Juzgado de Garantía de San Bernardo

CRISTIAN ALBERTO JARA DÍAZ C/ ARIEL RUPERTINO ESPINOZA BERRÍOS

Rol

O-9163-2018

Fecha

29 de octubre de 2019

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos : El día 03 de Junio del año 2017, alrededor de las 18:10 horas aproximadamente, el acusado ARIEL RUPERTINO ESPINOZA BERRIOS, efectuaba la conducción del auto placa patente VX- 8097, marca Chevrolet modelo Corsa por calle Romero y a la altura de la parcela 75-A, sector Colonias de Kennedy de la comuna de Paine, perdió el control del móvil y volcó, ello a raíz del estado de ebriedad en el que se encontraba, lo cual fue constatado por el personal policial que le asistió y corroborado por la prueba respiratoria intoxilayzer de 1.85 gramos de alcohol por litro en la sangre e informe de alcoholemia N° 17213/17 con dosificación de 2.66 gramos de alcohol por litro en la sangre. Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 No. 9, 15 No. 1, 18, 21, 25, 30, 49, 50, 67, 69, 70 del Código Penal; 45, 47, 297, 340, 342, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; 1 y 8 de la Ley No. 18.216, se declara: i.- Que se condena a ARIEL RUPERTINO ESPINOZA BERRÍOS, cédula de identidad N° 17.871.193-8, con domicilio en calle Jorge Alessandri Parcela 10- A, sector Champa, comuna de Paine, a la pena de 100 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 2 UTM y a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor(a) del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley de Tránsito, delito cometido en la comuna de Paine, territorio jurisdiccional del tribunal, el 03 de Junio del año 2017. ii.- Que se condena además al(a) imputado(a), a la pena accesoria de suspensión de la licencia para conducir vehículos motorizados por el término de 2 años. iii.- Que reuniéndose en la especie los requis

Fallo

se declara: i.- Que se condena a ARIEL RUPERTINO ESPINOZA BERRÍOS, cédula de identidad N° 17.871.193-8, con domicilio en calle Jorge Alessandri Parcela 10- A, sector Champa, comuna de Paine, a la pena de 100 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 2 UTM y a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor(a) del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley de Tránsito, delito cometido en la comuna de Paine, territorio jurisdiccional del tribunal, el 03 de Junio del año 2017. ii.- Que se condena además al(a) imputado(a), a la pena accesoria de suspensión de la licencia para conducir vehículos motorizados por el término de 2 años. iii.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 8 de la Ley No. 18.216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al(a) sentenciado(a) se le sustituye por la pena de reclusión parcial nocturna, consistente en su encierro en su domicilio, entre las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente, debiendo computarse 8 horas continuas de JXTZNDYZXH JOSE LUIS ALVARADO FOERSTER Juez de garantía Fecha: 06/11/2019 15:25:30 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establec

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_.ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO Fecha : veintinueve de octubre de dos mil diecinueve. Imputado : ARIEL RUPERTINO ESPINOZA BERRÍOS, cédula de identidad N° 17.871.193-8, nacido el 15 de febrero de 1991, 28 años, soltero, se ignora profesión u oficio, con domicilio en calle Jorge Alessandri Parcela 10-A, sector Champa, comuna d

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