Juzgado de Letras y Garantía de Caldera.

MP C/ DIEGO FABRICIO CARTAGENA VILLALOBOS

Rol

O-735-2019

Fecha

4 de noviembre de 2019

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El 30 de julio de 2019 cerca de las 04:50 horas de la madrugada el imputado Diego Fabricio Cartagena Villalobos llegó hasta el inmueble ubicado en calle Ferrocarril N°1226 de esta comuna de Caldera en compañía de dos sujetos no identificados, mediante escalamiento de un muro que sirve de cierre perimetral del inmueble. Una vez en el lugar, ingresaron a aquella morada que ocupa don Francisco Javier Guerra Valenzuela junto con su familia, ya en el interior los imputados sustrajeron desde el lugar un parlante, siendo sorprendidos en la ejecución del hecho gracias a las cámaras de vigilancia de la Ilustre Municipalidad de Caldera, que les permitió a funcionarios de tal repartición dirigirse hacia el inmueble prontamente, informar a personal de Carabineros e ingresar al mismo, dando aviso al ofendido de los hechos que se desarrollaban en ese instante en su morada. Del mismo modo, se puso constatar que dos de los sujetos que habían ingresado al inmueble abandonaron el lugar, por ello funcionarios de Carabineros y funcionarios municipales se dieron en la búsqueda del tercer sujeto que permanecía aún dentro de aquél, sorprendiendo debajo de una mesa escondido al imputado Cartagena Villalobos.” SE DECLARA: I. Que se condena a DIEGO FABRICIO CARTAGENA VILLALOBOS, RUN 18.138.423-9, ya individualizado, a la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA DE PRESIDIO MENOR WZPENCQSLN Emilio Jesús Otárola Arce Juez de garantía Fecha: 05/11/2019 08:51:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl _____________________________________________

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a DIEGO FABRICIO CARTAGENA VILLALOBOS, RUN 18.138.423-9, ya individualizado, a la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA DE PRESIDIO MENOR WZPENCQSLN Emilio Jesús Otárola Arce Juez de garantía Fecha: 05/11/2019 08:51:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl _____________________________________________________________________________________________________________ Juzgado de Letras y Garantía de Caldera Calle Tocornal N° 317, Caldera – fono (52) 2315547 - 2316140 EN SU GRADO MÁXIMO, como AUTOR del delito de robo con fuerza en lugar destinado a la habitación, previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 del Código Penal, en carácter de CONSUMADO, a la PENA ACCESORIA DEL ARTÍCULO 29 DEL CÓDIGO PENAL, esto es, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficio públicos durante el tiempo de la condena y REGISTRO DE HUELLA GENÉTICA, CONFORME LO DISPONE EL ARTÍCULO 17 DE LA LEY 19.970. Se EXIME al sentenciado del pago de las costas de la causa, por h

Texto Completo (Preview)

_____________________________________________________________________________________________________________ Juzgado de Letras y Garantía de Caldera Calle Tocornal N° 317, Caldera – fono (52) 2315547 - 2316140 SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Caldera, cuatro de noviembre de dos mil diecinueve TRIBUNAL: Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. MAGISTRADO (S): EMILIO

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