M.P. C/ JOSÉ JAVIER SILVA PICHUNLAF
Rol
O-10806-2019
Fecha
3 de noviembre de 2019
Materia
HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 02 de noviembre de 2019 a las 11:00 horas, procedió a sustraer desde el supermercado El Trebol Emplazado en Aníbal Pinto N° 130 de Temuco, en su interior procedió a apropiarse portando entre sus vestimentas, 2 bolsas de leche marca cafut, 2 botellas de cerveza marca stella artois, 2 tarros de milo, todo avaluado en $ 16.960, no pagando el valor comercial de las especies, siendo sorprendida por guardia de seguridad, luego entregado a Carabineros. Temuco, tres de noviembre de dos mil diecinueve Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 1, 3, 7, 14, 15, 24, 25, 26, 49, 51, 69, 70, 494 bis del Código Penal; y lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial artículo 395, se resuelve: I.- Que se CONDENA a JOSÉ JAVIER SILVA PICHUNLAF ya individualizado, como autor de la falta frustrada de hurto por los hechos ocurridos en la ciudad EXZLNDREKX Leticia Andrea Rivera Reyes Juez de garantía Fecha: 06/11/2019 08:58:33 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl de Temuco el día 02 de noviembre de 2019 a la pena de multa de UN TERCIO UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL II.- Que la multa impuesta se convierte por un día de reclusión y se le da por cumplida por el tiempo que ha pasado privado de libertad por esta causa; III.- Que se le exime del pago de las costas por su actitud procesal en la causa. Dese o
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 1, 3, 7, 14, 15, 24, 25, 26, 49, 51, 69, 70, 494 bis del Código Penal; y lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial artículo 395, se resuelve: I.- Que se CONDENA a JOSÉ JAVIER SILVA PICHUNLAF ya individualizado, como autor de la falta frustrada de hurto por los hechos ocurridos en la ciudad EXZLNDREKX Leticia Andrea Rivera Reyes Juez de garantía Fecha: 06/11/2019 08:58:33 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl de Temuco el día 02 de noviembre de 2019 a la pena de multa de UN TERCIO UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL II.- Que la multa impuesta se convierte por un día de reclusión y se le da por cumplida por el tiempo que ha pasado privado de libertad por esta causa; III.- Que se le exime del pago de las costas por su actitud procesal en la causa. Dese oportuno cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese esta sentencia y archívese en su oportunidad. RIT : 10806 - 2019 RUC : 1901177110-9 PRONUNCI
Texto Completo (Preview)
RIT : 10806 - 2019 RUC : 1901177110-9 MATERIA : Hurto falta del artículo 494 bis codigo penal. IMPUTADO : JOSÉ JAVIER SILVA PICHUNLAF CÉDULA DE IDENTIDAD : 15.257.042-2 DOMICILIO : Carretera. Camino a Curacautin Kilometro Nº 27, Lautaro. ATENUANTES : no concurren AGRAVANTES : no concurren RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHOS: El día 02 de noviembre de 2019 a las 11:00 horas,
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