a la detención antes de que lograra la sustracción de estas especies. Calificación jurídica: Hurto simple 446 n° 3, Código Penal, autora, engrado de tentativa. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 14, 15 n°1, 49, 70, 432 y 494 bis y demás pertinentes del Código Penal y arts. 5, 47, 338 y siguientes del Código Procesal Penal; se resuelve: I.- Que se condena a doña CECILIA DEL CARMEN CÁRCAMO BÓRQUEZ, cédula de identidad 15.895.350-1, ya individualizada, a la pena de veintiún días de prisión en su grado medio, suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y multa de un tercio (1/3) de Unidad Tributaria Mensual como autora del delito de hurto simple de especie de media a cuatro UTM, en grado de tentativa, perpetrado el día 6 de julio de 2019, en la comuna de Osorno. II.- Que, la pena corporal impuesta será cumplida de manera efectiva, al no ser acreedora de pena sustitutiva alguna, una vez que cumpla la que actualmente se encuentra sirviendo. No hay abonos. WHLPNCRFXT Gabriel Felipe Ortiz Salgado Juez de garantía Fecha: 05/11/2019 13:08:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión

Fundamentos

Considerando Hechos acreditados: el día 5 de julio de 2019, en horas de la tarde, en circunstancias que la víctima doña Tamara Asenjo Álvarez, transitaba por calle Ramírez de Osorno, a la altura del N°1107, se acercó a ella la imputada antes sindicada, quien procedió a introducir la mano dentro de la cartera que portaba la víctima dentro de la cual contenía dos celulares, uno LGO, Alcatel y una Tablet Samsung, especies avaluadas en la suma de $350.000, con la intención de sustraer especies no logrando obtener ni sacar del bolso ninguna de estas especies, toda vez que carabineros lo presencia y procede a la detención antes de que lograra la sustracción de estas especies. Calificación jurídica: Hurto simple 446 n° 3, Código Penal, autora, engrado de tentativa.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 14, 15 n°1, 49, 70, 432 y 494 bis y demás pertinentes del Código Penal y arts. 5, 47, 338 y siguientes del Código Procesal Penal; se resuelve: I.- Que se condena a doña CECILIA DEL CARMEN CÁRCAMO BÓRQUEZ, cédula de identidad 15.895.350-1, ya individualizada, a la pena de veintiún días de prisión en su grado medio, suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y multa de un tercio (1/3) de Unidad Tributaria Mensual como autora del delito de hurto simple de especie de media a cuatro UTM, en grado de tentativa, perpetrado el día 6 de julio de 2019, en la comuna de Osorno. II.- Que, la pena corporal impuesta será cumplida de manera efectiva, al no ser acreedora de pena sustitutiva alguna, una vez que cumpla la que actualmente se encuentra sirviendo. No hay abonos. WHLPNCRFXT Gabriel Felipe Ortiz Salgado Juez de garantía Fecha: 05/11/2019 13:08:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl III.- Que la pena pecuniaria impuesta se

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RUC 1900721376-2 RIT 3560-2019 IMPUTADO (S) CECILIA DEL CARMEN CÁRCAMO BÓRQUEZ DOMICILIO: HUALAÑE Nº 2348, OSORNO. PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO Osorno, veintiocho de octubre de dos mil diecinueve Vistos, Oído y Considerando Hechos acreditados: el día 5 de julio de 2019, en horas de la tarde, en circunstancias que la víctima doña Tamara Asenjo Álvarez, transitaba por calle Ramírez de Osorno, a la a

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