MP C/ ONIEL MARCELO GONZÁLEZ FONTEALBA
Rol
O-3668-2019
Fecha
3 de noviembre de 2019
Materia
VENTA ILICITA DE OBRAS PROTEGIDAS POR LEY DE PROPIEDAD INTEL
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Público de esta ciudad, dedujo acusación, la que atención a la cuantía de la pena requerida y lo preceptuado en el artículo 390 del Código Procesal Penal, se dispuso la continuación de procedimiento de acuerdo con las reglas del simplificado y se tuvo a aquella como requerimiento, en contra de don ONIEL MARCELO GONZÁLEZ FONTEALBA, Cédula de Identidad N° 15.166.541-1, chileno, soltero, nacido en La Serena, el 8 de febrero de 2001, 18 años de edad, ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Perú N° 1950, sector Compañía baja, comuna de La Serena, representado por un abogado defensor penal público y solicitó se le sancionara con una pena de 300 días de reclusión menor en su grado mínimo, la suspensión de cargo u oficio público durante el periodo de la condena, multa de 100 unidades tributarias mensuales, comiso de las especies incautadas, más el pago de las costas de la causa, por su responsabilidad como autor del delito, previsto en el artículo 81 de la Ley de Propiedad Intelectual, N° 17.336, en calidad de consumado, hecho acaecido en la comuna de La Serena. SEGUNDO: Que, los hechos en que se funda el requerimiento son los siguientes, que se reproducen literalmente de la exposición contendía en el requerimiento: “El día 27 de mayo del 2019, aproximadamente a las 12:00 horas, en las inmediaciones de la feria libre ubicada en calle Ecuador, Sector Las Compañías de la comuna de La Serena, el imputado Oniel Marcelo González Fontealba fue sorprendido por personal de Carabineros de Chile, comercializando directamente al público discos compactos con fonogramas, videogramas y juegos computacionales de diversos títulos y autores, estableciendo el personal policial que el imputado mantenía en su poder la cantidad de 189 discos compactos, cuyo contenido fue reproducido sin respetar los derechos de autor de los autores o licenciatarios oficiales de las obras musicales, fílmicas y computacionales respectivas, ya que se trata de copias ilegítimas y falsificadas de las originales.” Expresando el Ministerio Público en su requerimiento que concurría la circunstancia atenuante de responsabilidad penal señalada en el artículo 11 N° 6 del Código Penal. TERCERO: Que, para el evento que el requerido admitiera responsabilidad en la audiencia, el fiscal presente reconoció concurrente, la circunstancia atenuante del artículo 11 Nº 9 del Código Penal, y en virtud de ello modificó la pena originalmente solicitada, a NNEENCXDQB PEDRO ALVARO ROJAS CASTRO Juez de garantía Fecha: 03/11/2019 12:23:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascu
Fallo
se resuelve: I.- Que, SE CONDENA a ONIEL MARCELO GONZÁLEZ FONTEALBA, Cédula de Identidad N° 15.166.541-1, ya individualizado, a sufrir la pena de VEINTIUN DIAS de prisión en su grado medio, multa de UN TERCIO de unidad tributaria mensual y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio publico durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor de un delito previsto y sancionado en el artículo 81 de la Ley 17.336, en grado consumado, perpetrado en la comuna de La Serena, el día veintisiete de mayo del año dos mil diecinueve. II.- Que, se sustituye al condenado la pena privativa de libertad impuesta, por la pena de REMISION CONDICIONAL, por el plazo de UN AÑO, debiendo mantener su residencia en la comuna de La Serena, quedando sujeto a la discreta observación y asistencia a la autoridad administrativa competente, a saber, el Centro de Reinserción Social de Gendarmería de la comuna de La Serena, debiendo dar cumplimiento a las restantes condiciones previstas en la Ley, y presentarse en dicho centro dentro del plazo de quinto día de ejecutoriada la presente sentencia a cumplir la pena sustitutiva impuesta, bajo apercibimiento de ser declarado su quebrantamiento. III.- Que, conforme lo razonado en el motivo noveno de este fallo, la pena pecuniaria impuesta, convertida a la pena de un día de reclusión, se tendrá por cumplida atendido el tiempo que el sentenciado permaneció privado de libertad en esta causa. IV.- Que, se decreta el COMISO de las especies incautada
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Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO RUC Nº: 1900.565.759-0. RIT Nº: 3.668-2019. DELITO: Infracción artículo 81 de la Ley 17.336. SENTENCIADO: Oniel Marcelo González Fontealba. 1 La Serena, a tres de noviembre del año dos mil diecinueve. VISTOS y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Público de esta ciuda
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